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lunes, 23 de febrero de 2015

28 de febrero, la Banda Municipal de Sangüesa en concierto


5 y 6 de marzo: II Conferencia de Cultura en Pamplona


Hasta el domingo 1 de marzo permanece abierta la inscripción para poder asistir a la II Conferencia de la Cultura que organiza la Federación Estatal de Asociaciones de Gestores Culturales y tendrá lugar los días 5 y 6 de marzo en Pamplona. La II Conferencia es una oportunidad excepcional para reflexionar y debatir sobre los retos que el sector cultural afronta, aportando nuevas ideas y tendencias que permitan mejorar la capacidad creativa, social y económica del mismo.
La Conferencia va a contar con la presencia de destacados expertos del sector. Podrás ver el programa y los ponentes en el pdf que te adjuntamos.
 La inscripción on line se puede realizar a través de:

  
Solicitud información: conferencia@feagc.com

Noáin convoca pruebas selectivas para contratación de Auxiliar Técnico de Cultura

INFORMACIÓN PARA EL EMPRENDIMIENTO

Bases reguladoras de la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Auxiliar Técnico del Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz)


El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), mediante Resolución de fecha 6 de febrero de 2015, ha aprobado las siguientes:

BASES

1.–Objeto de la Convocatoria, funciones a desarrollar y características del puesto.

Es objeto de la presente convocatoria la constitución, mediante pruebas selectivas basadas en los principios de mérito y capacidad, de una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Auxiliar Técnico del servicio de Cultura del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

Las funciones a desarrollar por el personal seleccionado se centran en apoyar en las tareas ordinarias y extraordinarias organizadas por el Patronato de Cultura (programación del Centro cultural, programación festiva y festivo cultural, programación de calle, eventos especiales ..). Apoyo administrativo y contable. Apoyo a la gestión y atención tanto del Centro Cultural como de los usuarios del mismo. Atención a los artistas y compañías que actuen en el Centro Cultural o en los eventos que se organicen en el exterior u otros equipamientos. Montaje y desmontaje de exposiciones. Refuerzo del personal propio del Centro Cultural en momentos concretos de vacaciones, sustituciones y sobrecarga de trabajo, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Servicio.

El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones correspondientes al nivel C, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones de aplicación.
Se establece un periodo de prueba de dos meses.

La duración del contrato se dará a conocer en cada caso en el momento del llamamiento.

La jornada laboral, al igual que vacaciones, permisos, licencias y antigüedad se regularán por las disposiciones aplicables al personal funcionario que se recogen en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

2.–Vigencia de la lista constituida.

La relación de aspirantes a contratación temporal cuya constitución es objeto de la presente convocatoria estará vigente hasta que la misma se agote, se inicien procedimientos específicos de selección para la provisión definitiva de las plazas o se realice una nueva lista de contratación temporal.

3.–Requisitos de los participantes.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores y sus familiares en los términos establecidos en el artículo 7.º el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.
El resto de extranjeros deberán tener residencia legal en España o disponer del correspondiente permiso de trabajo en vigor.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.
d) Poseer las capacidades físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
f) Estar en posesión de Permiso de conducción clase B en vigor.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, y el incumplimiento sobrevenido de cualquiera de ellos será causa suficiente para no proceder al llamamiento en tanto no cese aquel.

4.–Instancias.

Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), sito en Plaza de los Fueros número 3, de 31110 NOÁIN (en horario de 9:00 a 14:00), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo I.

Los derechos de examen serán de 14,97 euros, de conformidad con la Ordenanza Municipal número 5.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

El plazo de presentación de solicitudes tiene carácter improrrogable.

Junto con la instancia de participación los/as aspirantes deberán aportar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, de la titulación exigida (o documento que acredite que se está en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes), así como del Permiso de Conducción, acompañado del certificado de disposición de puntos y el justificante de pago de los derechos de examen.

Los/as aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido/a, expedida por órgano competente y acompañada de certificado médico acreditativo de que tal discapacidad que padece no es una enfermedad o defecto físico o psíquico que le incapacite para el normal ejercicio del puesto de trabajo en modelo especificado en anexo II.

Estos aspirantes podrán solicitar las adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios que sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia expresando en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

5.–Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) y en la “web” municipal (http://www.noain.es) la relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.
Dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) y en la “web” municipal (http://www.noain.es) los/las aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.
En el supuesto de no haber excluidos/as, se pasará a publicar directamente la lista definitiva, con indicación de la fecha, hora y lugar de realización de las pruebas de selección.

6.–Listas definitivas.

Transcurrido el plazo indicado en la base anterior, y una vez resueltas las alegaciones presentadas, se dictará Resolución de alcaldía aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, y se harán publicas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) y en la “web” municipal (http://www.noain.es) junto con la fecha y lugar de realización de la prueba de selección prevista.

7.–Tribunal calificador.

7.1. Composición:
–Presidente: Sebastián Marco Zaratiegui, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).
Suplente: Miguel Muñoz Murillo, Concejal del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).
–Primer vocal: Doña Nieves Beloqui Ros, Coordinadora de Cultura del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).
Suplente: Doña Betisa Anda Arruabarrena.
–Segundo vocal: Doña Lourdes Percaz Aldaya, Oficial administrativa del servicio de Cultura del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).
Suplente: Doña Uxue Cilveti Zazpe, Auxiliar administrativa del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).
–Tercer vocal: Doña María Angeles Cuesta Márquez, representante de los trabajadores del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).
Suplente: Mikel Baztán Carrera, representante de los trabajadores del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).
–Secretaria: Isabel García Layana, Secretaria del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).
Suplente: Carlos Revilla Pascual, Interventor del M.I. Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

7.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para su válida constitución se requerirá e todo caso la presencia del Presidente y del Secretario.

7.3. El Tribunal resolverá por mayoría cuantas cuestiones puedan plantearse sobre la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria.

7.4. El Tribunal tendrá facultad para acordar la incorporación de asesores para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en ellas.

7.5. Sus miembros deberán abstenerse de intervenir como tales, notificándolo al Presidente del Tribunal, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Igualmente los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.
En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.

7.6. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

8.–Desarrollo de las pruebas.

La oposición constará de dos ejercicios.

