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jueves, 7 de abril de 2016

Gobierno de Navarra: cómo se organiza el Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia

ORDEN FORAL 74/2016, de 5 de abril, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia a nivel de negociados.

Audiencia Nacional: obligación de llevar un registro diario de las horas que trabaja cada empleado

INFORMACIÓN

Desde el pasado 4 de diciembre de 2015, las empresas tienen la obligación de llevar a cabo un registro diario de las horas que realice cada empleado, a fin de poder asegurar el control de las horas extraordinarias. Este control, según la Audiencia Nacional (AN), debe realizarse incluso en aquellas compañías en las que no se hagan horas extra y determina que "el registro de jornada es el requisito constitutivo para controlar los excesos de jornada".
Además, la sentencia añade que el registro diario de jornada resulta "aún más exigible" en caso de empresas con múltiples horarios, porque será el único modo de garantizar que se cumpla el derecho de los empleados de percibir una retribución por las horas extraordinarias.

AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO SOCIAL MADRID
SENTENCIA:
00207/2015 28079 24 4 2015 0000350 (SENTENCIA Nº: 207/2015)
Secretaría de
Dª. MARTA JAUREGUIZAR SERRANO
Fecha de Juicio:
02/12/2015
Fecha Sentencia:
04/12/2015
Núm. Procedimiento:
301/2015
Tipo de Procedimiento:
DEMANDA
Materia:
CONFLICTO COLECTIVO
Ponente IImo. Sr.:
D. RICARDO BODAS MARTÍN
Demandante:
-FEDERACIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (FeSUGT)
-FEDERACIÓN DE SERVICIOS DE COMISIONES OBRERAS (CCOO SERVICIOS)
-FEDERACIÓN DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DE SERVICIOS FINANCIEROS (CSICA), ASOCIACIÓN DE CUADROS Y PRFESIONALES DE BANKIA (ACCAM-BANKIA)
-SINDICAT AUTONOM DE TREBALLADORS D#ESTALVI (SATE)
 -FEDERACIÓN DE SINDICATOS DE BANCA, BOLSA, AHORRO, ENTIDADES DE CRÉDITO, SEGUROS Y OFICINAS Y DESPACHOS DE LA CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO (FESIBACCGT)
-ACB-BANKIA
Demandado:
BANKIA 2
Resolución de la Sentencia:
ESTIMATORIA
Breve Resumen de la Sentencia :
Pretendiéndose se establezca un sistema de registro de la jornada diaria efectiva que realiza la plantilla, que permita comprobar el adecuado cumplimiento de los horarios pactados, tanto en el convenio sectorial como en los pactos de empresa que sean de aplicación, así como que proceda a dar traslado a la representación legal de los trabajadores de la información sobre las horas extraordinarias realizadas, en cómputo mensual, se desestima la falta de acción, referida a la segunda pretensión, por cuanto se estimó la primera, que despeja cualquier duda sobre la obligación informativa. - Se estima la primera pretensión, porque el registro de jornada diaria, con la entrega consiguiente de los resúmenes diarios de jornada a cada trabajador, es el presupuesto constitutivo para controlar los excesos de jornada, ya que dichos resúmenes no pueden contener las horas extraordinarias realizadas diariamente, que solo concurren cuando se supera la jornada ordinaria en cómputo anual, para lo cual el único medio de comprobación es precisamente el registro diario de jornada, siendo inadmisible negar el cumplimiento de dichas obligaciones, porque no se realizan horas extraordinarias puesto que, si se admitiera dicho criterio, la finalidad del art. 35.5 ET , que es asegurar prueba documental sobre las horas extraordinarias a los trabajadores, quedaría totalmente vacía de contenido.
Fallo:

