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martes, 4 de agosto de 2015

Bases del II Concurso de Pochas de Sangüesa








BASES

PRIMERA.- CONVOCATORIA Y PARTICIPACIÓN

El Ayuntamiento de Sangüesa-Zangoza convoca el II Concurso de recetas creativas con Pochas de Sangüesa.
Podrá participar en el concurso cualquier persona física mayor de edad que presente su receta de acuerdo a las siguientes bases.
La participación será posible cumplimentado el formulario diseñado al efecto: descargable en la página Web oficial del Ayuntamiento (www.sanguesa.es)  o recogiéndolo en la Casa de Cultura-Palacio Vallesantoro de Sangüesa.
Cada participante podrá participar con una única receta.
La receta debe ser original, no ha podido ser presentada a otro concurso. 
El ingrediente principal deben ser las Pochas de Sangüesa.

SEGUNDA.- PLAZOS

La presente convocatoria será válida para participaciones presentadas entre el 3 y el 25 de agosto de 2014.
Las recetas pueden ser entregadas:

TERCERA.- COMPROMISOS DE LAS Y LOS PARTICIPANTES

Las personas que decidan participar aceptan la totalidad de estas bases.
Las y los concursantes se comprometen a preparar la receta presentada a concurso para una degustación pública que tendrá lugar en el marco de los actos programados en el Elogio de la Pocha de Sangüesa 2015.
El ganador o ganadora se compromete a recoger su premio en el marco de los actos previstos para la celebración del IV Elogio de la Pocha de Sangüesa.

CUARTA.- CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN DE LA RECETA GANADORA

La puntuación máxima que podrá obtener una receta será de 100 puntos.
La elección de la receta ganadora tendrá dos fases.
De entre todas las recetas participantes, un jurado integrado por representantes municipales y expertos en restauración y gastronomía de Navarra, valorará las propuestas presentadas por su  mayor originalidad, calidad y redacción de los contenidos. Esta fase tendrá una valoración máxima de 50 puntos.
Las personas concursantes se comprometen a preparar la receta presentada para que se pueda catar públicamente. Todos los asistentes al acto que lo deseen podrán formar parte del jurado popular. La puntuación máxima que podrá obtener una receta en esta fase será de 50 puntos.
La  “Mejor Receta Creativa con Pochas de Sangüesa 2015” será la que obtenga la máxima puntuación, resultante de la suma de los puntos otorgados por el jurado institucional y el jurado popular.

QUINTA.- PREMIO.

El ganador o ganadora recibirá un diploma y un Bono regalo, valorado en 300 euros, canjeable en establecimientos de Sangüesa integrados en la Asociación de Comerciantes de Sangüesa.
La receta ganadora será publicada en la Web oficial del Ayuntamiento de Sangüesa-Zangoza y/o en la página de facebook específica oficial de las Pochas de Sangüesa.
La entrega de premios se realizará en el marco de los actos programados, entre el 4 y el 6 de septiembre, con ocasión del IV Elogio de la Pocha de Sangüesa.

 SEXTA.- DATOS PERSONALES

Las y los participantes consienten expresamente en la utilización de su nombre y apellidos, en la forma y medios que el Ayuntamiento de Sangüesa-Zangoza estime conveniente, con el fin de darlos a conocer en su condición ganador o meros participantes en el Certamen. Específicamente, el nombre de la persona ganadora se publicará en la Web junto a la receta premiada.
El resto de datos personales de los participantes suministrados mediante el Formulario de Participación se someterán a la Política de Protección de Datos Municipal y su tratamiento estará sujeto a la ley española.

SÉPTIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

Los participantes responden en exclusiva, con plena garantía de indemnidad para el Ayuntamiento de Sangüesa-Zangoza, de la autoría y originalidad de la receta presentada con que tomen parte en el presente concurso.
En el caso de las recetas participantes, el Ayuntamiento de Sangüesa-Zangoza se reserva el derecho de publicarlas en los medios que estime oportunos. Asimismo, se reserva el derecho de utilizar esas recetas en comidas, catas o degustaciones que se realicen durante este año  o en futuras actividades municipales.  

OCTAVA.- VARIOS

La participación en el presente concurso supone la plena aceptación de estas Bases, así como, se reserva el derecho al Ayuntamiento de Sangüesa-Zangoza de suspender el presente certamen en caso de malfuncionamiento, debido al no sometimiento de la participación a las presentes Bases, así como por cualquier otra causa de fuerza mayor que impida su celebración de conformidad con lo aquí dispuesto.
El Ayuntamiento de Sangüesa-Zangoza se reserva el derecho a declarar desierto el concurso en caso de que las participaciones no se adecuen a lo dispuesto en las Bases, o no resulten de calidad aceptable.
 Ante cualquier duda interpretativa que pueda surgir en relación con las presentes Bases, prevalecerá el criterio del Ayuntamiento de Sangüesa-Zangoza.






FORMULARIO DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO DE RECETAS CREATIVAS CON POCHAS DE SANGÜESA

Nombre
Apellidos
Fecha de nacimiento
DNI
Correo electrónico
Teléfono de contacto
Dirección
Localidad
CP


RECETA
Ingredientes para 4 personas




Preparación






Presentación (opcionalmente se puede presentar fotografías en formato JPEG o similar que ilustren esta fase)


Actuaciones del Campus de Acordeón de Aibar en Gallipienzo, Liédena, Lerga y la iglesia de San Pedro

JUEVES 6 de agosto:

18 hs Visita guiada por Gallipienzo Antiguo.
20 hs Concierto en la Iglesia de San Salvador de Gallipienzo Antiguo .

VIERNES 7 de agosto:

20’30 hs Concierto en el Centro Social y Cultural de Liédena.

SÁBADO 8 de agosto:

20 hs Concierto en la Iglesia San Martín de Lerga.