1. El primero consistirá en cuestionario tipo “test” formado por cuarenta preguntas sobre conocimientos tanto generales como específicos de las actividades del puesto de trabajo, y en la que solamente una de las respuestas será la correcta. Las preguntas tendrán relación con los temas recogidos en el Anexo III.
La prueba se valorará desde 0 a 40 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las respuestas incorrectas penalizarán con un 25% del valor de la pregunta.
El sistema de las pruebas será en sobre cerrado mediante plicas y en plazo máximo de 3 días se hará pública la lista de calificaciones y el número de plica asignado señalándose, con una antelación mínima de 48 horas, el momento (día, hora y lugar) de celebración del acto de apertura de plicas, que tendrá carácter de acto público.
Quedarán aprobados aquellos aspirantes que consigan un mínimo de 28 puntos.
En el mismo acto de apertura de plicas se procederá a la fijación de la fecha del segundo ejercicio y se establecerá un plazo para la revisión de los ejercicios a instancia de quienes lo soliciten.

2. El segundo ejercicio, al que únicamente podrán concurrir quienes hubieran superado la primera de las pruebas, consistirá en un ejercicio con tres supuestos prácticos sobre alguno de los trabajos propios del puesto, a realizar en un máximo de 120 minutos, al objeto de valorar por el Tribunal las aptitudes de los aspirantes.
La prueba se valorará desde 0 a 60 puntos. El primer supuesto tendrá un valor de 30 puntos y los dos siguientes 15 puntos cada uno de ellos.
Se valorará, además del contenido, la capacidad de expresión escrita, la aportación personal del aspirante, su claridad y orden de ideas, y su capacidad de síntesis.
El sistema de las pruebas será en sobre cerrado mediante plicas y en el plazo máximo de 3 días se hará pública la lista de calificaciones y el número de plica asignado señalándose, con una antelación mínima de 48 horas, el momento (día, hora y lugar) de celebración del acto de apertura de plicas, que tendrá carácter de acto público.
Quedarán aprobados aquellos aspirantes que consigan un mínimo de 30 puntos.
El desarrollo del ejercicio se programará en función del número de aspirantes, pudiendo acordarse que éste se realice en grupos para permitir un mejor desarrollo de la prueba.
Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, cada aspirante deberá ir provisto de su D.N.I., pasaporte o NIE, no pudiendo realizar la prueba sin la exhibición del mismo.

9.–Relación de aprobados y llamamiento.

9.1. Concluidos los ejercicios, los resultados se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en el lugar de celebración de las pruebas y en la página web municipal (http://www.noain.es).
La relación de aprobados, por orden de puntuación obtenida, se elevará a Alcaldía junto con el expediente completo del proceso selectivo para su aprobación definitiva.
En caso de empate, tendrá preferencia quien hubiera obtenido la mayor puntuación en el segundo ejercicio, y de persistir aquél, se procederá a un sorteo entre los aspirantes.

9.2. Si examinada la documentación los/as candidatos/as carecieran de alguno de los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.3. Los/as aspirantes aprobados podrán ser llamados/as, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

9.4. Para el llamamiento se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002 de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra, previa declaración de compatibilidad para el normal desempeño de las tareas y funciones correspondientes al puesto de trabajo, realizada por los servicios médicos designados por el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).

10.–Gestión de la lista.

–Aprobada y publicada la lista definitiva, se realizará llamamiento a los/as aspirantes según riguroso orden de puntuación. La gestión de la lista será responsabilidad de alcaldía.
–Los aspirantes seleccionados, salvo que se señale otro plazo, deberán suscribir el oportuno contrato dentro de los 5 días siguientes a la fecha en la que sea avisado a tal efecto, debiendo aportar la documentación precisa para la formalización del contrato de trabajo (DNI, tarjeta de desempleo, tarjeta de la Seguridad Social), junto con una declaración jurada de no haber sido expulsado de ningún cargo o puesto de trabajo en una Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
–Quienes rechacen ocupar un puesto de trabajo ofertado o quienes dentro del plazo fijado no presenten la documentación exigida, decaerán en su derecho de permanecer en las listas, excepto en los casos en los que acrediten justa causa que será apreciada mediante Resolución de Alcaldía. A estos efectos se considera justa causa, entre otras, el estar desempeñando un puesto de trabajo en el momento del llamamiento.
–Serán asimismo excluidos de la lista los aspirantes que no se incorporen al puesto de trabajo el día que figure en el contrato suscrito, los que abandonen éste de forma voluntaria o lo que en su caso no superen el periodo de prueba.

11.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.
Noáin (Valle de Elorz), 6 de febrero de 2015.–El Alcalde, Sebastián Marco Zaratiegui.

ANEXO I


D/D.ª
D.N.I./Documento de identidad:
Natural de:
Nacionalidad:
Domicilio:
CP/ Población:
Dirección e.mail:
Teléfono: Fijo:
Móvil:
Otro:

Declara bajo su exclusiva responsabilidad:

–Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio de las funciones incluidas en el puesto de trabajo objeto de convocatoria.
–Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.
–Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni despedido disciplinariamente, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
–Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria, o en condiciones de estarlo en el momento de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
–Que reúne todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
Si procede, marcar “x” en el cuadro: q Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

Si procede, marcar “x” en el cuadro: 
  •  Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusvalía, expedida por organismo competente. Y aporta certificado médico según modelo especificado en anexo II, acreditativo de que tal discapacidad que padece no es una enfermedad o defecto físico o psíquico incompatible con el normal desempeño de las tareas y funciones correspondientes al puesto de trabajo.

Se acompaña a la instancia fotocopia compulsada de:
–Documento Nacional de Identidad.
–Titulación académica requerida.
–Carnet de Conducir tipo B y certificado de disponibilidad de puntos.
–Justificante de pago de los derechos de examen en el número de cuenta ES48 2100 5264 4922 0006 5040.

Por lo expuesto solicita:

Ser admitido/a a la convocatoria para la constitución, mediante prueba de selección, de una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Auxiliar Técnico del Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ............., de fecha ...............................
Noáin (Valle de Elorz), ........ de ................. de 2015
(Firma)



Protección de datos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General.

ANEXO II


Don/Doña ................................................(Datos del facultativo) con número de colegiación ........................................., certifico que la minusvalía que padece don/doña................................................, con D.N.I./N.I.E. número ................................................., reconocida mediante Resolución, no es una enfermedad o defecto físico o psíquico que resulta incompatible con el normal desempeño de las tareas y funciones correspondientes al puesto de trabajo de Auxiliar Técnico del Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), Boletín Oficial de Navarra número.................., de fecha .........................................y que son los siguientes (a modo orientativo):
  • Apoyo a las tareas ordinarias y extraordinarias organizadas por el Patronato de Cultura (programación del Centro cultural, programación festiva y festivo cultural, programación de calle, eventos especiales...).
  • Apoyo administrativo y contable.
  • Apoyo a la gestión y atención tanto del Centro Cultural como de los usuarios del mismo.
  • Atención a los artistas y compañías que actúen en el Centro Cultural o en los eventos que se organicen en el exterior u otros equipamientos.
  • Montaje y desmontaje de exposiciones.
  • Refuerzo del personal propio del Centro Cultural en momentos concretos de vacaciones, sustituciones y sobrecarga de trabajo, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Servicio.
  • En general, cualesquiera tareas afines a las anteriores que le sean encomendadas y resulten necesarias por razones del servicio.

