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miércoles, 1 de abril de 2020

🙋🏻‍♀️Asuntos Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa🙋🏻‍♂️ Sometidas a información pública las tarifas 2020 aprobadas inicialmente en diciembre

Aprobación inicial de las tarifas para 2020

La Asamblea General de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa, en sesión celebrada el 30 de diciembre de 2019, aprobó inicialmente un incremento del 7% de las tarifas de agua para el año 2020 quedando el precio en 0,56 euros/m³ para el abastecimiento de agua en alta.
Igualmente, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos por un incremento del 7% de las tarifas, quedando de la siguiente manera:

TARIFA
HECHO IMPONIBLE
ESPECIFICIDAD
EUROS/SEMESTRE
1
Domiciliaria
35,13
2
Comerciales y de servicios (Excepto tiendas de alimentación, bares, restaurantes, hoteles...)
< 75 m²
54,84
75 m²-125 m²
73,12
> 125 m²
91,40
3
Tiendas de alimentación
< 50 m²
70,59
50 m²-75 m²
105,88
75 m²-100 m²
141,17
100 m²-200 m²
176,46
200 m²-300 m²
211,76
> 300 m²
282,34
4
Sanitarias
Ambulatorios
146,52
Centros de Salud
36,56
5
Industriales (Asimilables a urbano) y gasolineras
< 75 m²
98,07
75 m²-125 m²
130,76
> 125 m²
163,45
6
Enseñanza y asilos
(Establecimientos públicos y privados)
< 25 personas
52,30
26-50 personas
104,61
51-100 personas
156,91
101-200 personas
209,21
> 200 personas
261,51
7
Bares, restaurantes, hoteles, campings, sociedades gastronómicas, piscinas...
< 50 m²
117,69
50 m²-100 m²
156,92
100 m²-200 m²
196,15
200 m²-300 m²
235,38
> 300 m²
313,84
8
Organismos autónomos y oficinas públicas (No incluidas en otras tarifas) y clubes sociales
103,53
9
Ayuntamientos (Oficinas generales)
Sin empleados a jornada completa
37,06
1-5 empleados a jornada completa
74,12
> 5 empleados a jornada completa
111,18
10
Industriales, comerciales o de servicios (Que por su particular situación y características generan gran cantidad de residuos)
523,07
11
Casos especiales (Cuando se realiza recogida y no entra en ninguno de los epígrafes, será la asamblea quien ponga una tarifa singular en cada caso)
Zona de Javier
1.348,13
12
Servicio de hospedaje en casas rurales
< 125 m²
72,29
125 m²-200 m²
90,36
> 200 m²
108,44
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, las tarifas establecidas se someten a información pública durante el plazo establecido a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.
Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, quedarán definitivamente aprobadas.
Sangüesa, 3 de febrero de 2020.–El Presidente, Javier Solozábal Amorena.