DOMINGO 9 de agosto:

13 hs. (después de misa) Concierto de clausura en la Iglesia de San Pedro de Aibar.

Modificaciones en el Reglamento del IRPF

DECRETO FORAL 42/2015, de 1 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.


Ampliación del plazo para autoliquidación sobre premios de loterías y apuestas

ORDEN FORAL 5/2015, de 28 de julio, del Consejero de Hacienda y Política Financiera por la que se amplía el plazo de presentación de la autoliquidación de las retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, modelo 230, correspondiente al mes de junio de 2015.


La Orden Foral 188/2015, de 25 de junio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo modifica, entre otros aspectos, la forma de presentación del modelo 230, aprobado por la Orden Foral 105/2013, de 25 de marzo.

Así, desde la entrada en vigor de la citada Orden Foral 188/2015, de 25 de junio, la única forma de presentación válida del modelo 230 es la vía telemática, a través de Internet.

Debido a dificultades en el desarrollo informático de dicho modelo, no es posible disponer del mismo antes del 5 de agosto para que los contribuyentes puedan dar cumplimiento a su obligación de presentar la autoliquidación correspondiente al mes de junio de 2015.

En cambio, los contribuyentes tienen a su disposición la carta de pago modelo 764 que les faculta a realizar debidamente el ingreso de la autoliquidación del gravamen devengado en el mes de junio de 2015 en el plazo previsto.

Por ello, se estima conveniente aprobar la ampliación exclusivamente del plazo de presentación de la autoliquidación, manteniendo el período comprendido entre el 1 de julio y el 5 de agosto de 2015 como plazo de ingreso.

En consecuencia, de conformidad con la atribución contenida en el artículo 6 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 90.5 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo; el artículo 31.5 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo; así como el artículo 40.6 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado mediante DF 282/1997, de 13 de octubre,

ORDENO:

Artículo único.–

Ampliación del plazo de presentación de la autoliquidación de las retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, modelo 230, correspondiente al mes de junio de 2015.

La autoliquidación de las retenciones e ingresos a cuenta del gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, modelo 230, correspondiente al mes de junio de 2015 se deberá presentar en el plazo comprendido entre el 1 y el 20 de septiembre de 2015.

Dicha autoliquidación no dará lugar a la obligación de ingresar el importe resultante de la misma, en la medida en que el ingreso se habrá debido efectuar en el plazo comprendido entre el 1 de julio y el 5 de agosto de 2015.

Disposición final única.–Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.


Pamplona, 28 de julio de 2015.
El Consejero de Hacienda y Política Financiera, 
Mikel Aranburu Urtasun

UPNA: Bases del Concurso "Tesis en 3 minutos"

BASES CONCURSO TESIS EN 3 MINUTOS

-CONVOCATORIA 2015-

Fuente: 

La Universidad Pública de Navarra ha apostado decididamente por la divulgación y difusión de la ciencia, como una forma más de contribución a la sociedad a la que sirve. Es por ello que dentro de la política de impulso y fomento de la divulgación y difusión científica llevada a cabo desde el Vicerrectorado de Investigación se ha considerado muy conveniente premiar a aquellos estudiantes e investigadores en formación que mejor consigan explicar y transmitir a un público no especializado por qué su trabajo es importante y cuál es la aportación a la sociedad que están llevando a cabo con su trabajo. Con ello se pretende concienciar a los futuros investigadores de la importancia de divulgar su labor, y a la vez contribuir a la cultura científica de la sociedad.

Con el objetivo de lograr los fines señalados, la Universidad Pública de Navarra convocó en el año 2012 el primer concurso “Tesis en 3 Minutos”. Desde entonces se han organizado anualmente convocatorias de este certamen.

Las dos primeras ediciones iban dirigidas a estudiantes de últimos cursos o investigadores en formación de la Universidad Pública de Navarra, y fueron promovidas y organizadas por el Vicerrectorado de Investigación, el Servicio de Comunicación a través de la Unidad de Cultura Científica y el Centro Superior de Innovación Educativa. En el concurso se planteaba a los participantes el reto de explicar el desarrollo de su investigación o de su proyecto fin de carrera en una intervención limitada en el tiempo, y hacerlo mediante un lenguaje sencillo, inteligible y accesible al gran público.

A la vista del interés suscitado en las dos primeras ediciones y del éxito obtenido, se consideró oportuno introducir en la edición del pasado año y para potenciar el impacto del concurso, la participación de investigadores en formación de las cuatro Universidades que integran Campus Iberus. Con ello se pretendía impulsar también el desarrollo de la investigación en las universidades del Consorcio dentro del objetivo que contempla la cláusula Segunda del Convenio de constitución y el artículo 3 de los Estatutos de este Consorcio: “Proponer acciones para la mejora y optimización de la oferta de oportunidades para sus estudiantes, profesores e investigadores”.

Primera.–Objeto de la convocatoria.

El concurso Tesis en 3 Minutos plantea a los participantes, estudiantes de últimos cursos de grado o máster, así como a investigadores en formación el reto de explicar el desarrollo de su proyecto de fin de estudios o de su investigación, en una intervención limitada en el tiempo, y hacerlo mediante un lenguaje sencillo, inteligible y accesible al gran público. Su objetivo es acercar la labor de los jóvenes investigadores a la sociedad y, al mismo tiempo, inculcar en ellos el interés en la divulgación y difusión de la ciencia. Por ello, premiará la capacidad de los participantes para comunicar ideas de un modo efectivo a un público no especializado, en una sesión pública.

A través de este certamen se pretende también inculcar en los investigadores la importancia de la divulgación y comunicación de la ciencia para el avance de la sociedad y la mejora de su cultura científica.

En esta cuarta edición se pretende fomentar también la interrelación entre los investigadores en formación de las cuatro universidades que conforman el Consorcio Campus Iberus, a la vez que contribuir a la construcción del propio campus, y hacerlo más visible en el exterior.