En ...................... a .............. de ..........................de 2015
(Firma)



Protección de datos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Noáin (valle de Elorz), ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General.

ANEXO III

Temas sobre los que versarán las pruebas:
Tema 1.–Difusión, publicidad, atención y gestión de públicos en las actividades culturales.
Tema 2.–Programación y ejecución de actividades festivas y festivoculturales.
Tema 3.–Programación y jecución de actividades en un Centro Cultural.
Tema 4.–Organización administrativa del servicio de cultura del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz).
Tema 5.–Financiación y ayudas a los programas culturales municipales.
Tema 6.–Contabilidad y gestión administrativa del servicio de cultura.

Ayudas para la promoción exterior 2015

INFORMACIÓN PARA EL EMPRENDIMIENTO

RESOLUCIÓN 5/2015, de 6 de febrero, de la Directora General de Política Económica y Empresarial, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la promoción exterior 2015, complementaria al programa ICEX Next del ICEX, España Exportación e Inversiones (ID 4838).


La internacionalización de las empresas es una estrategia que, en la coyuntura actual, se muestra como necesaria para asegurar su viabilidad y consolidación.
El Plan Internacional de Navarra 2013-2016 contempla como eje fundamental la internacionalización de la empresa, apostando por el incremento del número de empresas exportadoras. Con este objetivo se desea la convocatoria de ayudas a la promoción exterior.

Esta convocatoria pretende apoyar a empresas que deseen iniciar su proceso de internacionalización o se encuentren en las fases iniciales del mismo. Para ello nos alineamos con la estrategia del ICEX, que apoya las fases iniciales de la internacionalización a través de su programa ICEX Next. De manera que sumamos esfuerzos y tenemos garantía de que las empresas elegidas cumplen con los criterios necesarios para que la apuesta por la internacionalización sea exitosa.

De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

Primero.–Aprobar la convocatoria de ayudas para la promoción exterior de las empresas navarras en 2015 (ID4838).

Segundo.–Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el Anexo 1 de esta Resolución.

Tercero.–Autorizar un gasto de 200.000 euros con cargo a la partida 124001-16330-4709-431300 “Acciones de promoción exterior para empresas” del presupuesto de 2012 prorrogado para 2015.

Cuarto.–Publicar esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación según lo dispuesto en los artículos 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Pamplona, 6 de febrero de 2015.–La Directora del Servicio de Proyección Internacional (en sustitución de la Directora Gral. de Política Económica y Empresarial, según Orden Foral 304/2014, de 3 de octubre, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo), Carmen Mier Gómez.

ANEXO 1BASES REGULADORAS CONVOCATORIA PROMOCIÓN EXTERIOR 2015

Base 1. Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para la iniciación y aceleración del proceso exportador de las Pymes navarras que se hayan adherido al programa ICEX Next del ICEX, España Exportación e Inversiones.

Base 2. Gastos subvencionables.

Cada empresa solicitante podrá recibir subvención por las acciones de promoción incluidas en el plan de internacionalización para 2015 presentado, acogiéndose únicamente los gastos vinculados con el mismo.

Las actividades objeto de subvención y sus correspondientes documentos de gasto deberán realizarse en el período comprendido entre el 16 de diciembre de 2014 y 15 de diciembre de 2015. En el caso de ferias, se admitirán gastos y pagos realizados en fechas anteriores, para la realización de ferias en el año 2015.

En el caso de las empresas que han entrado en el programa ICEX Next dentro del año 2015 serán elegibles los gastos realizados desde la fecha de firma de la carta de adhesión al Programa ICEX Next, hasta el 15 de diciembre de 2015.
En el caso de las empresas que resultaron beneficiarias de ayudas de esta convocatoria en 2014, si resultaran beneficiarias en la convocatoria de 2015, la suma de las ayudas abonadas con cargo a la convocatoria 2014 y el importe concedido en 2015 no podrá superar los 10.000 euros.

Serán subvencionables los gastos siguientes (el detalle de los mismos aparece en la base 15. Gastos elegibles):
  • 1. Material de difusión-promoción (catálogos, folletos, expositores, webs, etc.).
  • 2. Publicidad.
  • 3. Participación como expositor en ferias.
  • 4. Viajes de prospección y comerciales.
  • 5. Acciones promocionales.
  • 6. Registro de patentes y marcas.
  • 7. Otros gastos de internacionalización.

Pueden presentarse gastos no incluidos dentro del programa ICEX Next, si se justifica debidamente que la subvención de ICEX Next no alcanza para cubrirlos.

Base 3. Importe de la subvención.

El importe máximo de subvención que se puede conceder a una empresa en esta convocatoria es de 10.000 euros. En el caso de las empresas que resultaron beneficiarias de ayudas de esta convocatoria en 2014, si resultaran beneficiarias en la convocatoria de 2015, la suma de las ayudas abonadas con cargo a la convocatoria 2014 y el importe concedido en 2015 no podrá superar los 10.000 euros.

CONCEPTO GASTO
% SUBVENCIÓN
TOPE SUBVENCIÓN
Viajes de prospección y comerciales
100%
50% de la bolsa de viaje (base 16)
Resto de gastos recogidos en base 2
30%
Mujeres trabajadoras en la empresa a 31 de diciembre de 2014:
–Mayor o igual que el 25%
–Mayor o igual que el 50%
1% adicional
2% adicional
TOPE TOTAL SUBVENCIÓN
10.000 euros

Las empresas que no lleguen a ejecutar el 60% del presupuesto subvencionado perderán el derecho a la ayuda.

Base 4. Beneficiarias.

1. Podrán ser beneficiarias las Pymes navarras que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que hayan sido admitidas en el programa ICEX Next, promovido por el ICEX Podrán ser beneficiarias en dos convocatorias sucesivas mientras se mantenga su participación en el programa ICEX Next.
b) Que tengan su domicilio fiscal en Navarra.
c) Que se encuentren de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la fecha de presentación de la solicitud.
d) Que no estén incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la declaración responsable que se incluye en el formulario de solicitud.

