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viernes, 5 de agosto de 2016

Difusión de EITB en Navarra

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 27 de julio de 2016, por el que se reserva espacio en los diferentes múltiples de Televisión Digital Terrestre Local de la Comunidad Foral de Navarra para la difusión de los servicios de EITB.


La Comunidad Foral de Navarra y la Comunidad Autónoma del País Vasco suscribieron el 15 de julio de 2016 un convenio de colaboración para la difusión digital de los servicios de EITB en Navarra, al amparo de lo previsto en el artículo 40.4 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual que dispone que la emisión del servicio público de comunicación audiovisual por ondas hertzianas terrestres de una Comunidad en otra limítrofe y con afinidades lingüísticas y culturales podrá ser efectuada siempre que así lo acuerden mediante convenio, y exista reciprocidad.

En virtud de dicho convenio de colaboración, la Comunidad Foral de Navarra se compromete a adoptar diversas medidas para la habilitación de la emisión de los servicios de EITB en Navarra, en función de los canales digitales disponibles, asignados a la Comunidad Foral de Navarra por los correspondientes planes nacionales de la televisión digital terrestre.

Con el fin de dar cumplimiento a los compromisos del convenio, la empresa pública Navarra de Servicios y Tecnología (NASERTIC), de la Comunidad Foral de Navarra, y el ente público Euskal Irrati Telebista (EITB), de la Comunidad Autónoma del País Vasco, han elaborado una memoria técnica que propone la transmisión de los contenidos de ETB1, ETB2 y ETB3 en Navarra a través de los diferentes múltiples de TDT local asignados a la Comunidad Foral de Navarra mediante Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Local, ajustándose al número de canales disponibles en la actualidad en cada uno de ellos.

En estos momentos hay desplegados en Navarra cinco múltiples locales, de los cuales solo dos presentan ocupación, el de la demarcación de Tafalla con un programa (SD), y el de la demarcación de Pamplona con tres programas (SD). Todos los operadores presentes en los distintos múltiples son de iniciativa privada y adjudicatarios de licencia mediante concurso.

De conformidad con la propuesta formulada por las direcciones generales de Comunicación y Relaciones Institucionales, y la de Informática, Telecomunicaciones e Innovación, procede aprobar la correspondiente reserva de espacio radioeléctrico, en los diferentes múltiples de Televisión Digital Terrestre Local de la Comunidad Foral, para la difusión de los servicios de EITB en Navarra.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales,

ACUERDA:

1.º Aprobar la reserva de espacio para la difusión digital de los servicios de EITB en los múltiples de TDT local asignados a la Comunidad Foral de Navarra en el correspondiente plan técnico nacional, de acuerdo con la siguiente distribución de programas:

–Demarcación de Pamplona: canal 38 (ETB 1).–Demarcación de Tafalla: canal 31 (ETB 1, ETB2, ETB 3).–Demarcación de Estella-Lizarra: canal 24 (ETB 1, ETB2, ETB 3).–Demarcación de Sangüesa: canal 45 (ETB 1, ETB2, ETB 3).–Demarcación de Tudela: canal 39 (ETB 1, ETB2, ETB 3).
2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para su conocimiento y efectos oportunos.

3.º Dar traslado de este acuerdo a la Dirección General de Comunicación y Relaciones Institucionales, a la Dirección General de Informática, Telecomunicaciones e Innovación Pública, a la empresa pública Navarra de Servicios y Tecnologías (NASERTIC), a la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Navarra y a la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, a los efectos oportunos.

4.º Notificar este acuerdo a los interesados, Euskal Irratia Telebista (EITB), Hamaika Telebista Hedatzeko Taldea S.A., Abian Komunikazioa S.L, Asociación Cultural Xaloa y Francisco Javier Ramos Cizaurre (Nixara), a los efectos oportunos, advirtiendo que contra el mismo, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.


Pamplona, 27 de julio de 2016.
La Consejera Secretaria del Gobierno de Navarra, María José Beaumont Aristu.