Asimismo, al igual que en ediciones anteriores, se pretende ampliar la difusión de este concurso, a través de un acuerdo alcanzado con Radio Nacional de España en Navarra para la emisión de los trabajos finalistas.

Segunda.–Financiación.

Esta convocatoria cuenta con un presupuesto total de 2.000 euros, que se harán efectivos con cargo a la partida presupuestaria 340.3000.481.21 Premios de Investigación del presupuesto de gastos de 2015 de la Universidad Pública de Navarra, y se destinarán a la dotación de las diferentes modalidades de premios.

Tercera.–Modalidades de los premios.

Se convocan tres premios, uno por cada modalidad, a saber:
A.–Tesis Doctorales. Premio mejor comunicación de una Tesis Doctoral, dotado con 1.000 euros.B.–Trabajos Fin de Máster. Premio mejor comunicación de un Proyecto Fin de Máster, dotado con 500 euros.C.–Proyectos Fin de Carrera o Trabajos Fin de Grado. Premio mejor comunicación de un Proyecto Fin de Carrera o Trabajo Fin de Grado, dotado con 500 euros.

Cuarta.–Requisitos de los candidatos.

Los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos específicos para cada modalidad:
1. En la modalidad A, Tesis Doctorales, podrán participar los investigadores en formación que se encuentren al menos en su tercer año de investigación, a contar desde la fecha de su primera matriculación, y matriculados en tutela académica durante el curso 2014-15, en alguna de las Universidades que conforman Campus Iberus. Asimismo, se admitirá como participantes a investigadores que hayan leído su tesis doctoral en alguna de las Universidades que conforman Campus Iberus entre el 1 de octubre de 2014 y el último día del plazo de presentación de solicitudes establecido en la base sexta de esta convocatoria.
2. En la modalidad B, Trabajos Fin de Máster, podrán participar quienes hayan presentado su Trabajo en la Universidad Pública de Navarra en el curso académico 2014-2015, siempre que su lectura haya sido anterior al fin del plazo de presentación de solicitudes establecido en la base sexta.
3. En la modalidad C, Proyectos Fin de Carrera o Trabajos Fin de Grado, podrán participar quienes hayan presentado su proyecto o trabajo en la Universidad Pública de Navarra durante el curso académico 2014-2015, siempre que su lectura haya sido anterior al fin del plazo de presentación de solicitudes establecido en la base sexta.
4. En el momento de solicitar su participación en el certamen, los candidatos de las distintas modalidades deberán contar con el visto bueno del director/a de la tesis doctoral, trabajo fin de máster, proyecto fin de carrera o trabajo fin de grado que estén llevando a cabo.
5. Cualquier dato o información difundida por los concursantes en el certamen debe ser susceptible de difusión pública; si las investigaciones estuvieran sujetas a algún acuerdo de confidencialidad, los participantes deberán contrastar con las partes implicadas los contenidos de su intervención en el concurso. El Consorcio Campus Iberus y cada una de las cuatro Universidades que lo integran no se responsabilizan de las infracciones que puedan derivarse de dicho incumplimiento.
6. Los participantes se comprometen a estar presentes el día de la celebración del certamen. No se admitirá la participación no presencial a través del uso de sistemas como videoconferencia o similares.

Quinta.–Desarrollo del concurso.

El concurso se celebrará a lo largo de los meses de octubre y noviembre de 2015.

En función del número de participantes, los organizadores se reservan la posibilidad de celebrar el certamen en una única sesión o realizar una fase previa de selección por modalidades de la convocatoria.

En la modalidad A, Tesis Doctorales, se realizará una fase previa en cada una de las Universidades del consorcio en la que se seleccionarán los candidatos que competirán en una fase final conjunta que se celebrará en la Universidad Pública de Navarra. Esta fase final se realizará en una sesión abierta y pública, y el orden de presentación se determinará por sorteo, que se realizará previamente.
Los participantes dispondrán de tres minutos para exponer su discurso. Deben presentar el tema de su investigación, qué problema han identificado, cómo su investigación contribuye a buscar una solución y qué impacto tendrá su trabajo en la sociedad en general o en la comunidad académica e investigadora en particular.

La exposición debe realizarse en prosa y en castellano. Como elemento de apoyo podrá utilizarse tan solo la proyección de una diapositiva estática. No está permitido el uso de ningún otro elemento (por ejemplo, archivos de vídeo o sonoros) ni objetos accesorios como instrumentos musicales, material de laboratorio, prendas de vestir, etc. Tampoco está permitida la interacción con el público asistente.

Los concursantes que superen el tiempo máximo de tres minutos serán automáticamente eliminados.

La fase final será grabada en vídeo y las intervenciones ganadoras quedarán accesibles a través de la página web de la Universidad Pública de Navarra y de la página de Campus Iberus, en el caso de la modalidad de tesis doctorales. Las sesiones abiertas al público podrán ser retransmitidas por los medios de comunicación y, en su caso, a través de Internet.

Los participantes finalistas en el certamen tendrán que resumir en aproximadamente un minuto su investigación para su emisión radiofónica. Las presentaciones se grabarán en RNE en Navarra y serán emitidas por esta radio pública en una sección denominada “Píldoras Científicas- espacios de divulgación de la investigación de la UPNA”.

Con anterioridad a la celebración del concurso se ofrecerá a los participantes la posibilidad de asistir a una sesión de formación en técnicas de oratoria, habilidades para hablar en público, y comunicación y lenguaje radiofónico.

Sexta.–Presentación de solicitudes.

Las personas interesadas en participar en este certamen presentarán su solicitud haciendo uso del impreso que se facilitará al efecto a través de la página web de la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra (www.unavarra.es/unidadculturacientifica), y que figura adjunto en el Anexo II de esta convocatoria, especificando claramente la modalidad de premio a la que se presentan.

Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se podrán presentar en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra, Campus de Arrosadía s/n, Pamplona, en el Registro del Campus de Tudela, Avenida de Tarazona s/n, Tudela, en horario de lunes a viernes de 8.30 a 14.30 horas, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro de la Universidad Pública de Navarra, Campus de Arrosadía s/n, 31006 Pamplona.

El plazo de presentación de solicitudes será del 1 de septiembre de 2015 al 30 de septiembre de 2015, ambos inclusive. Este plazo será improrrogable

El hecho de participar en el concurso Tesis en 3 Minutos supone la plena aceptación de las presentes bases de la convocatoria.

Séptima.–Tramitación de solicitudes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, desde la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra se revisará el cumplimiento de requisitos especificados en los apartados 1 al 5 de la base cuarta de esta convocatoria, Los solicitantes de las Universidades de Zaragoza, La Rioja y Lleida deberán acreditar documentalmente, junto a su solicitud, el cumplimiento de estos requisitos.

Para los solicitantes de la Universidad Pública de Navarra será suficiente con que aleguen el cumplimiento de estos requisitos, no siendo necesario que acrediten documentalmente su cumplimiento, salvo en los casos en que la Unidad de Cultura Científica les requiera esta acreditación.

La relación provisional de solicitantes admitidos a trámite y excluidos por no cumplir alguno de los requisitos establecidos para participar en esta convocatoria se publicará en la página web de la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra. A los solicitantes se les concederá un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la relación provisional en la mencionada página web, en el que podrán presentar reclamación contra la misma, subsanar las deficiencias observadas o completar la documentación correspondiente. De no hacerlo en el plazo fijado, su solicitud no podrá ser admitida a trámite.

Una vez resueltas las reclamaciones, el Vicerrector de Investigación de la Universidad Pública de Navarra elevará al Rector de esta Universidad la lista definitiva de admitidos para su aprobación mediante resolución. Ésta se publicará en la página web de la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra.

Contra la resolución definitiva, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad Pública de Navarra en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados del mismo orden de Navarra en el plazo de dos meses, plazos que se computarán desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra.

Sin perjuicio de la publicación en la mencionada página web, tanto la Universidad Pública de Navarra como las otras tres Universidades integrantes del Campus Iberus, (Universidad de Zaragoza, Universidad de Lleida y Universidad de La Rioja), podrán publicar las resoluciones de admisión provisional y definitiva establecidas en la presente base, en el lugar o por el medio que consideren más adecuado para garantizar su máxima difusión entre sus estudiantes e investigadores. Estas publicaciones no se tendrán en cuenta a efectos del cómputo de plazos para reclamar o recurrir contra las resoluciones de admisión.

Octava.–Obligaciones de los premiados.

1. La dotación de los premios se considerará de libre disposición por los premiados, y el abono a los interesados se realizará antes del 31 de diciembre de 2015.

2. La Universidad Pública de Navarra realizará las retenciones de la dotación de los premios que correspondan en concepto de impuestos, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en la materia. La retención aplicable, según el artículo 78 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es del 15%.

3. El incumplimiento de las bases de la convocatoria, así como la ocultación de datos, su alteración o manipulación, podrá ser causa de desestimación y, en su caso, de reintegro de las cantidades percibidas en concepto de premio.

Novena.–Jurado de los premios.

El jurado será presidido por el Vicerrector de Investigación de la Universidad Pública de Navarra e integrado por otros cuatro miembros más que serán designados por el Rector, a propuesta del Vicerrector de Investigación. Al menos dos de esos miembros serán personas expertas en comunicación y divulgación científica ajenas a la Universidad Pública de Navarra.

Cada una de las Escuelas de Doctorado de las cuatro universidades del CEI Iberus designará un jurado que actuará en las fases previas de cada universidad.
El jurado se constituirá a instancia del Vicerrector de Investigación de la Universidad Pública de Navarra, que lo convocará a tal efecto. Asimismo, por el Vicerrectorado de Investigación se realizarán las gestiones que resulten necesarias para facilitar la actuación del jurado en la fase final.

Décima.–Criterios de valoración.

El jurado tendrá en consideración los siguientes criterios a la hora de valorar a los participantes:

1. Comprensión. Se puntuará del 1 al 10. Se valorará que la presentación ayude al público a entender la investigación:
–Exposición clara de la naturaleza y objetivos de la investigación.–Qué es lo relevante de la investigación.–La presentación sigue una secuencia lógica.
2. Implicación. Se puntuará del 1 al 10. Se valorará que el discurso ayude al público a querer saber más:
–El participante no trivializa ni simplifica su investigación.–El participante transmite entusiasmo por su trabajo.–El participante capta y mantiene la atención del público.
3. Comunicación. Se puntuará del 1 al 10. Se valorará que el tema de investigación y su importancia sean comunicados en un lenguaje apropiado para un público no especialista:
–El orador utiliza suficientemente el contacto visual y el registro vocal, mantiene un ritmo continuo y se muestra seguro de sí mismo.–El orador evita la jerga científica, explica la terminología que necesita utilizar y expone los antecedentes para ilustrar determinados puntos.–El orador utiliza adecuadamente el tiempo.–La diapositiva sirve para realzar su presentación, no para restarle valor: es clara, legible y concisa.

Undécima.–Concesión de los premios.

1. El fallo del jurado se dará a conocer en la misma sesión de celebración de la fase final del concurso.

2. El jurado elevará al Rector de la Universidad Pública de Navarra la propuesta de concesión de los premios con informe razonado sobre el cumplimiento de los objetivos del concurso y calidad de las exposiciones presentadas. El Rector dictará la resolución definitiva correspondiente acordando la concesión de los premios y la relación de candidatos premiados.