2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se justificará por las empresas solicitantes mediante la presentación de la documentación que se señala en la base 5, y deberá mantenerse hasta la finalización de las actividades subvencionadas.
Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en el formulario de solicitud los interesados autorizarán al Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

3. El haber resultado empresa beneficiaria de esta convocatoria en su edición 2014 no es garantía de que vaya serlo también en 2015. Los proyectos presentados se puntuarán conforme a los criterios establecidos en la base 6 de estas bases reguladoras. Las concesiones se otorgarán por orden de puntuación hasta agotar el presupuesto disponible.

Base 5. Presentación de solicitudes.

1. El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 30 de abril de 2015.
Será obligatoria la presentación telemática de dichas solicitudes a través de la ficha correspondiente del catálogo de servicios del Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es. En dicha ficha existirá un enlace al Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, siendo necesario para identificarse disponer de certificado digital.
El Gobierno de Navarra pondrá a su disposición puntos de atención al usuario que oportunamente serán anunciados en la ficha del catálogo de servicios para facilitar la tramitación a las empresas solicitantes que no dispongan de los medios necesarios o que necesiten asesoramiento. En estos puntos se les asesorará sobre la forma de presentar las solicitudes, siendo imprescindible para ello, tal y como se recoge en el párrafo anterior, disponer de certificado digital.

2. La solicitud, conforme al modelo existente (Anexo 2) en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es, se acompañará de la siguiente documentación:
a) Copia de la carta de adhesión al programa ICEX Next.
b) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias.
c) Certificado de estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social.

3. En el caso de que la solicitud sea incompleta, el Servicio de Proyección Internacional requerirá a la empresa solicitante para que la subsane en el plazo de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su solicitud y se dictará resolución de archivo del expediente, que le será notificada.
De igual modo, el Servicio de Proyección Internacional podrá solicitar al ICEX, la presentación de los documentos acreditativos de la ejecución de las acciones subvencionables, al objeto de verificar los datos aportados en las solicitudes.

Base 6. Criterios para la concesión de la subvención.

La concesión de esta subvención se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Los criterios para la concesión serán los siguientes:

a) Países destino de la actuación, hasta 25 puntos.

–25 puntos si el destino es un país no perteneciente a la Unión Europea;
–15 puntos si el destino es un país de la Unión Europea adherido a partir de 2004. Estos países son: Bulgaria, Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia Rumania, Eslovaquia, Eslovenia y Croacia.
–10 puntos si el destino es el resto de países de la Unión Europea no contemplados en el punto anterior.

b) Calidad de la propuesta, hasta 50 puntos. En este apartado se valorará el Plan de Acciones incluido en el formulario de solicitud (punto 8 del Anexo 2):

–Posicionamiento estratégico: segmento al que va a ir dirigida la oferta, hasta 20 puntos.
–Objetivos del proyecto y resultados que se espera obtener (concretos y cuantificables), hasta 10 puntos.
–Descripción, calendario y presupuesto de las actuaciones, hasta 20 puntos.

c) Puntuación otorgado por el ICEX para su entrada en el programa ICEX Next, hasta 25 puntos.

Base 7. Concesión de la subvención.

1. El Servicio de Proyección Internacional evaluará las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en estas bases y elevará al órgano competente propuesta de resolución de concesión de la subvención, en la que hará constar que las beneficiarias cumplen todos los requisitos exigidos para acceder a la misma.

La Directora General de Política Económica y Empresarial será el órgano competente para resolver la concesión de la subvención, cuya resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha límite de presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

Contra la desestimación expresa o presunta los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre el procedimiento administrativo común.

Base 8. Justificación de los gastos y pagos realizados.

El plazo de presentación de justificaciones finalizará el 15 de diciembre de 2015.
La documentación a presentar es la requerida en el Anexo 3 de esta convocatoria.

Base 9. Abono de la subvención.

Examinada la documentación justificativa, el Servicio de Proyección Internacional elevará a la Directora General de Política Económica y Empresarial propuesta de resolución de abono, a la que se acompañará informe acreditativo del cumplimiento por las empresas beneficiarias de las obligaciones que dan derecho al cobro de la subvención.

Base 10. Obligaciones de las beneficiarias y efectos de su incumplimiento.

1. Las empresas beneficiarias de la subvención deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) Facilitar la comprobación de la realización de las acciones objeto de subvención, aportando la documentación y aclaraciones que se le soliciten.
b) Informar al Servicio de Proyección Internacional de cualquier incidencia que pueda afectar al cumplimiento de los requisitos de la base 4.
c) Las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.

2. El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las resoluciones de concesión, en estas bases reguladoras o en la Ley Foral de Subvenciones, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida o, en su caso, al reintegro de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley Foral.
Asimismo, el incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones anteriores podrá dar lugar a reajustar el importe de la subvención concedida en aplicación del principio de proporcionalidad o, en su caso, al reintegro de la cantidad correspondiente.

Base 11. Incompatibilidad de la subvención y carácter de ayudas de minimis.

1. Las subvenciones de esta convocatoria son compatibles con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales para las mismas acciones.
En tal caso, el importe de las subvenciones concedidas para la realización de una misma actividad no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que, aislada o conjuntamente, supere el coste de la actividad a desarrollar por la beneficiaria.

2. Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de “ayudas de minimis” conforme a lo previsto en el Reglamento 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a las ayudas de minimis.
De conformidad con dicho Reglamento, la ayuda total de minimis concedida a cualquier empresa no deberá exceder de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

A estos efectos las beneficiarias declararán, en el formulario de solicitud, las otras ayudas de minimis recibidas durante el ejercicio fiscal correspondiente y durantes los dos ejercicios fiscales anteriores.

Base 12. Recurso contra las bases reguladoras.

Contra estas bases reguladoras los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Base 13. Publicidad de las subvenciones concedidas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Foral de Subvenciones, el Servicio de Proyección Internacional hará pública en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, beneficiaria, cantidad concedida y finalidad de la subvención.

Base 14. Obligaciones de transparencia de los beneficiarios.

Las entidades a que hace referencia el artículo 2 del Decreto Foral 59/2013, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, estarán sujetas a la obligación de transparencia establecida en la disposición adicional novena de la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto, cuando perciban subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra y concurran estas dos circunstancias:
a) Que el importe de la subvención concedida supere los 20.000 euros anuales.
b) Que el importe concedido supere el 20 por ciento de la cifra de negocio o del presupuesto anual de la entidad beneficiaria.

