Convocatoria para la constitución de una relación de personas aspirantes, con conocimiento de euskera, al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Animadora, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Huarte
Base 1.–Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente
convocatoria la constitución de una relación de personas aspirantes, con
conocimiento de euskera, al desempeño, mediante contratación temporal y a
tiempo parcial, del puesto de trabajo de animadora, mediante concurso-oposición,
para el local juvenil de Huarte.
1.2. El puesto de trabajo estará
dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C y a lo recogido en
Plantilla Orgánica y tendrá la condición de contratado laboral temporal a
tiempo parcial.
1.3. El régimen de jornada de
trabajo se adaptará a las necesidades del servicio.
1.4. Para las contrataciones que
se efectúen al amparo de esta convocatoria, se establece un período de prueba
de dos meses.
Base 2.–Funciones a desempeñar.
2.1. Las funciones a desempeñar consistirán en:
a) El desarrollo de los Programas
llevados a cabo en y/o desde el local juvenil de Huarte.
1.–Programa Participación
Juvenil.
2.–Programa
Educación-Prevención-Intervención.
3.–Programa Ocio y Tiempo Libre.
4.–Programa Información.
b) Trabajar en contacto estrecho
con la figura de Técnica de Juventud.
c) Recogida de todas las
iniciativas propuestas por jóvenes de Huarte en el local juvenil.
d) Participar en la organización
de todo tipo de actividades que sean de interés para la juventud de Huarte: encaminadas
hacia un ocio saludable, deportivas, actividades culturales relacionadas con el
arte joven en todas sus facetas –música, audiovisual, danza, teatro, artes
plásticas, etc.–.
e) Promoción de la participación
de los y las jóvenes en la organización y gestión de los programas y
actividades del local juvenil.
f) Difusión y promoción de las
actividades del local juvenil.
g) Colaboración en la redacción
de proyectos, memorias, solicitud de subvenciones, etc., propias de la
dinamización del local juvenil de Huarte.
h) El desarrollo del trabajo
derivado del servicio “Cesión de Espacios”: Llevar un control de las
solicitudes de espacios a ceder, control de los espacios y equipamiento, etc.
i) Atención y dinamización del
Ciber-espacio ubicado en la planta baja del local juvenil.
j) Labores de conserjería:
apertura y cierre de salas y gestión de la máquina de chucherías ubicada en la
planta baja.
k) Colaborar con el resto de
programas y actividades organizadas desde el área de Juventud del Ayuntamiento
que se desarrollen en el local juvenil.
l) La coordinación con los
servicios y personal técnico que resulte necesaria para el desarrollo de las
citadas funciones.
m) Cuantas otras funciones le
sean encomendadas por el Ayuntamiento de acuerdo al puesto que desempeña,
propias de su titulación y nivel.
Base 3.–Requisitos de las personas aspirantes.
3.1. Para ser admitidas a la
presente oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que
termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser española o nacional de un
Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el
ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la
Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación
de trabajadores.
También podrán participar el/la
cónyuge de personas españolas y de las nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales
mencionados, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus
descendientes y las/los de su cónyuge, cuando no medie separación legal,
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciséis años
y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.
c) Estar en posesión o en
condiciones de obtenerla, en la fecha en que termine el plazo de presentación
de solicitudes, del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de
Segundo Grado, o equivalente.
d) Estar en posesión del perfil 2
de Euskera o de un título equivalente o superior. Deberá acreditarlo mediante
certificado expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, una titulación
reconocida oficialmente como equivalente o la superación de una prueba que
determine si tiene el nivel lingüístico suficiente.
e) Poseer la capacidad física y
psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.
f) No hallarse inhabilitada ni
suspendida para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del
servicio de una Administración Pública.
3.2. Los requisitos anteriores
deberán ser acreditados en el plazo y forma previstos en la base décima de esta
convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante
el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.
Base 4.–Instancias.
4.1. Las instancias deberán
presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Huarte dentro de los
treinta días naturales siguientes al de la publicación de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán
ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, y en ellas las
personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las
condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado
para la presentación de instancias.
4.2. Dichas instancias deberán
ajustarse al modelo incorporado como Anexo en la presente convocatoria y se
acompañarán de la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del
Documento Nacional de Identidad o documentación equivalente de identificación.
b) Fotocopia compulsada de los
documentos justificativos de reunir los requisitos exigidos en el apartado 3.1
de la presente convocatoria.