En la demanda de conflicto colectivo, promovida por la FEDERACIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (FeS UGT); la FEDERACIÓN DE SERVICIOS DE COMISIONES OBRERAS (CCOO); la FEDERACIÓN DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DE SERVICIOS FINANCIEROS (CSICA); la ASOCIACIÓN DE CUADROS Y PROFESIONALES DE BANKIA (ACCAM-BANKIA); el SINDICAT AUTONOM DE TREBALLADORS D#ESTALVI (SATE); la FEDERACIÓN DE SINDICATOS DE BANCA, BOLSA, AHORRO, ENTIDADES DE CRÉDITO, SEGUROS Y OFICINAS Y DESPACHOS DE LA CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO (CGT) y ACB BANKIA, desestimamos la excepción de falta de acción, alegada por BANKIA, SA. Estimamos la demanda y condenamos a BANKIA, SA a establecer un sistema de registro de la jornada diaria efectiva que realiza la plantilla, que permita comprobar el adecuado cumplimiento de los horarios pactados, tanto en el convenio sectorial como en los pactos de empresa que sean de aplicación, así como que proceda a dar traslado a la representación legal de los trabajadores de la información sobre las horas extraordinarias realizadas, en cómputo mensual, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores y en la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 1561/1995 y en el artículo 32.5 del Convenio Sectorial de Ahorro . Notifíquese la presente sentencia a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, que podrá prepararse ante esta Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en el plazo de CINCO DÍAS hábiles desde la notificación, pudiendo hacerlo mediante manifestación de la parte o de su Letrado al serle notificada, o mediante escrito presentado en esta Sala dentro del plazo arriba señalado. Al tiempo de preparar ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional el Recurso de Casación, el recurrente, si no goza del beneficio de Justicia gratuita, deberá acreditar haber hecho el depósito de 600 euros previsto en el art, 229.1.b de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social , y, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, haber consignado la cantidad objeto de condena de conformidad con el art, 230 del mismo texto legal , todo ello en la cuenta corriente que la Sala tiene abierta en el Banco de Santander Sucursal de la Calle Barquillo 49, si es por transferencia con el nº 0049 3569 92 0005001274 haciendo constar en las observaciones el nº 2419 0000 00 0301 15; si es en efectivo en la cuenta nº 2419 0000 00 0301 15, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Se advierte, igualmente, a las partes que preparen Recurso de Casación contra esta resolución judicial, que, según lo previsto en la Ley 10/2014, de 20 de noviembre, modificada por el RDL 3/13 de 22 de febrero, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, con el escrito de interposición del recurso de casación habrán de presentar justificante de pago de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional a que se refiere dicha norma legal, siempre que no concurra alguna de las causas de exención por razones objetivas o subjetivas a que se refiere la citada norma, tasa que se satisfará mediante autoliquidación según las reglas establecidas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en la Orden HAP/2662/2012,de 13 de diciembre.

miércoles, 6 de abril de 2016

11 de abril- Proceso Participación Plan de Residuos 2025: sesión temática sobre Residuos Industriales


Revista de Desarrollo Rural y Sostenible Nº 28

El portal de la red rural nacional es un medio de divulgación, enlace y comunicación de todos los agentes del medio rural.

Este número dedica uno de sus reportajes al recién estrenado portal de internet de la Red Rural Nacional (RRN) que ha nacido con la vocación de convertirse en un referente de la divulgación de experiencias, iniciativas y convocatorias del medio rural.


El segundo reportaje explica los trabajos que están llevando a cabo en el Centro Nacional de Recursos Genéticos Forestales de El Serranillo, dependiente del MAGRAMA, para generar rentas agrarias. 

En la entrevista, es el turno de la presidenta de la Sociedad Española de Agricultura Ecológica, Lola Raigón. También otra mujer, la directora de la Oficina en España del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), Soraya Villarroya, es la encargada de describir la labor que desarrolla este organismo, que cuenta con el apoyo del MAGRAMA.

En la sección Territorios Sostenibles, el director general de Desarrollo Rural de Aragón, Jesús Nogués, explica las líneas fundamentales del Programa de Desarrollo Rural de su comunidad autónoma. En Perfiles, el presidente de la Asociación Española de Municipios de Montaña, Francècs Boya, cuenta la singularidad de estos pueblos, que demandan una atención específica. Por este motivo la asociación, que forma parte en este momento del Comité Ejecutivo de RRN, preside además un grupo de trabajo dentro de la red.