A los efectos de considerar si se superan los límites cuantitativos establecidos en el apartado anterior, se sumarán las cuantías de todas las subvenciones concedidas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus organismos públicos en el año natural. En el caso de subvenciones cuyo pago se haga en diferentes anualidades, se computará a estos efectos la cantidad concedida en cada ejercicio presupuestario y no la suma total. La cifra de negocio o presupuesto anual de referencia, será la que tenga menor importe entre las siguientes magnitudes:
a) La cifra de negocio o presupuesto ejecutado del año anterior.
b) En su caso, la cifra de negocio o presupuesto aprobado por el órgano competente de la entidad en el ejercicio de concesión de la subvención.

Las entidades receptoras de subvenciones que se encuentren sujetas a la obligación de transparencia al concurrir los supuestos previstos, deberán comunicar la información que se relaciona a continuación:
a) Composición de los órganos de gobierno, administración y dirección de la entidad.
b) Relación de los cargos que integran dichos órganos.
c) Las retribuciones brutas y demás compensaciones económicas, percibidas de la entidad en el año anterior por cada uno de los cargos, desglosadas por conceptos. En el caso de entidades de nueva creación la información será de las que figuren en sus presupuestos o plan económico-financiero.
d) El régimen de dedicación a las funciones de gobierno, administración y dirección, de cada uno de sus cargos.
e) Una copia de las últimas cuentas anuales de la entidad beneficiaria.

La información referida se presentará firmada por el representante legal de la entidad beneficiaria de forma telemática a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra y se dirigirá a la unidad administrativa que gestiona la subvención. El plazo para la remisión de la información será de un mes contado desde la notificación o, en su caso, fecha de publicación de la resolución de concesión de la subvención.

Dicha información será accesible durante 1 año desde su publicación en el Portal de Gobierno Abierto de Navarra, con el límite de 15 meses desde su entrada en el órgano gestor de la información. Transcurrido dicho plazo, la unidad responsable de su publicación la retirará de oficio, y si no lo hiciera, la entidad beneficiaria podrá solicitar su retirada, que deberá producirse en el plazo máximo de un mes desde la solicitud.

En el caso de que la entidad no se encuentre sujeta a la obligación de transparencia al no darse los supuestos previstos deberá presentar una declaración en tal sentido.

En el caso de que la entidad sea beneficiaria de sucesivas subvenciones en el mismo ejercicio, no será preciso reiterar la información con ocasión de cada subvención, salvo que hayan cambiado los datos que se facilitaron inicialmente.
Sin perjuicio de las eventuales consecuencias sancionadoras que se pudieran derivar del incumplimiento de las obligaciones de información por el beneficiario, este incumplimiento impedirá el abono de la subvención concedida, incluidos los anticipos y conllevará, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 35.1 c) de la Ley Foral de Subvenciones.

Base 15. Detalle de gastos elegibles.

1. Material de Difusión - Promoción.

–Conceptos elegibles:
Elaboración y reimpresión de catálogos, folletos, carteles, carpetas de prensa y demás material informativo impreso o audiovisual.
Expositores punto de venta.
Diseño y/o adaptación de: Envases y etiquetas (tanto de producto como de muestras).
Diseño y/o modificación o ampliación de páginas Web, incluyendo registro y dominio y coste por dar el alta a la empresa en “portales comerciales” en Internet para la venta de sus productos.
Además se acogerán todos los gastos de traducción de textos relacionados con el material promocional.
Todo este material deberá destinarse exclusivamente a la exportación y editarse al menos en un idioma extranjero bajo la marca y nombre de la empresa española.

–Conceptos excluidos:
Regalos de empresa y promocionales.
Tarjetas de visita.
Diseño y desarrollo de la marca y desarrollo de producto.
Diseño y realización de embalajes.
Elaboración de envases y etiquetas.
Elaboración de muestras.
Mantenimiento de página Web.
Mantenimiento de la empresa en portales comerciales.
Mailing.

2. Publicidad.

–Conceptos elegibles:
Creatividad del material utilizado para el exterior y adaptación del ya existente para cada mercado.
Coste de la inserción en medios extranjeros y en la edición internacional de medios nacionales.
Publicidad en Internet (Ej.: lugar destacado en buscadores, para mercados exteriores).

–Conceptos excluidos:
Publicidad destinada al mercado nacional.

3. Participación como expositor en ferias.

–Conceptos elegibles:
Participaciones individuales en ferias o congresos sectoriales en el exterior, a las que la empresa acuda como expositor o asistente.
Participaciones dentro del stand de un distribuidor o de otra empresa complementaria, siempre y cuando figure el nombre de la empresa participante en el Programa.
Se podrán incluir gastos por los siguientes conceptos:
1.–Derechos de inscripción.
2.–Alquiler de espacio.
3.–Coste de inserción en el catálogo de la Feria.
4.–Decoración.
5.–Gastos de mantenimiento del stand.
6.–Azafatas e intérpretes..
7.–1 viaje por empresa.

–Conceptos excluidos:
Dietas.
Gastos de Aduana.
Transporte del producto y del material promocional.
Ferias en las que no se demuestre presencia de personal de la empresa.
Participación en ferias en las que haya apoyo del ICEX.

4. Viajes de prospección y comerciales.

–Conceptos elegibles:
Para cada viaje de prospección y/o comercial la subvención cubrirá el 100% de los gastos de hotel en régimen de alojamiento más el viaje, de 1 persona de la empresa, hasta el límite del 50% de la bolsa de viaje asignada para el país de destino. Cuando coincidan dos personas de la empresa en destino y fechas se apoyará únicamente con una bolsa de viaje.
Excepciones:
En los casos en los que el viaje tenga como destino más de un país, el gasto a apoyar corresponderá a la bolsa del país más lejano.
En los casos en que el viaje tenga una distancia inferior a 250 km entre el lugar de origen y destino, y la empresa no haya pernoctado en destino, el gasto a apoyar corresponderá a la mitad de la bolsa de viaje asignada para el país de destino (hasta un máximo de 4 viajes de estas características por empresa).
Se podrán apoyar los viajes de compradores extranjeros a España para visitar la empresa. La subvención comprenderá el 100% de los gastos de hotel en régimen de alojamiento más el viaje, hasta el límite de un 50% de la bolsa de viaje asignada para el país de origen.

–Conceptos excluidos:
Viajes dentro de España.
Viajes del asesor estratégico.
Los traslados no tendrán la consideración de gastos de desplazamiento.

5. Acciones promocionales.

–Conceptos elegibles:
Promociones punto de venta.
Promociones al canal.
Degustaciones.
Exposiciones puntuales.
Participación en concursos o certámenes de calidad.
Desfiles.
Seminarios.
Demostraciones.
Jornadas técnicas.
Contratación de agencia de relaciones públicas.
Acciones promocionales a través de Internet, siempre que sean en idioma extranjero.