3. Los premios podrán declararse desiertos de acuerdo con la valoración del jurado o por ausencia de candidatos.

4. Se realizará un acto público de entrega de premios que tendrá lugar en el primer trimestre de 2016.

5. La Resolución definitiva del Rector de la Universidad Pública de Navarra de concesión de los premios se publicará en la página web de la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra. Asimismo, desde el Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Pública de Navarra se procurará su máxima difusión. Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad Pública de Navarra en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados del mismo orden de Navarra en el plazo de dos meses, plazos que se computarán desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra.

Asimismo, las otras tres Universidades integrantes del Campus Iberus, (Universidad de Zaragoza, Universidad de Lleida y Universidad de La roja), podrán publicar la resolución definitiva de concesión de premios en el lugar o por el medio que consideren más adecuado para garantizar su máxima difusión entre sus estudiantes e investigadores. Las publicaciones en estas tres Universidades no se tendrán en cuenta a efectos del cómputo de plazos para recurrir contra esta resolución definitiva.

Duodécima.–Publicación.

Las bases contenidas en la presente convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra y se difundirán a través de los medios de publicidad de la Universidad Pública de Navarra (en el tablón de anuncios del Rectorado del Campus de Arrosadía, en el tablón del Aulario del Campus de Tudela y en la página web de la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra).

Los demás actos dictados en aplicación de esta convocatoria serán publicados en la página web de la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra.

Estas publicaciones en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web de la Unidad de Cultura Científica de la Universidad Pública de Navarra, constituyen el único instrumento de publicidad oficial que se tendrá en cuenta a efectos del cómputo de plazos y cumplimiento de trámites establecidos en la presente convocatoria, sin perjuicio de la utilización, con carácter complementario y no oficial, de avisos por correo electrónico a los interesados, y de cualquier otro medio de publicación que tanto la Universidad Pública de Navarra, como las otras tres Universidades integrantes del Campus Iberus, (Universidad de Zaragoza, Universidad de Lleida y Universidad de La Rioja), consideren adecuado para garantizar su máxima difusión entre sus estudiantes e investigadores.

Decimotercera.–Recursos.

Contra la presente convocatoria y sus bases los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad Pública de Navarra en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados del mismo orden de Navarra en el plazo de dos meses, plazos que se computarán desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra


Convocatoria de plazas de residencia para jóvenes deportistas

La Subdirección General de Deporte presenta un informe en el que da cuenta de la necesidad de facilitar el máximo aprovechamiento de las posibilidades de uso de la Residencia Deportiva “Fuerte del Príncipe” de Pamplona. Por ello, propone la aprobación de una convocatoria que regule la adjudicación de plazas para residentes deportistas en la Residencia Deportiva “Fuerte del Príncipe” del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

Esta convocatoria va dirigida, en primer lugar, a los deportistas que cumplan con los requisitos para ser declarados Deportistas de Rendimiento, conforme a lo establecido en el Decreto Foral 9/2012, de 22 de febrero, que regula el Deporte de Rendimiento y la relación de deportistas de Alto Nivel de la Comunidad Foral de Navarra, por la Resolución 240/2015, de 30 de marzo y la Orden Foral 329/2015, de 29 de mayo.

Se persigue con ello facilitar su pleno desarrollo deportivo, con el fin de aumentar las posibilidades de alcanzar los mayores éxitos tanto a nivel nacional como internacional. Por ello, es conveniente el establecimiento de las bases y criterios para cubrir las plazas de deportistas de la instalación referida.

La RESOLUCIÓN 501/2015, de 3 de julio, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la Convocatoria para cubrir las plazas de residentes deportistas en la Residencia Deportiva “Fuerte del Príncipe” del Instituto Navarro de Deporte y Juventud para el periodo comprendido entre la fecha de adjudicación de la plaza y el 31 de julio de 2016, ambos inclusive; así como el Reglamento de Funcionamiento Interno para deportistas de la Residencia deportiva Fuerte del Príncipe para el mencionado periodo, ha sido publicada en el BOLETÍN Nº 147 - 30 de julio de 2015

Estas Bases tienen por objeto regular el procedimiento de adjudicación de las plazas de residentes deportistas en la Residencia Deportiva “Fuerte del Príncipe” del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, con el fin de mejorar las condiciones de entrenamiento de los deportistas de Rendimiento de Navarra durante el periodo comprendido entre la fecha de adjudicación de la plaza y el 31 de julio de 2016 ambos inclusive. Esta convocatoria está dirigida única y exclusivamente a deportistas de Rendimiento de Navarra (con la excepción establecida en la Base 10), que tengan entre 14 y 30 años, ambos inclusive.

La Residencia Deportiva “Fuerte del Príncipe”, se encuentra en el nº 36 de la calle Goroabe de Pamplona (31003 - Navarra) y tiene 25 plazas disponibles para deportistas.

Los deportistas que podrán solicitar plaza en la Residencia Deportiva “Fuerte del Príncipe” serán los deportistas de Alto Nivel, Alto Rendimiento, Perfeccionamiento, y Rendimiento de Base (con la excepción establecida en la Base 10), que tengan entre 14 y 30 años, ambos inclusive.

Las solicitudes serán presentadas por los deportistas o en su nombre por las Federaciones Deportivas de Navarra, para aquellos deportistas de Rendimiento de Navarra federados, que puedan ver mejoradas sustancialmente sus condiciones de entrenamiento ocupando plaza en la residencia.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud (calle Arrieta, 25, 31002 - Pamplona), conforme al modelo que se recoge en el Anexo, así como en cualquier otro de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común o en el Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. En el caso de que la solicitud se presente en Correos, se deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano gestor de la subvención, por telefax, telex o telegrama, la remisión de la solicitud. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida fuera del plazo señalado para la presentación. Igualmente, transcurridos 10 días naturales desde la fecha de finalización del plazo sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.


