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viernes, 19 de octubre de 2018

Avances del Real Decreto-ley 15/2018, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores

Servicio de Energía

Resumen del Real Decreto-ley 15/2018, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, aprobado este mismo mes de octubre.
A destacar las medidas para acelerar la transición energética hacia un modelo basado en energías renovables.

MEDIDAS más importantes de la nueva normativa


1.- Eliminación del “impuesto al sol”

La energía autoconsumida de fuentes renovables estará exenta de todo tipo de cargos y peajes.
Además, se abre la posibilidad de compensar la energía renovable excedentaria con la deficitaria, esto es, un balance neto para instalaciones hasta 100 kW.

2. Simplificación administrativa y técnica

Esta simplificación facilitará enormemente las instalaciones, ya que para aquéllas sin excedentes hasta 100 kW de potencia, no se tendrá que tramitar nada con la distribuidora. Bastará con sacar la pertinente licencia de obras y presentar el boletín del instalador autorizado en Industria para su legalización. Otras simplificaciones a resaltar recogidas en el texto:
· No necesitan obtener permisos de acceso y conexión las instalaciones hasta 15 kW de potencia ubicadas en suelo urbanizado, aunque se trate de autoconsumo con excedentes.
·  Se elimina la obligación de darse de alta en el Registro de Autoconsumo para instalaciones hasta 100 kW.
·       Se elimina la obligación de colocar nuevos contadores

3. Eliminación de limitaciones al tamaño y la propiedad

La regulación anterior buscaba minimizar el porcentaje de autoconsumo que podía lograr un consumidor, fundamentalmente mediante dos trabas que ahora se superan:

·         Autoconsumo compartido:

Al permitirse el autoconsumo compartido, se pueden generar eficiencias de escala en grupos de consumidores, especialmente comunidades de vecinos, lo que redunda en mayores tasas de autoconsumo con menor inversión.

Límite de potencia contratada:

La anterior regulación fijaba un tope para la potencia instalada de autoconsumo: la potencia contratada. Teniendo en cuenta que la eficiencia máxima de una instalación fotovoltaica es aproximadamente del 75% (y sólo se alcanza a mediodía en verano), con esta limitación perdíamos potencial de autogenerar un mayor porcentaje de la energía que consumimos.

4.- Otras medidas

·         Impulso al vehículo eléctrico
·         Ampliación del bono social eléctrico
·         Nuevo bono social térmico, con independencia del combustible utilizado

La consecuencia inmediata de este RD-l es clara: hoy un consumidor puede cubrir un porcentaje mayor de su consumo con una instalación fotovoltaica, a un menor coste. Y todo, mucho más rápido. Bueno para su bolsillo y para el planeta.