–Conceptos excluidos:
Elaboración, envío de muestras de cualquier otro material.
Regalos promocionales (camisetas, gorras, etc.).
Catering (cócteles, etc.).

6. Registro de patentes y marcas.

–Conceptos elegibles:
Registro internacional de patentes y marcas (arbitraje internacional ante litigios, búsqueda de nombre, etc.).
Homologación ante clientes u organismos públicos y privados en el exterior.
Certificaciones de calidad para el extranjero.
Certificados ISO, en una entidad de certificación acreditada en el país destino o en España. En el caso de que la certificación sea emitida por una entidad acreditada en España (ENAC-Entidad Nacional de Acreditación), deberá existir Acuerdo Multilateral de Reconocimiento (MLA –con el que los organismos de acreditación, de los países destino, reconocen la equivalencia de las acreditaciones de las entidades de España).
En el caso de certificaciones y homologaciones, se admitirán pagos parciales por trabajos ya realizados, siempre y cuando sea contra la emisión de una factura.

–Conceptos excluidos:
Registro de patentes y marcas a nivel nacional.
Servicio de vigilancia para mantenimiento de la marca o patente.

7. Otros gastos de internacionalización.

–Conceptos elegibles:
Se incluirán aquellos gastos en que incurran las empresas durante su proceso de internacionalización que no se recogen en epígrafes anteriores y que no están expresamente excluidos.
Estas propuestas de gastos se analizarán en cada caso, y deberán contar con el Visto Bueno previo y por escrito del Servicio de Proyección Internacional, quien decidirá el apoyo o no de estos gastos, siempre que se encuentren dentro del marco del Plan de Internacionalización del Programa, vinculados a la salida de la empresa al mercado exterior y no al funcionamiento ordinario de la empresa.

–Conceptos excluidos:
Todos los conceptos de gasto excluidos en el resto de apartados de este documento.
Nota: Todos los gastos incluidos en los apartados anteriores que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo PIN, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

Base 16. Bolsas de viaje 2015 (en euros).

PAÍS
IMPORTE MÁXIMO BOLSA
(euros)
ALBANIA
490
ANGOLA
1.380
ARABIA SAUDITA
980
ARGELIA
320
ARGENTINA
1.330
ARMENIA
820
AUSTRALIA
1.550
AZERBAIYÀN
980
BANGLADESH
1.220
BIELORRUSIA
590
BOLIVIA
1.280
BOSNIA-HERZAGOVINA
430
BOTSWANA
1.360
BRASIL
1.250
BRUNEI
1.550
CAMERÚN
850
CANADA (COSTA ESTE)
900
CANADÁ(COSTA OESTE)
1.140
CHAD
900
CHILE
1.440
CHINA
950
COLOMBIA
1.060
CONGO
1.380
COREA DEL SUR
980
COSTA DE MARFIL
1.060
COSTA RICA
1.060
CROACIA
490
CUBA
780
ECUADOR
1.060
EE.UU. (CENTRO)
910
EE.UU. (COSTA ESTE)
750
EE.UU. (COSTA OESTE)
1.170
EGIPTO
660
EL SALVADOR
1.060
EMIRATOS ÁRABES
810
ETIOPÍA
890
FILIPINAS
1.260
GABÓN
1.060
GEORGIA
860
GHANA
1.060
GUATEMALA
1.060
GUINEA BISSAU
780
GUINEA CONAKRY
820
GUINEA ECUATORIAL
900
HONDURAS
1.060
INDIA
1.250
INDONESIA
750
IRÁN
1.060
IRAQ
1.100
ISLANDIA
740
ISRAEL
660
JAMAICA
1.000
JAPÓN
1.660
JORDANIA
900
KAZAJSTÁN
990
KENIA
980
KIRGUIZISTÁN
1.110
KUWAIT
1.040
LÍBANO
740
LIBERIA
820
LIBIA
660
MADAGASCAR
1.470
MALASIA
1.000
MALAWI
1.330
MALÍ
1.040
MAURITANIA
660
MÉXICO
910
MOLDAVIA
660
MONGOLIA
1.390
NAMIBIA
1.350
NEPAL
1.360
NICARAGUA
1.060
NIGERIA
660
NUEVA ZELANDA
1.630
OMÁN
980
PAKISTÁN
1.080
PANAMÁ
1.060
PARAGUAY
1.300
PERÚ
1.300
PUERTO RICO
820
QATAR
890
REP. CENTROAFRICANA
950
REP. DEMOCRÁTICA CONGO
1.180
REP. DOMINICANA
740
RUSIA
830
SENEGAL
740
SERBIA-MONTENEGRO
490
SINGAPUR
1.350
SIRIA
740
SOMALIA
980
SRI LANKA
1.150
SUDÁFRICA
1.010
TAILANDIA
1.180
TAIWÁN
1.250
TÚNEZ
350
TURKMENISTÁN
1.140
TURQUÍA
620
UCRANIA
480
URUGUAY
1.380
UZBEKISTÁN
960
VENEZUELA
1.060
VIETNAM
1.630
YEMEN
900
ZAMBIA
1.380
ZIMBABWE
1.370
TIP.
PAÍS
IMPORTE MÁXIMO BOLSA (euros)
LC
MARRUECOS
290
LC
NORUEGA
550
LC
SUIZA
460
UE
ALEMANIA
370
UE
AUSTRIA
490
UE
BÉLGICA
330
UE
BULGARIA
740
UE
CHIPRE
570
UE
DINAMARCA
370
UE
ESLOVAQUIA
450
UE
ESLOVENIA
430
UE
ESTONIA
500
UE
FINLANDIA
430
UE
FRANCIA
390
UE
GRECIA
450
UE
HUNGRÍA
570
UE
IRLANDA
350
UE
ITALIA
370
UE
LETONIA
310
UE
LITUANIA
430
UE
LUXEMBURGO
390
UE
MALTA
570
UE
PAÍSES BAJOS
400
UE
POLONIA
570
UE
PORTUGAL
270
UE
REINO UNIDO
350
UE
REP. CHECA
570
UE
RUMANÍA
300
UE
SUECIA
490

ANEXO 2FORMULARIO DE SOLICITUD A LA CONVOCATORIA PROMOCIÓN EXTERIOR 2015

Datos de quien presenta la solicitud (cuando no coincida con el solicitante):

NIF
Nombre y 2 apellidos o razón social
Datos del solicitante:
NIF
Nombre y 2 apellidos o razón social
Domicilio (calle, número, piso)
CP
Localidad
Provincia
Domicilio efectos notificaciones (calle, número, piso)
C.P.
Localidad
Tfno.
Fax
Página web
Persona responsable del proyecto (indicar cargo en la empresa, nombre y apellidos):
E-mail

1.–Características del solicitante:

Año de constitución:
Domicilio fiscal:
Seleccionar
Fecha de alta en el I.A.E.
Epígrafe:
Descripción del producto o servicio:
Sector al que pertenece: Seleccionar
Si ha seleccionado el sector “otros”, describir el sector:
% Exportación/Ventas (de la empresa en el último ejercicio cerrado)
%
--- Dpto. exportación
Fecha de creación:
N.º de personas que lo integran:
Datos de los integrantes del Dpto. de Exportación (indicar nombre y puesto que ocupa):

2.–Características de la solicitud:

País seleccionado (si presenta solicitud por más de un país, añadir un cuadro por cada país):
¿% Exportación país seleccionado?:

3.–Declaración sobre los requisitos del artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones.