El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Convocatoria completa en


VIA VERDE DEL IRATI: Declaración de Incidencia Ambiental favorable del PSIS

RESOLUCIÓN 412E/2015, de 2 de junio, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se formula Declaración de Incidencia Ambiental favorable del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Vía Verde del Irati, tramo Valle de Egüés-Sangüesa, promovido por los Ayuntamientos de Sangüesa, Liédena, Lumbier, Urraúl Bajo, Lónguida, Aoiz, Lizoain, Urroz Villa y Egüés.


De acuerdo con lo establecido en el anexo 3.A apartado B)1 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, el “Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Vía Verde del Irati” debe someterse a Evaluación Ambiental Estratégica y ser objeto de Declaración de Incidencia Ambiental, de manera previa o simultánea a la aprobación del mismo.

Con fecha de 5 de febrero de 2014 se presentó, con objeto de iniciar la tramitación de su Evaluación Ambiental Estratégica, la documentación técnica del expediente referido en el encabezado, junto con su Estudio de Incidencia Ambiental.

La propuesta consiste en crear una vía verde siguiendo el recorrido del antiguo ferrocarril “Irati” desde Egüés hasta Sangüesa con una variante hasta Aoiz. El tren “Irati” era un tren eléctrico que inicialmente conectaba Pamplona con Aoiz y que posteriormente tuvo una variante hasta Sangüesa. La propuesta conectaría con el camino de la futura ampliación del Parque Fluvial de la Comarca de Pamplona en Egüés y definiría un recorrido continuo hasta las dos indicadas localidades siguiendo en lo posible el recorrido de la antigua vía férrea y pasando por los hitos principales de la misma.

Para ello se aprovecha, en gran parte, caminos rurales que coinciden con la antigua vía férrea y otros paralelos a ella, algunos tramos de caminos variantes donde no es viable acercarse o coincidir con el recorrido de esa antigua vía y tramos de nueva ejecución, algunos cortos para conectar otros tramos y, otros más largos paralelos a carreteras locales, diseñados para recuperar el trazado de la vía en tramos en que ha desaparecido o en los que la propia carretera ha ocupado el espacio de la antigua vía.

La anchura se ajustará a los caminos existentes, acondicionando y mejorando el firme y en los tramos de nueva ejecución se prevé una anchura de 5 m, 3,5 m plataforma y cunetas. En las zonas paralelas a carreteras se ubicará en la servidumbre de las mismas. En las zonas paralelas a riberas, la expropiación asegurará un cierto alejamiento de las orillas y cauces.

La principal incidencia ambiental reseñada en el Estudio de Incidencia Ambiental se deriva de los desbroces y labores en zonas con vegetación natural y entornos fluviales, principalmente en espacios de la Red Natura 2000, especialmente en el arreglo y construcción de los puentes y pasarelas. En el EIA se valora que el uso social de la Vía Verde no generará incidencias ambientales relevantes.

Mediante Acuerdo de Gobierno, de 17 de septiembre de 2014, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 200, de 13 de octubre de 2014, se sometió el expediente a información pública en cumplimiento del artículo 33 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la Protección Ambiental y de acuerdo con la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Durante este período de exposición pública no se han recibido alegaciones de contenido ambiental. Se han propuesto ligeras variaciones para el trazado de la vía verde con el fin de no afectar a terceros.

En relación con la compatibilidad de la propuesta con la protección de las Vías Pecuarias el Negociado de Gestión y Cooperación en Biodiversidad del Servicio de Conservación de la Biodiversidad informa favorablemente la propuesta el 30 de octubre de 2014 indicando los condicionantes legales que deben contemplarse así como las directrices de diseño y construcción para cada punto de coincidencia y cruce. Indica también que el tramo coincidente en Urroz-Villa se revisará en su momento y que si antes del diseño o ejecución de cada uno de los tramos se catalogan, deslindan o localizan otros tramos de Vías Pecuarias estos deberán contar con nuevo informe del Servicio de Conservación de la Biodiversidad.

Consta en el expediente informe de la Sección de Hábitats del Servicio de Conservación de la Biodiversidad de 10 de mayo de 2015, en el que se valora la compatibilidad de la propuesta con los espacios protegidos de Navarra y con los terrenos de la Red Natura 2000 afectados por el proyecto. También se incluye en él una determinación de los puntos clave y valores ambientales de las especies de flora y fauna silvestres y de los hábitats presentes en el entorno del recorrido, que pudieran afectarse directa o indirectamente por la ejecución de las acciones previstas para la implantación de esta Vía Verde.

Particularmente, en dicho informe se valora la presencia en el entorno del proyecto de determinadas especies de fauna catalogada, la posible pérdida de calidad y funcionalidad del corredor natural que se corresponde con los hábitats de las zonas de ribera atravesadas y la pérdida del valor ambiental derivada de la posible desaparición de las formaciones vegetales de las zonas marginales de los caminos y plataformas a acondicionar en los tramos que se corresponden con el único elemento diversificador dentro del paisaje agrario de los secanos de esta zona de Navarra.

El Servicio de Calidad Ambiental informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica y emite informe favorable.

En consecuencia, a la vista de los informes que figuran en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica está completo y, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y por el artículo 42 del Decreto Foral 70/2012, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

1.º Se formula Declaración de Incidencia Ambiental favorable sobre el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la Vía Verde del Irati, tramo Valle de Egüés-Sangüesa, promovido por los Ayuntamientos de Sangüesa, Liédena, Lumbier, Urraúl Bajo, Lónguida, Aoiz, Lizoain, Urroz Villa y Egüés.

