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miércoles, 11 de febrero de 2015

Pruebas para la capacitación profesional y la obtención de carnés profesionales


OPORTUNIDADES PARA EL EMPRENDIMIENTO


RESOLUCIÓN 60/2015, de 16 de enero, del Director General de Industria, Energía e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de pruebas selectivas para la capacitación profesional y la obtención de los carnés profesionales para el año 2015.




El Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo y el Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adaptarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

El artículo veintitrés, el artículo decimotercero y el artículo undécimo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, establecen las situaciones para ejercer como operador industrial de calderas, profesional instalador de gas e instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos respectivamente, siendo una de las situaciones requeridas la superación de un examen realizado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Así mismo, el artículo octavo del mismo Real Decreto establece como uno de los requisitos para obtener el carné de gruista u operador de grúa torre la superación de un examen realizado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Por otro lado, el Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, en su artículo segundo establece como una de las vías para la obtención del carné profesional de instalaciones térmicas en edificios, la superación de un examen ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma junto con la acreditación de poseer los conocimientos teóricos y prácticos sobre instalaciones térmicas en edificios.

La Orden Foral 291/2011, de 30 de junio, regula el procedimiento de acreditación de profesionales en materia de seguridad industrial en la Comunidad Foral de Navarra. En ella se define la capacitación profesional como la capacidad para desempeñar una actividad profesional al poseer los conocimientos teórico-prácticos necesarios reconocidos tras la superación de un examen de aptitud. Así mismo, se establece el procedimiento para la obtención del carné profesional siendo uno de los requisitos la superación de un examen realizado por el órgano competente de la Comunidad Foral.
Dando cumplimiento a las referidas disposiciones, procede establecer la convocatoria y condiciones para quienes soliciten la obtención de la capacitación profesional como operador industrial de calderas, instalador de gas, categoría A, B o C, instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos, categoría I, II y III, el carné de gruista u operador de grúa torre y el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios para el año 2015.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria del año 2015 para la realización de exámenes de aptitud para la obtención de la capacitación profesional como operador industrial de calderas, instalador de gas, categoría A, B o C, instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos, categoría I, II y III y para la obtención del carné de gruista u operador de grúa torre y el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios de la Comunidad Foral de Navarra.

2.º Aprobar las bases que regirán dicha convocatoria y que figuran como Anexo a esta Resolución.

3.º El tribunal que presidirá la realización de las pruebas selectivas estará compuesto por las siguientes personas:
Presidente:
–Don Jesús Lasa Equiza, Director del Servicio de Energía, Minas y Seguridad industrial.
–Suplente: Don David Carabantes Bernal, Jefe de Sección de Seguridad industrial.
Vocales:
–Don Gabino Unzu Martínez, ingeniero técnico industrial.
–Don Andrés Otano Urra, ingeniero técnico industrial.
Suplentes:
–Doña Laura Larraya Irigoyen, Jefa de Negociado de Infraestructuras.
–Don M.ª Mar Trapote Redondo, ingeniero técnico industrial.
Secretaría:
–Doña Pilar Baztán Iriarte, Jefa de Negociado de Empresas.
Suplente:
–Doña Yolanda Tofiño Alba, administrativo de la Sección de Registro de Empresas.

4.º Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante la Consejera del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.
El Director General de Industria, Energía e Innovación, Iñaki Morcillo Irastorza.

ANEXO I BASES DE LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2015 PARA LA REALIZACIÓN 

Primera.–Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto la realización de los exámenes de aptitud para obtener la capacitación profesional como operador industrial de calderas, instalador de gas, categoría A, B o C, instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos, categoría I, II y III y el carné de operador de grúa torre y el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios.

Segunda.–Inscripción.

1. Las personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar su solicitud de una de las siguientes maneras:

–A través de Internet, cumplimentando el formulario de solicitud que aparece en el Portal del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, buscador “Servicios”, tema “Capacitación profesional”.
–Presentando una solicitud, según el modelo que figura en el Anexo II de la presente convocatoria en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio (Boletín Oficial de Navarra número 95, de 7 de agosto) o en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
–Deberá adjuntarse el justificante de haber ingresado en la cuenta de la Administración de la Comunidad foral de Navarra la cantidad de 30 euros, en concepto de derechos de examen.

2. Plazos de presentación.

Se realizarán dos convocatorias de exámenes a lo largo del año 2015.
En la primera convocatoria de exámenes, tanto la solicitud como el justificante del pago, deberá presentarse del día 2 al 21 de marzo de 2015, inclusive.
El plazo para inscribirse en la segunda convocatoria de exámenes será del 21 de septiembre al 10 de octubre de 2015 inclusive, presentando igualmente solicitud y justificante del pago.

3.º Lista de admitidos y excluidos.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el plazo de 10 días hábiles en internet a través de la página web del Gobierno de Navarra y en el tablón de anuncios de las oficinas de la Dirección General de Industria, Energía e Innovación (Parque Tomás Caballero, 1 de Pamplona), la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido, en el plazo de 5 días hábiles tras la publicación de las listas provisionales.
La lista definitiva de admitidos y excluidos se hará pública transcurrido el plazo de reclamaciones junto con la fecha, horario y lugar de celebración de los exámenes.

