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miércoles, 24 de junio de 2015

Convocatoria de recursos económicos para alumnado en situación socioeconómica desfavorable


RESOLUCIÓN 203/2015, de 15 de mayo, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se aprueban las Bases de la convocatoria pública para la asignación de recursos económicos dirigidos al alumnado en situación socioeconómica desfavorable, de los centros educativos concertados y entidades autorizadas para impartir Programas de Currículo Adaptado en la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2015/2016.

Normativa completa

BOLETÍN Nº 117 - 18 de junio de 2015

Resumen de la convocatoria

Objeto.

Asignación de recursos económicos a los centros concertados y entidades autorizadas a impartir Programas de Currículo Adaptado que colaboren en la escolarización del alumnado con necesidades económicas según se hace referencia en el artículo 80 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Recursos económicos.
Se podrán subvencionar para el curso 2015/2016 los siguientes recursos por finalidades:
a) 90.000 euros para equipamiento personal del alumnado en situación socioeconómica desfavorable.
Estos recursos económicos, tendrán como destinatario último el alumno y servirán para ayudar a costear el equipamiento personal y la participación en salidas escolares de trabajo y otras actividades complementarias. Para este fin se abonará una cuantía de hasta 150 euros como máximo por alumno, de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria.
b) 300.000 euros para la subvención del servicio de comedor escolar. A los centros se les abonará una cantidad de 400 euros como máximo por curso y alumno de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria, que precisen de este servicio.
c) 23.000 euros para los centros que escolarizan más de un 25% de alumnado inmigrante o desfavorecido. Esta cantidad complementaria, se destinará a sufragar los gastos de funcionamiento que genera la atención de este alumnado.
Las cantidades a abonar al centro tanto para equipamiento como comedor, se calculan en función de la cantidad asignada en esta convocatoria y el número de alumnado admitido de la convocatoria.

En el documento de formalización de concierto educativo con que cuenta cada centro, y donde han quedado recogidos los derechos y obligaciones recíprocos de la Administración educativa y el titular del centro concertado y entidades autorizadas a impartir Programas de Currículo Adaptado, se incluirán en una cláusula adicional los recursos que se aprueben para cada centro concertado como resolución de esta convocatoria.

Plazo de solicitud y documentación a aportar.

 Los centros concertados y entidades autorizadas a impartir Programas de Currículo Adaptado que tengan escolarizado alumnado con las características enunciadas en el punto 1 objeto de esta convocatoria, presentarán instancia de solicitud dirigida a la Sección de Atención a la Diversidad y Necesidades Educativas Especiales de este Departamento dentro de los 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de ésta en el Boletín Oficial de Navarra.

Solicitudes de ayudas para el alumnado que presenta situación socioeconómica desfavorable y que se escolariza después del plazo establecido en la presente convocatoria.

También será objeto de subvención. La cuantía de estas ayudas será proporcional al tiempo que reste de escolarización respecto de los diez meses de duración del curso escolar, siempre que existan recursos económicos suficientes en la partida presupuestaria correspondiente de “Ayudas a centros concertados para inmigración y minorías culturales” de los presupuestos de 2012 prorrogados al 2015, o en la partida presupuestaria que se habilite al efecto en el presupuesto de gastos de 2016.