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martes, 30 de mayo de 2017

Segunda Convocatoria del Programa de Ayudas Estatales par eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

Órgano convocante

ESTADO- MINISTERIO DE ENERGÍA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL- INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACION Y AHORRO DE LA ENERGIA

Bases reguladoras

Beneficiarios

Las empresas que tengan la consideración de PYME o de gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre incluido en la relación que figura en la base séptima (se adjunta relación), y las Empresas de Servicios Energéticos (ESE´s).

Actuaciones subvencionables

Actuaciones elegibles: aquellas que consigan una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética,  en cualquiera de las dos tipologías siguientes:
  •  Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales (ratio económico energético máximo de 14.379 €/tep (inversión elegible / ahorro energía final). La inversión elegible estará comprendida entre 75.000 € y un máximo de 6 M€.
  •  Implantación de sistemas de gestión energética (ratio económico energético máximo de 14.501 €)/tep (inversión elegible / ahorro energía final). La inversión elegible estará comprendida entre 30.000 € y un máximo de 6 M€. 

Modalidad e Importe máximo

Entrega dineraria sin contraprestación con la cuantía determinada en la base sexta.

Con carácter general:

o   Gran empresa           Mediana empresa                  Pequeña empresao   hasta el 30%              hasta el 40%                          hasta 50%

Zonas asistidas que cumplan condiciones del artículo 107, apartado 3, letra C), del TFUE (Galicia, Castilla la Mancha, Andalucía, Soria, Teruel)

o   Gran empresa           Mediana empresa                  Pequeña empresao   hasta el 35%              hasta el 45%                          hasta 55%

Zonas asistidas que cumplan condiciones del artículo 107, apartado 3, letra A), del TFUE (Extremadura y Canarias)

o   Gran empresa           Mediana empresa                  Pequeña empresao   hasta el 45%              hasta el 55%                          hasta 65%

Plazo de presentación

Los plazos de presentación de solicitudes y vigencia del programa serán los establecidos en la convocatoria que será publicada próximamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

Empresas del sector industrial cuyo CNAE 2009 se encuentra incluido en la relación que figura en la base séptima:

07 Extracción de minerales metálicos.08 Otras industrias extractivas.09 Actividades de apoyo a la industria extractiva.10 Industria de la alimentación.11 Fabricación de bebidas.12 Industria del tabaco.13 Industria textil.14 Confección de prendas de vestir.15 Industria del cuero y del calzado.16 Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.17 Industria del papel.18 Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.20 Industria química.21 Fabricación de productos farmacéuticos.22 Fabricación de productos de caucho y plásticos.23 Fabricación de otros productos minerales no metálicos24 Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.25 Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.26 Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.27 Fabricación de material y equipo eléctrico.28 Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.29 Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques30 Fabricación de otro material de transporte.31 Fabricación de muebles.32 Otras industrias manufactureras.33 Reparación e instalación de maquinaria y equipo.