En relación con el cumplimiento de los requisitos del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, declaro no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en dicho artículo para obtener la condición de beneficiario de la subvención.

4.–Declaración sobre otras subvenciones obtenidas.

En relación con el objeto de la subvención solicitada, declaro:
Que SELECCIONAR he obtenido subvención de otras Administraciones Públicas, Entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales. En caso de respuesta afirmativa, completar el cuadro:
ENTIDAD
CONCEPTO
CUANTÍA CONCEDIDA
En relación con las ayudas sometidas al régimen de “minimis” (Reglamento 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado a las ayudas de minimis), declaro:
Que en este ejercicio fiscal y los dos anteriores, SELECCIONAR he recibido ayudas de “minimis” de cualquier Administración o Ente público, nacional o internacional. En caso de respuesta afirmativa, completar el cuadro:
ENTIDAD
CONCEPTO
CUANTÍA CONCEDIDA
FECHA
CONCESIÓN

5.–En relación a la actualización de datos, declaro:

Mi compromiso a comunicar por escrito al Departamento de Economía y Hacienda, en el plazo máximo de 15 días, cualquier modificación que se produzca en las subvenciones especificadas en esta declaración.

6.–Autorización.

Autorizo al Departamento de Economía y Hacienda para que compruebe, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión de la subvención, que me encuentro al corriente en el cumplimiento de mis obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

7.–En relación con la condición de PYME, declaro:

Que a los efectos de ser considerado PYME conforme a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, los datos a computar (referidos al último ejercicio contable cerrado) son los siguientes:
Empresa Solicitante
Efectivos (UTA):
Unidades de Trabajo Anual
Volumen de Negocios (ventas netas):
Activo Total:
¿Participada por otras empresas en más del 25%? Seleccionar
Si se van a aportar los datos de más de una empresa, incorporar tantos grupos de casillas como empresas
Razón social de la/s empresa/s que participan en el capital de la solicitante
% Participación :
%
Cuentas consolidadas Seleccionar
Efectivos (UTA):
Unidades de Trabajo Anual
Volumen de Negocios (ventas netas):
Activo Total:
N.º de mujeres en plantilla a 31/12/14:
N.º de hombres en plantilla a 31/12/14:

¿Participa en otras empresas en más del 25%? Seleccionar
Si se van a aportar los datos de más de una empresa, incorporar tantos grupos de casillas como empresas
Razón social de la/s empresa/s en las que la solicitante tiene participación:
% Participación:
%
Cuentas consolidadas Seleccionar
Efectivos (UTA):
Unidades de Trabajo Anual
Volumen de Negocios (ventas netas):
Activo Total:
¿Existe alguna empresa con derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de la solicitante? Seleccionar
¿Existe alguna empresa con derecho a ejercer influencia dominante sobre la solicitante, en virtud de contrato celebrado con ella o una cláusula estatutaria? Seleccionar
¿Existe alguna empresa accionista o asociada a la solicitante, que controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de ésta, la mayoría de los derechos de voto? Seleccionar
Razón social de la empresa
% Participación:
%
Cuentas consolidadas Seleccionar
Efectivos (UTA):
Unidades de Trabajo Anual
Volumen de Negocios (ventas netas):
Activo Total:

Datos Agregados
Efectivos (UTA):
Unidades de Trabajo Anual
Volumen de Negocios (ventas netas):
Activo Total:

8.–Plan de Internacionalización para 2015 (rellenar este apartado para cada país).

El contenido deberá recoger como mínimo la información que se solicita a continuación. Los siguientes apartados (de 8.1 a 8.4) deberán cumplimentarse de manera extensa y detallada.

8.1. País (con indicación de zona o región a dónde se van a dirigir las actuaciones).8.2. Posicionamiento estratégico (segmento del mercado al que va a ir dirigida la oferta).8.3. Objetivos del proyecto y resultados que se espera obtener (concretos y cuantificables).8.4. Descripción, calendario y presupuesto de las actuaciones:

DENOMINACIÓN
DE LA ACCIÓN
DESCRIPCIÓN
DETALLADA
FECHA
PRESUPUESTO
–Elegir del desplegable
-
-
-
-
-
-
–Elegir del desplegable
-
-
-
-
-
-
–Elegir del desplegable
-
-
-
-
-
-
-
–Elegir del desplegable
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
- (...)
-
-
-
-
-
-
-
- TOTAL PAÍS
-
-
-

9.–Firma:

En .................................., a ..................... 

Firma y sello: 
Cargo:



10.–Información de interés para el solicitante.

1. El tratamiento de los datos aportados en la solicitud y la declaración responsable se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la demás legislación aplicable. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerá, conforme a la legislación señalada, en el Departamento de Economía y Hacienda.

2. El Departamento de Economía y Hacienda podrá investigar la veracidad de los datos declarados y, en caso de falsedad, exigir el reintegro de la subvención concedida más los intereses de demora correspondientes, así como instruir un expediente sancionador por la comisión de una infracción clasificada como muy grave.

11.–Documentación complementaria de la solicitud.

