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Durante el primer trimestre de 2015 se han producido en la
Comunidad Foral de Navarra unas precipitaciones muy por encima de lo normal,
unidas a la presentación de nevadas importantes y repetidas que han provocado
que entre finales de enero y febrero se hayan producido hasta tres avenidas de
distinta intensidad que han ocasionado, entre otras, afecciones importantes a
infraestructuras públicas y privadas, pérdidas en explotaciones agrarias y
ganaderas, daños al medio natural y a bienes de naturaleza pública y privada.
El Gobierno de Navarra ha expresado su firme compromiso de
adoptar con carácter urgente un conjunto de medidas encaminadas a reparar los
daños sufridos, y a restaurar las infraestructuras dañadas y en consecuencia ha
adoptado el acuerdo de 6 de mayo de 2015, que tiene por objeto aprobar el plan
de actuación para reparar los daños causados por los fenómenos de lluvia y
nieve e inundaciones de los meses de enero, febrero y marzo de 2015 en la
Comunidad Foral de Navarra. Este plan facilitará la vuelta a la normalidad de
las zonas afectadas, y faculta al Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente
y Administración Local, mediante Orden Foral, a delimitar los Municipios y
Concejos afectados, donde se podrán aplicar las medidas previstas en este Plan
de actuación.
El Gobierno de la Nación también ha adoptado medidas para
hacer frente a las consecuencias de las inundaciones. Así, mediante Real
Decreto-Ley 2/2015,de 6 de marzo, ha adoptado medidas urgentes para reparar los
daños causados por las inundaciones producidas por desbordamientos en la cuenca
del río Ebro en las fechas citadas que comprende un conjunto de actuaciones
encaminadas a reparar los daños sufridos.
En el BOLETÍN
Nº 149 - 3 de agosto de 2015 se publica la ORDEN FORAL 274/2015, de 22 de julio, del Consejero de
Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, que aprueba la
convocatoria y las bases reguladoras por las que se regulan las ayudas a los
daños en elementos afectados en explotaciones agrícolas y ganaderas, derivados
de los fenómenos de lluvia y nieve e inundaciones en la Comunidad Foral de
Navarra, en los meses de enero, febrero y marzo de 2015.
Las ayudas irán destinadas a los titulares de pequeñas y
medianas explotaciones agrarias que tengan la condición de PYME de acuerdo con
el anexo 1 del Reglamento (UE) número 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de
2014, e inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra. En caso
de explotaciones en las que la mayor parte de la explotación se ubique en una
comunidad distinta, la explotación deberá estar inscrita en el correspondiente
registro de explotaciones agrarias de la comunidad de que se trate.
Las parcelas por las que se solicita la ayuda por daños en
elementos afectados en explotaciones agrícolas o ganaderas, deberán estar
ubicadas en Navarra, e inscritas a fecha 1 de enero de 2015 en el Registro de
Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN), ó en el Registro de Explotaciones
Agrarias de otra Comunidad Autónoma en el caso que la explotación tenga fuera
de Navarra más superficie.
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