En la instancia se deberá indicar
la solicitud de realización de la prueba de nivel de euskera no siendo
necesario para aquellas personas que acrediten su conocimiento.
c) Fotocopias compulsadas de los
méritos de posible valoración en la fase de concurso.
d) Justificante de haber abonado
en Tesorería Municipal la cantidad de 11,67 euros correspondiente a las tasas
por derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen
determinará la exclusión de la aspirante.
El abono de dicha tasa se podrá
efectuar por uno de los siguientes procedimientos:
–Pago en efectivo en la Oficina
del Ayuntamiento de Huarte (plaza de San Juan, 1).
–Mediante ingreso en efectivo, o
transferencia bancaria, a la cuenta número ES59 3008 0087 74 1447560721 de Caja
Rural. En este caso, en el justificante de pago deberán figurar
obligatoriamente los siguientes datos:
–Nombre y apellidos de la persona
aspirante.
–Concepto: Tasa Oposiciones.
Estarán exentas del pago de la
tasa las personas que se encuentren en situación de desempleo y presenten la
tarjeta de demandante de empleo expedida y actualizada por el Servicio Navarro
de Empleo.
Base 5.–Tribunal calificador.
5.1. El Tribunal calificador
estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidenta: Doña Lourdes
Lizarraga, Segunda Teniente Alcalde del Ayuntamiento de Huarte.
–Suplente: Don Iñaki Crespo San
José, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Huarte.
Vocal: Técnica de Juventud del
Ayuntamiento de Huarte.
–Suplente: Persona que designe la
titular.
Vocal: Regina García, Educadora
Social de la Mancomunidad de servicios de Huarte y Esteribar.
–Suplente: Amaia Alonso,
Educadora Social de la Mancomunidad de servicios de Huarte y Esteribar.
Vocal: Técnica/o de juventud del
Ayuntamiento a designar.
–Suplente: Persona que designe
el/la titular.
Vocal: Ana Mindegia Ilarregi,
delegado/a de Personal laboral del Ayuntamiento de Huarte.
–Suplente: Persona que designe la
titular.
Secretaria: La secretaria del
Ayuntamiento de Huarte.
–Suplente: Persona que designe la
titular.
5.2. El Tribunal habrá de
constituirse mediante convocatoria de su Presidente, con anterioridad a la
iniciación de las pruebas.
5.3. El Tribunal no podrá
constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de
sus miembros.
5.4. El Tribunal resolverá por
mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la
interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.
5.5. Las personas que conforman
el Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano
convocante, cuando concurran los motivos de abstención presentes en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Así mismo, las aspirantes podrán
recusar a las y los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas
circunstancias.
5.6. El Tribunal podrá incorporar
asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se
limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el
Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.
Base 6.–Desarrollo del concurso.
6.1. La fase de concurso tendrá
una valoración máxima de 30 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
a) Experiencia profesional en las
funciones relacionadas con el puesto de trabajo, hasta un máximo de 20 puntos:
–Por cada año trabajado en un
local juvenil municipal 4 puntos, hasta un máximo de 16 puntos. Por fracción,
la parte proporcional.
–Por cada año trabajado en una
asociación juvenil: 1 punto, hasta un máximo de 4. Por fracción la parte
proporcional.
b) Titulaciones académicas, hasta
un máximo de 9:
–Postgrados en Juventud: 3
puntos.
–Técnico/a Superior en Animación
sociocultural: 2 puntos.
–Técnico/a Superior en
Integración social o Diplomado/a en Educación Social: 2 puntos.
–Experto universitario en
Servicios de Información Juvenil e Información al ciudadano/a: 1 punto.
–Curso de Director/a de Ocio y
Tiempo Libre: 0,75 puntos.
–Curso de Monitor/a de Ocio y
Tiempo Libre: 0,25 puntos.
c) Por asistencia a cursos de
duración superior a 20 h, que a juicio del Tribunal guarden relación con el
puesto de trabajo a que se refiere la convocatoria, 0,25 puntos hasta un máximo
de 1 punto.
6.2. La puntuación obtenida por
las y los candidatos en la fase de concurso se publicará en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento y en la página Web www.huarte.es, el mismo día en que
den comienzo las pruebas.
Base 7.–Desarrollo de la oposición.
7.1. La valoración máxima de las
pruebas de la oposición será de 70 puntos. Quedarán eliminadas las personas
aspirantes que no consigan en cada prueba la mitad de la puntuación asignada.