--  Copia de la carta de adhesión al programa ICEX NEXT.
--  Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Foral.
--  Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

12.–Consideraciones generales:

–Dentro del programa se contemplarán exclusivamente las acciones destinadas a la internacionalización de la empresa.
–Este programa es compatible con ayudas de otros organismos, por lo que el apoyo de las facturas presentadas se podrá acumular, sin exceder nunca el 100% del importe de las mismas, previa información al Servicio de Proyección Internacional y sin perjuicio del cumplimiento del resto de condiciones exigidas (mínimis, o cualquier otra que el Servicio de Proyección Internacional considere).
–Sólo se considerarán los gastos facturados por terceros.
–No se considerarán conceptos facturados por ICEX.
–Están excluidos los costes internos de la empresa.
–No se apoyará en ningún caso la prestación de servicios por parte del Servicio de Proyección Internacional.
–En caso de duda sobre la elegibilidad de algún gasto o de la forma de justificación del mismo, la empresa consultará al Servicio de Proyección Internacional.
–Sólo se admitirán facturas cuya fecha esté dentro del periodo elegible en esta convocatoria (16 de diciembre 2014 - 15 de diciembre 2015).
–Para el cálculo de la ayuda, no se considerará ningún tipo de impuesto (incluido el IVA), que grave cualquier gasto o factura objeto de apoyo, con independencia de que el mismo se devengue en el territorio nacional o en el extranjero.

La empresa ha de tener en cuenta que deberá estar al corriente en sus obligaciones Tributarias y de Seguridad Social.

Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo PIN (catálogos, folletos, carteles, páginas web, stands en ferias, desfiles, acciones promocionales).

Descargar logo PIN desde: www.planinternacional.navarra.es.

ANEXO 3JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIÓN DE ACCIONES  DE PROMOCIÓN EN EL EXTERIOR DE LAS EMPRESAS 2015


1.–Datos identificativos:

Nombre o razón social:
NIF:
Domicilio:
C.P.:
Localidad:
Tfno.:
Fax:
Pág web:
Persona contacto:
E-mail:
N.º expediente:

2.–Relación de facturas.

Normas para la confección de este modelo:
1. Las facturas se agruparán por acciones, seleccionando desde el desplegable el tipo de acción y la acción.
2. Los justificantes de pago deben presentarse junto con las facturas, seleccionando desde el desplegable el tipo de justificante de pago presentado.
3. Si necesita añadir más filas, hacer clic en ver/barras de herramientas/formulario y hacer clic en el candado; a continuación añadir las filas necesarias, copiando. Una vez añadidas, volver a proteger el documento, haciendo clic en el candado, para que funcionen los desplegables.
PAÍS
TIPO DE ACCIÓN
(Seleccionar)
ACCIÓN
(Seleccionar)
N.º DE FACTURA
FECHA
PROVEEDOR
IMPORTE SIN IVA
JUST. DE PAGO
(Seleccionar)

3.–Certificaciones de viaje. Deberán presentarse con membrete de la empresa y ajustarse al siguiente formato.

(Membrete de la empresa)
CERTIFICACIÓN DE VIAJE
Don/Doña: ..................................................................... (nombre y dos apellidos)
Representante legal de la entidad: .......................... (nombre empresa española)
con N.I.F. ...................................................,
CERTIFICA QUE:
Don/Doña: ..................................................................... (nombre y dos apellidos)
Personal de la empresa y con cargo en la citada empresa de .............................. realizó durante el/los día/s ....... un viaje con destino a .......................................... (trayecto completo ida y vuelta) con motivo de .............................................................................................................................................................................................
Y para que así conste ante el Servicio de Proyección Internacional, firma y sella la presente declaración.
En ............................, a ...., de ..................... de 201....

4.–Documentación complementaria:

-- Copias de facturas. 

Debidamente cumplimentadas. Para que una factura se considere cumplimentada debe contener:
–Fecha de la factura.
–Número de la factura.
–Razón Social y NIF del emisor y de la entidad beneficiaria.
–Descripción del gasto incurrido en la factura.
–Importe unitario.
–Detalle del IVA o del IRPF en su caso, etc.

Nota: 

Sólo se admitirán facturas cuya fecha esté dentro del periodo del programa de la empresa.

-- Copias de justificantes de pago. 

Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
–Copia del comprobante bancario (cheque, orden de transferencia, letras, pagarés, etc.) y extracto bancario original.
–Internet, se aceptan los documentos obtenidos por internet (comprobante y extracto) siempre que la fecha de impresión sea posterior a la fecha de la operación. Deben detallar el titular de la cuenta.
–Original del adeudo de la transferencia con todo el detalle. Debe detallar el titular de la cuenta y beneficiario del pago.
–En caso de pago mediante tarjeta de crédito, copia del resumen mensual de dicha tarjeta y extracto bancario original o electrónico donde figure el cargo en la cuenta de la empresa ICEX Next.
Como caso excepcional se acepta certificado de la entidad bancaria detallando la operación de pago.
–En caso de Pagos en efectivo: No se admitirán pagos no justificados mediante los documentos señalados en los apartados anteriores. Excepcionalmente se admitirán pagos en metálico por cuantías pequeñas no superando nunca los 600 euros, para aquellos conceptos de gasto realizados en el extranjero y que por su propia naturaleza y circunstancias excepcionales así lo requieran (pago a traductores o azafatas en ferias en el extranjero, etc.). En estos casos se deberá aportar recibí firmado por el proveedor.

-- Informe de la Seguridad Social 

donde figuren con nombres y apellidos las personas contratadas por la empresa a 31/12/2014, denominado “Informe de vida laboral de la empresa”.

-- Memoria de las actuaciones realizadas. 

La memoria recogerá como mínimo la siguiente información:
–Descripción de las acciones desarrolladas, con detalle de los contactos realizados, entrevistas mantenidas, asistentes (en caso de presentaciones), el asesoramiento recibido (en su caso), etc.
–Grado de consecución de los objetivos planteados para el proyecto según lo planteado en la memoria de solicitud de la ayuda.
–Valoración del proyecto y del mercado de destino, dificultades encontradas, etc.
–Propuestas de mejora para acciones futuras.
-- Una relación detallada de otros INGRESOS Y SUBVENCIONES que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.

-- Otra documentación:

–En el caso de elaboración de material de difusión-promoción: Un ejemplar original de cada una de las piezas realizadas o dirección de la página Web o portal comercial en su caso.
–En el caso de la Publicidad: Un ejemplar original de cada medio donde aparezca la inserción y en caso de publicidad en internet impresión de la pantalla donde se realiza la inserción.
–En el caso de Registro de Patentes y Marcas: Normativa u otra documentación justificativa de la homologación en el país destino de la exportación.
–En el caso de viajes de prospección comercial: Certificación de la realización de viaje, según figura en este Anexo.
–En el caso de viajes de clientes actuales o potenciales tarjeta de visita de la persona que ha realizado el viaje.

-- Encuesta de Evaluación 

(se realiza on line en navarra.es en el enlace a la convocatoria en el catálogo de servicios de navarra.es o la web www.planinternaciona.navarra.es).
–Otros Gastos de Internacionalización: Podrá ser requerida la documentación adicional que se considere imprescindible para la correcta justificación del gasto.