Buscar en este blog

martes, 4 de agosto de 2015

Ayudas para paliar efectos de inundaciones del 1º trimestre del 2015

INFORMACIÓN

Las lluvias torrenciales y las inundaciones son fenómenos meteorológicos que pueden provocar, en situaciones extraordinarias, graves daños en infraestructuras de riego.

En el primer trimestre de 2015 se registraron lluvias torrenciales que provocaron inundaciones, principalmente, en las cuencas de los ríos Ebro, Aragón, Arga, Ega, Alhama, Linares y Odrón. Estas precipitaciones, elevadas de por sí, se produjeron sobre un terreno en saturación hídrica derivada de las precipitaciones anteriores, por lo que la mayor parte de la lluvia se ha evacuado por escorrentía superficial ocasionando con ello el desbordamiento de los principales ríos navarros antes mencionados, así como barrancadas de carácter local en diversas localidades, inundando zonas de cultivo y ocasionando daños de elevada cuantía en infraestructuras de riego.

El Gobierno de Navarra en el BOLETÍN Nº 149 - 3 de agosto de 2015 publica la ORDEN FORAL 271/2015, de 22 de julio, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se establecen las bases reguladoras que regirán la concesión de ayudas excepcionales, para la reparación urgente e inaplazable de daños en las infraestructuras de riego, que hayan realizado las comunidades de regantes y sindicatos de riego, producidos por los desbordamientos de los ríos, consecuencia de las lluvias torrenciales del primer trimestre del año 2015, y se aprueba la convocatoria de ayudas.

Las infraestructuras de riego reparadas, para poder ser auxiliables, deberán estar ubicadas en los municipios que figuran como afectados por los fenómenos de lluvia y nieve e inundaciones de los meses de enero, febrero y marzo de 2015, en la relación aprobada por la Orden Foral 186/2015, de 15 de mayo Orden Foral del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, que es la siguiente:


Abárzuza, Aberin, Allín, Allo, Altsasu/Alsasua, Améscoa Baja, Ancín, Andosilla, Arakil, Aranarache, Arano, Arantza, Areso, Arguedas, Aria, Aribe, Arruazu, Atez, Azagra, Azuelo, Bakaiku, Barañain, Barásoain, Barbarin, Barillas, Baztan, Beintza-Labaien, Belascoaín, Bera, Berbinzana, Bidaurreta, Buñuel, Burlada, Cabanillas, Cadreita, Cárcar, Cascante, Castejón, Cintruenigo, Ciriza, Corella, Cortes, Dicastillo, Echarri, Ergoiena, Estella/Lizarra, Esteribar, Etxarri Aranatz, Etxauri, Ezcabarte, Ezkurra, Falces, Fontellas, Funes, Fustiñana, Galar, Larraga, Larraun, Lazagurría, Legaria, Leitza, Lekumberri, Lerga, Lerín, Lesaka, Lodosa, Lónguida, Los Arcos, Mendavia, Mendaza, Mendigorría, Metauten, Milagro, Mirafuentes, Miranda de Arga, Morentin, Mués, Murieta, Nazar, Ochagavía, Oco, Olazti/Olazagutía, Olza, Orbaiceta, Orbara, Oteiza, Pamplona, Peralta, Piedramillera, Puente la Reina, Pueyo, Ribaforada, Sada, San Adrían, Sartaguda, Sorlada, Sunbilla, Tafalla, Tirapu, Torralba del Río, Tudela, Uharte Arakil, Ujué, Urdiain, Valle de Yerri, Valtierra, Viana, Villava, Zabalza, Zuñiga.

Ver norma completa en