7.2. La oposición constará de
tres pruebas en las cuales se valorarán los conocimientos prácticos sobre la
actividad del puesto de trabajo:
a) Prueba escrita. Resolución de
casos prácticos relacionados con las funciones y contenidos de la plaza. Máximo
30 puntos (siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo).
b) Prueba oral. Valorará los
conocimientos prácticos sobre la actividad del puesto de trabajo. Máximo 20
puntos (siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo).
c) Prueba psicotécnica. Máximo 20
puntos (siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo).
Base 8.–Valoración de las pruebas.
8.1. Cada uno de las y los
miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado y la media
aritmética de todas las calificaciones será la puntuación del ejercicio de que
se trate. En el supuesto de que entre las puntuaciones máxima y mínima emitidas
por los miembros del Tribunal calificador, exista una diferencia superior al 30
por ciento de la puntuación prevista en el condicionado del ejercicio de que se
trate, no se computarán ninguna de las puntuaciones extremas, obteniendo la
media aritmética con el resto de las puntuaciones.
Base 9.– Convocatoria de las pruebas.
9.1. Toda la información se
transmitirá a través del Tablón de anuncios municipal y página Web
www.huarte.es.
9.2. Se publicará la lista
provisional. Si hubiera algún excluido se otorgará el plazo de diez días para
subsanar.
9.3. Las fechas de las pruebas se
publicarán junto con la lista definitiva de personas admitidas en el tablón de
anuncios y página Web www.huarte.es.
9.4. El Tribunal hará pública, en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Huarte y en la página Web
www.huarte.es, la lista de aspirantes aprobadas y las calificaciones obtenidas
en cada prueba.
Base 10.– Identificación y otros.
Todas las personas aspirantes
deberán acudir a las pruebas provistas del documento nacional de identidad o
asimilado legalmente. El copiar de notas y otros fraudes en las pruebas, será
causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de actuaciones penales, si
procedieren.
Base 11.–Relación de personas aprobadas y llamamiento.
11.1. Terminada la calificación
de la última prueba, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento y en la página Web www.huarte.es, la relación de aprobadas por
orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada
aspirante en los ejercicios.
Si se produjeran empates se
dirimirán en favor del aspirante de mayor edad.
11.2. Las personas aspirantes
aprobadas podrán ser llamadas, por orden de puntuación, de acuerdo con las
necesidades que se produzcan en el servicio correspondiente del Ayuntamiento de
Huarte, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y
demás normativa de aplicación.
11.3. El llamamiento de
aspirantes se hará conforme a lo previsto a las normas de gestión de listas,
publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 75, de 20 de abril de 2012.
Para el llamamiento, se tendrá en
cuenta asimismo lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3,
del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral
16/2002, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de
las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.
11.4. Las personas contratadas en
cada momento, serán dadas de alta y afiliadas al Régimen General de la
Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así
como la retención del IRPF en las cuantías que procedan.
Base 12.–Recursos.
Contra la presente convocatoria,
sus bases y actos de la misma podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior
de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación
o notificación del acto recurrido y optativamente recurso de alzada ante el
Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de
publicación o notificación del acto recurrido.
Huarte, 29 de enero de 2015.–El
Alcalde, Iñaki Crespo San José.
ANEXO I
MODELO DE INSTANCIA
–Datos de la persona solicitante.
Nombre y apellidos: ............................................................................
Fecha de nacimiento:
.........................................................................
DNI:
....................................................................................................
Domicilio:
............................................................................................
Localidad:
....................................................., Código Postal:
............
Teléfono: .............................................................................................
Correo electrónico:
.............................................................................
EXPONE:
Que el Ayuntamiento del Huarte ha publicado la
convocatoria para la constitución de una relación de personas aspirantes, con
conocimiento de euskera, de animadora para el local juvenil de Huarte.
Que reúne todos y cada uno de los requisitos
exigidos en dicha convocatoria.
Que adjunta fotocopia compulsada de los
documentos exigidos en la convocatoria, así como de los méritos a valorar en
la fase de concurso.
SOLICITUD:
Solicita se sirva admitir la presente instancia
y, en su virtud, sea admitida en las pruebas de la citada convocatoria.
Acredito un nivel de euskera.
Deseo realizar la prueba optativa de
euskera.
(Fecha y firma del/de la solicitante)
SEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE
HUARTE.
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