2.º Este Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal se desarrollará cumpliendo las siguientes condiciones:

–Gran parte de la vía verde recorre zonas muy transformadas agrícolamente en los que uno de los escasos elementos diversificadores y de valor ambiental es la vegetación de la plataforma de la antigua vía y de sus márgenes así como la de los márgenes de los caminos que se incluyen en el recorrido presentado. Por ello, la mejora del firme en esos tramos donde marginalmente crezcan formaciones herbáceas, arbustivas, setos, árboles y arbustos dispersos se ajustará para minimizar la afección a esas formaciones de valor natural. La pérdida de esta vegetación implantada en la plataforma de la vía a recuperar debería ser corregida mediante medidas eficaces que favorezcan la implantación de este tipo de vegetación entre dicha plataforma y el linde de las parcelas colindantes con la vía verde o en las bandas expropiadas.
–Por motivos análogos, en los tramos de nueva creación se procurará dejar dos bandas de terreno paralelas a la plataforma del camino, dentro de la zona expropiada, a fin de que se instale en esas bandas vegetación natural. En esos tramos si es posible se reducirá la ocupación por cunetas. Esto es más importante en zonas como en el inicio del tramo por Urroz Villa, en paralelo al barranco de Lizoáin, ya que la banda exterior sería la transición a los terrenos agrícolas.
–Se tratará de reducirá la anchura del acondicionamiento a la que tiene actualmente al camino existente en los tramos en que la vía verde recorre parcelas con vegetación natural (pastos, con matorral y arbolado disperso) ligada a orillas y fondos de valle: Junto al barranco de El Soto en Lizoain, (parcelas 309, 310, 311, 312, 313 y 314 del polígono 5 de Lizoain), en la cañada Real Milagro Aézkoa en Urroz-Villa y Lónguida (pacelas 264, 265 y 269 del polígono 2 de Urroz Villa, especialmente cuando ésta es contigüa al río Erro) en el tramo posterior al primer cruce del río Erro (este de Villaveta y parcela 9 del polígono 17 de Lónguida en Zuasti) tras el cruce del río Irati en Artieda (parcela 101 polígono 10 de Urraul Bajo) y en el tramo final antes de Sangüesa desde el polígono industrial que se incluye en Red Natura 2000.
–En esos tramos, se tratará de evitar las cunetas en tierras u hormigonadas. Si fueran preciso cunetas, estas deberían diseñarse con secciones naturalizadas, tendidas o abiertas, en tierras o con materiales artificiales (mantas orgánicas, etc.) que permitan o incluyan su revegetación y que minimicen riesgos de accidentes. Si aún así fuera preciso alguna actuación para la evacuación de las aguas de lluvia o para el drenaje del terreno por el que pasa el camino de la Vía Verde, estas serán puntuales o se diseñarán mediante técnicas blandas que propicien su integración paisajística y ambiental.
–Las obras de reparación y construcción de puentes o de estructuras para el cruce de ríos y arroyos evitarán cualquier afección a los mismos. En la medida de lo posible se evitará la tala de la vegetación de ribera, no se permite el cruce de maquinaria por los cauces y se prohíbe cualquier vertido a los mismos.
–Se presentará para su informe e inclusión en el expediente la propuesta definitiva del tramo anterior y posterior al cruce del río Erro en el puente de Urroz-Villa debido a que la afección al entorno fluvial, arbolado de ribera y vías pecuarias precisa de medidas de control o corrección ambiental.
–Los tramos y puntos indicados en los párrafos anteriores coinciden con las zonas de mayor valor ambiental de los espacios de la Red Natura 2000 atravesados por lo que en el diseño de los trabajos se deberán recoger medidas ambientales detalladas para minimizar la afección a los hábitats fluviales existentes en esos tramos y a la fauna de interés y catalogada que pudiera existir en su entorno.
–Debido a la presencia de diversas especies de quirópteros que usan los túneles de la Foz de Lumbier, en principio, éstos no se iluminarán salvo que para dicha iluminación se proponga un sistema avalado por un experto en este grupo de fauna que determine su compatibilidad con el uso del túnel como refugio para esas especies.
–Se estudiará en detalle cada tramo a fin de minimizar la necesidad de ejecutar cortas de arbolado o eliminación de bosquetes arbustivos y setos. Previamente a las talas se deberá contar con la autorización administrativa de corta otorgada por al Sección de Gestión Forestal.
–Se estará a lo que disponga el Servicio de Patrimonio Histórico en relación con la protección de los yacimientos arqueológicos y de los restos históricos y culturales que se puedan localizar en el trazado de la Vía Verde o en su entrono inmediato.
–Teniendo en cuenta estas cuestiones y en razón de la posible presencia de fauna catalogada en determinados puntos atravesados por la Vía Verde o en zonas próximas a los espacios de la Red Natura afectados por la propuesta, antes de su licitación se deberán presentar las distintas actuaciones constructivas o subproyectos que deriven de este PSIS, ante el Servicio de Calidad Ambiental para informar sobre su adecuación a esta Declaración de Incidencia Ambiental.
–Se recomienda señalizar y valorizar los elementos de valor ambiental ligados a esta Vía Verde. Igualmente con los de valor histórico y cultural, particularmente los tramos urbanos del antiguo ferrocarril aunque no coincidan con el recorrido propuesto así como los tramos de la antigua vía aún existentes aunque estén desconectados de la propuesta actual. (P. ej. el recorrido desde Liédena hasta el tramo de camino paralelo a la carretera de Sangüesa) y también, u otros elementos ligados al tren (apeaderos, estribos abandonados, tramos abandonados como en “El Pontarrón” en Urroz, muros de contención en el tramo coincidente con la carretera de Sangüesa, etc.) aunque estos no se localicen contiguos al recorrido propuesto.
–Finalmente también se recomienda que en la documentación gráfica y paneles que se diseñen se refleje la relación de dichos contenidos con el recorrido propuesto así como con el recorrido real en los tramos que no se recuperan.
3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Notificar esta Resolución, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y a los Ayuntamientos de Vaññe de Egüés, Linzoain/Arriasgoiti, Urroz-Villa, Lónguida/Longida, Aoiz/Agoitz, Urraul Bajo, Lumbier, Liédena y Sangüesa/Zangoza, a los efectos oportunos.