4.º Las personas que acudan a la realización de los exámenes deberán ir provistas de su Documento Nacional de Identidad o documento que acredite fehacientemente su identidad.

5.º Los exámenes de aptitud para obtener la capacitación profesional como operador industrial de calderas, instalador de gas, categoría A, B o C, instalador o reparador de productos petrolíferos líquidos, categoría I, II y III y el carné de operador de grúa torre y el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios de la Comunidad Foral de Navarra versarán respectivamente sobre los contenidos establecidos en las bases del Anexo III de esta Resolución.

6.º Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará los resultados provisionales en el tablón de anuncios de las oficinas de la Dirección General de Industria, Energía e Innovación (Parque Tomás Caballero 1 de Pamplona), y en la página web del Gobierno de Navarra www.navarra.es, buscador “Servicios”, tema “Capacitación profesional”.

Los examinados podrán solicitar la revisión del examen dirigiéndose al Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo de 5 días hábiles tras la publicación de los resultados provisionales.
La Resolución del Director General de Industria, Energía e Innovación aprobando la relación de aspirantes que han superado las pruebas se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo del en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la referida publicación.

ANEXO II SOLICITUD DE ADMISIÓN A EXAMEN PARA LA OBTENCIÓN DEL CARNÉ 

El firmante SOLICITA ser admitido/a al proceso a que se refiere la presente instancia y DECLARA bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la normativa correspondiente.

DE LOS EXÁMENES DE APTITUD PARA LA OBTENCIÓN DE LA CAPACITACIÓN PROFESIONAL COMO OPERADOR INDUSTRIAL DE CALDERAS, INSTALADOR DE GAS, CATEGORÍA A, B, C, INSTALADOR O REPARADOR DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LÍQUIDOS, CATEGORÍA I, II Y III Y EL CARNÉ DE GRUISTA U OPERADOR DE GRÚA TORRE Y EL CARNÉ PROFESIONAL DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS O CAPACITACIÓN COMO PROFESIONAL EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL



DATOS DE LA CONVOCATORIA
Convocatoria:
Publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra número ........................de fecha ..............................
DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre:
Apellidos:
NIF o documento equivalente:
Fecha nacimiento:
Domicilio: C/Av.
N.º
Piso/Letra
C.P.
Localidad:
Provincia:
Tfno:
E-mail:
Sexo: V o M:
EXAMEN AL QUE DESEA PRESENTARSE (se adjuntará una solicitud por especialidad)
Aparatos de elevación y manutención
q Carné de gruista u operador de Grúa Torre
Instalaciones térmicas de edificios
q Carné de Instalaciones térmicas de edificios
Equipos a presión
q Operador industrial de calderas
Instalaciones de gas
q Categoría A
q Categoría B
q Categoría C
Instalaciones de productos petrolíferos líquidos
q Instalador categoría IP-I
q Instalador categoría IP-II
q Reparador categoría IP-III
DOCUMENTACIÓN APORTADA
q Justificante pago de tasas
Pamplona, a ............................. de ...................... de 20.........
Firma del solicitante

ANEXO III TEMARIO CONVOCATORIA DE EXÁMENES

Examen para obtener la capacitación como profesional Operador Industrial de Calderas.

Anexo II de la ITC EP-1 del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias, modificado parcialmente por el R. D. 560/2010, de 7 de mayo.

Examen para obtener la capacitación como profesional Instalador de Gas categoría A.

Punto 1 del Anexo 1 de la ITC-ICG-09 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, modificado parcialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo.

Examen para obtener la capacitación como profesional Instalador de Gas categoría B.

Punto 2 del Anexo 1 de la ITC-ICG-09 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, modificado parcialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo.

Examen para obtener la capacitación como profesional Instalador de Gas categoría C.

Punto 3 del Anexo 1 de la ITC-ICG-09 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, modificado parcialmente por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo.

Examen para obtener la capacitación como Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos Categoría IP-I.

Apéndices correspondientes según categoría, del Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 –Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos–.
Artículo s cuarto, quinto, sexto y undécimo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.
El apéndice II de la ITC MI-IP05.

Examen para obtener la capacitación como Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos categoría IP-II.

Apéndices correspondientes según categoría, del Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 –Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos–.
Artículo s cuarto, quinto, sexto y undécimo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.
El apéndice III de la ITC MI-IP05.

Examen para obtener la capacitación como Instalador de Productos Petrolíferos Líquidos categoría IP-III.

Apéndices correspondientes según categoría, del Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 –Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos–.
Artículo s cuarto, quinto, sexto y undécimo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.
El apéndice IV de la ITC MI-IP05.
Real Decreto 1416/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 06 “Procedimiento para dejar fuera de servicio los tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos”.

Examen para la obtención del Carné de Gruista u Operador de Grúa Torre.

Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva ITC “MIE-AEM-2” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.
Artículo octavo del Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.

Examen para la obtención del Carné Profesional en Instalaciones Térmicas en Edificios.


Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, modificado por Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, el Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, y el Real Decreto 238/2013, de 5 de abril.