7 de abril- "Memorias de la Comarca de Sangüesa": Diario de Navarra pone a la venta un libro-recuerdo lleno de imágenes







Yesa: concurso para explotación de Bar-Cafetería y Control de acceso a las Piscinas Municipales

OPORTUNIDADES


CONTRATO DE EXPLOTACIÓN DEL BAR CAFETERÍA Y DEL SERVICIO DE CONTROL DE ACCESO A LAS PISCINAS MUNICIPALES
 
 
 
 
 
Datos básicos del anuncio
Convocante:AYUNTAMIENTO DE YESA
Órgano de contratación:ALCALDE
Modalidad:Contratos
Tipo de contrato:Concesión de servicios
Procedimiento:Abierto
Criterio de adjudicación:Oferta más ventajosa
Breve descripcion:Explotación del bar-cafetería y control de acceso a las piscinas municipales durante la temporada 2016
Valor estimado IVA excluido incluyendo todas sus prórrogas u opciones: 12.000,00 Euros
Plazo presentación de solicitudes de participación u ofertas: Del 06/04/2016 al 20/05/2016
Lugar de presentación:Ayuntamiento de Yesa- Registro General
Fecha de publicación:05/04/2016

Término
Fecha fin de ejecución:11/09/2016

Códigos CPV
92610000Servicios de explotación de instalaciones deportivas

Pliegos y documentación complementaria
PLIEGO PISCINAS YESA 2016.pdf             Tamaño: 507,53 kb

Persona de contacto
Nombre y apellidos:Mª del Mar Torres Echeverría
Email:secretaria@yesa.es
Teléfono:948884015
Fax:948884297

Proyecto MUGA: información pública sobre solicitud de instalación eléctrica

INFORMACIÓN


DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN NAVARRA

Información pública de la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la línea aéreo-subterránea a 66 kV doble circuito dúplex, tramo STA Mina Muga-STA Boca Mina, en los términos municipales de Sangüesa (Navarra) y de Undués de Lerda (Zaragoza)


A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el Sector Eléctrico y en los artículos 125 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la línea aéreo/subterránea a 66 kV doble circuito dúplex, tramo STA Mina Muga-STA Boca Mina, en el términos municipales de Sangüesa (Navarra) y de Undués de Lerda (Zaragoza), cuyas características principales son las siguientes:

Expediente: AT- 16620.Peticionario: Geoalcali, S.L.Domicilio: Avenida Carlos III, 13 - 1.º B, 31002-Pamplona (Navarra).Finalidad de la instalación: La nueva línea permitirá dotar de energía eléctrica a la explotación minera de potasa ubicada en el término municipal de Sangüesa (Navarra).Emplazamiento: Término municipal de Sangüesa, en la provincia de Navarra, y término municipal de Undués de Lerda, en la provincia de Zaragoza.Características generales de la instalación:El proyecto comprende la línea mixta aéreo-subterránea de alta tensión a 66 kV doble circuito dúplex unión entre la STA Mina Muga y la STA Boca Mina.Las características generales de las nuevas instalaciones a realizar, son las que a continuación se detallan:

–Potencia de transporte 6 MVA fase de obras y 60 MVA explotación.

  • Tramo 1: Línea subterránea doble circuito 66 kV

  • Origen: STA "Mina Muga".
  • Final: Apoyo 00.01 de la línea proyectada.
  • Emplazamiento: Término municipal de Sangüesa.
  • Longitud en planta: 190 m.
  • Conductor energía: HEPRZ1 (AS) 2x3x1.000 mm² 36/66 KV Al + H75 Cu.
  • Conductor fibra: 48 fibras del tipo monomodo de exterior, multitubo y con protección roedores.

  • Tramo 2: Línea aérea doble circuito dúplex a 66 kV
  • Origen: Apoyo 00.01.
  • Final: Apoyo 00.07.
  • Emplazamiento: Término municipal de Sangüesa y Undués de Lerda.
  • Longitud en planta: 1.484 m.
  • Apoyos: Torres metálicas tipo 62E de la serie 1 y 2 y serie Cóndor.
  • Conductor energía: 337-AL1/44-ST1A (Antiguo LA-380) Dúplex.
  • Conductor fibra: OPGW 53G/68Z de exterior y multitubo.
  • Aislamiento: Cadenas de composite tipo U70AB66 para suspensión y U120AB132 para amarre.

–Presupuesto: 457.345,05 euros (389.852,76 euros en Navarra y 67.492,29 euros en Zaragoza).

Lo que se hace público para conocimiento general y para que en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, por cualquier interesado pueda ser consultado el proyecto de ejecución de la instalación en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra, sita en Plaza de las Merindades, s/n Pamplona (Navarra), y en su caso, formular, por triplicado ejemplar, cualesquiera alegaciones se consideren oportunas.
Pamplona, 2 de marzo de 2016.–El Director del Área de Industria y Energía, Ángel Hernández González.