Pamplona, 2 de junio de 2015.
El Director General de Medio Ambiente y Agua, 
Andrés Eciolaza Carballo.

Ayudas a la renovación de las redes de calor urbanas

El III Plan Energético de Navarra horizonte 2020, aprobado por el Gobierno de Navarra el 9 de mayo de 2011, tiene entre sus objetivos fomentar un consumo eficiente de la energía. En la misma línea, la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, en su artículo 14, establece la necesidad de fomentar sistemas urbanos de calefacción y refrigeración eficientes.

Con el objeto de reducir el consumo de energía de las redes de calor urbanas, Gobierno de Navarra convoca en el BOLETÍN Nº 120 - 23 de junio de 2015 la RESOLUCIÓN 263E/2015, de 16 de junio, del Director General de Industria, Energía e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la renovación de las redes de calor urbanas con criterios de eficiencia energética.

Podrá obtener la condición de beneficiaria cualquier persona física o jurídica que reúna los siguientes requisitos:

a) Ser propietaria de la instalación, exceptuando las inversiones realizadas por empresas de servicios energéticos (ESEs), ya que en este caso la propiedad podrá ser de la empresa pero la beneficiaria de la subvención será la usuaria final de la instalación.

b) No estar incursa en las prohibiciones para poder ser beneficiaria del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento podrá acreditarse mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.
Con el fin de acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.


Las comunidades de propietarios y propietarias podrán ser beneficiarias siempre que nombren a una persona representante o apoderada única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la comunidad.
En estos casos, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud de la subvención los compromisos de ejecución asumidos por cada integrante de la comunidad. Así mismo, en la resolución de concesión de la ayuda se señalará el importe de la subvención a aplicar por cada una de las personas integrantes, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarias.

A los efectos de esta convocatoria, se entiende por “unidad de consumo” cada uno de los receptores del servicio térmico de la red, al que corresponde el pago por dicho servicio en la forma estipulada en los estatutos u otros documentos reguladores de las relaciones entre el proveedor del servicio y los usuarios de la red. Como norma general, dicha unidad de consumo corresponde a una vivienda.

De igual modo, se entiende por “red de calor urbana” o “sistema urbano de calefacción” la distribución de energía térmica en forma de vapor o agua caliente, desde una fuente central de producción a través de una red hacia múltiples edificios o emplazamientos, para atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas en los edificios.
Al menos el 50% de dicha demanda deberá corresponder a unidades de consumo del sector residencial. Asimismo, la red deberá discurrir, al menos parcialmente, por espacio de uso público y distribuir la energía térmica desde una fuente de generación de potencia instalada no inferior a 1.000 kW.

El plazo para la realización de las inversiones será el comprendido entre el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y el 11 de diciembre de 2015, ambos inclusive.


Ayudas para explotaciones agrícolas y ganaderas afectados por nieve y lluvias entre enero y marzo de 2015.

INFORMACIÓN
Durante el primer trimestre de 2015 se han producido en la Comunidad Foral de Navarra unas precipitaciones muy por encima de lo normal, unidas a la presentación de nevadas importantes y repetidas que han provocado que entre finales de enero y febrero se hayan producido hasta tres avenidas de distinta intensidad que han ocasionado, entre otras, afecciones importantes a infraestructuras públicas y privadas, pérdidas en explotaciones agrarias y ganaderas, daños al medio natural y a bienes de naturaleza pública y privada.

El Gobierno de Navarra ha expresado su firme compromiso de adoptar con carácter urgente un conjunto de medidas encaminadas a reparar los daños sufridos, y a restaurar las infraestructuras dañadas y en consecuencia ha adoptado el acuerdo de 6 de mayo de 2015, que tiene por objeto aprobar el plan de actuación para reparar los daños causados por los fenómenos de lluvia y nieve e inundaciones de los meses de enero, febrero y marzo de 2015 en la Comunidad Foral de Navarra. Este plan facilitará la vuelta a la normalidad de las zonas afectadas, y faculta al Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, mediante Orden Foral, a delimitar los Municipios y Concejos afectados, donde se podrán aplicar las medidas previstas en este Plan de actuación.

El Gobierno de la Nación también ha adoptado medidas para hacer frente a las consecuencias de las inundaciones. Así, mediante Real Decreto-Ley 2/2015,de 6 de marzo, ha adoptado medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones producidas por desbordamientos en la cuenca del río Ebro en las fechas citadas que comprende un conjunto de actuaciones encaminadas a reparar los daños sufridos.

En el  BOLETÍN Nº 149 - 3 de agosto de 2015 se publica la ORDEN FORAL 274/2015, de 22 de julio, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, que aprueba la convocatoria y las bases reguladoras por las que se regulan las ayudas a los daños en elementos afectados en explotaciones agrícolas y ganaderas, derivados de los fenómenos de lluvia y nieve e inundaciones en la Comunidad Foral de Navarra, en los meses de enero, febrero y marzo de 2015.

Las ayudas irán destinadas a los titulares de pequeñas y medianas explotaciones agrarias que tengan la condición de PYME de acuerdo con el anexo 1 del Reglamento (UE) número 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014, e inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra. En caso de explotaciones en las que la mayor parte de la explotación se ubique en una comunidad distinta, la explotación deberá estar inscrita en el correspondiente registro de explotaciones agrarias de la comunidad de que se trate.

Las parcelas por las que se solicita la ayuda por daños en elementos afectados en explotaciones agrícolas o ganaderas, deberán estar ubicadas en Navarra, e inscritas a fecha 1 de enero de 2015 en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN), ó en el Registro de Explotaciones Agrarias de otra Comunidad Autónoma en el caso que la explotación tenga fuera de Navarra más superficie.

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