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miércoles, 9 de diciembre de 2015

Prioridad de las personas con discapacidad en la contratación temporal

OPORTUNIDADES


RESOLUCIÓN 983/2015, de 27 de abril, del Director General de Función Pública, por la que se modifica el orden de prioridad de las personas con discapacidad en las listas de aspirantes a la contratación temporal resultado de procesos selectivos para el ingreso.


La disposición adicional séptima del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, establece en su apartado 4 que “en las listas de aspirantes a la contratación temporal se reservará la primera de cada tres plazas para ser cubierta por las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 que se encuentren incluidas en la misma, siempre que hayan superado las correspondientes pruebas selectivas y que acrediten la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.”

El artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, y, en su desarrollo, la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, prevén la constitución de las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal procedentes de procesos selectivos de ingreso:
a) Listas de aprobados sin plaza, constituidas por los aspirantes que, habiendo superado las pruebas selectivas para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos en el puesto de trabajo de que se trate, no hubieran obtenido plaza.b) Listas de aspirantes procedentes de procesos selectivos para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos en el puesto de trabajo de que se trate que, sin estar incluidos en el apartado anterior hubieran superado alguna de sus pruebas o al menos, el 30% de la puntuación máxima establecida para la primera prueba.
Los Tribunales de Justicia han interpretado esta reserva, Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 19 de diciembre de 2012, en el sentido de considerar que en las listas de aspirantes a la contratación temporal resultado de procesos selectivos de ingreso solo puede considerarse que han superado las pruebas selectivas los aprobados sin plaza, motivo por el que, en las listas derivadas de esos procesos, sólo puede aplicarse la preferencia prevista en la disposición adicional séptima del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra al personal con discapacidad incluido en listas de aprobados sin plaza.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero,

HE RESUELTO:

1.º Modificar el orden de prioridad de las personas con discapacidad incluidas en listas de aspirantes a la contratación temporal resultado de procesos selectivos para el ingreso recogidas en el Anexo que acompaña a esta Resolución, en el sentido de aplicar el orden de prioridad previsto en la disposición adicional séptima del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, únicamente a los aspirantes incluidos en listas de aprobados sin plaza.

2.º Publicar la Resolución y sus anexos en la página web de Internet del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, “Servicios” “Empleo Público” y en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra, significando que contra la misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.

3.º Trasladar esta Resolución al Departamento de Educación (Servicio de Recursos Humanos, Sección de Contratación de Personal, Sección de Régimen Jurídico de Personal y Sección de Convocatorias) a la Subdirección de Gestión y Recursos para la Dependencia de la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas, a la Dirección de Recursos Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y a los Servicios de Gestión de Personal y Ordenación y Relaciones Laborales de la Dirección General de Función Pública.

Pamplona, 27 de abril de 2015.
El Director General de Función Pública
Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO

PUESTO
APROBADA POR RESOLUCIÓN
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
2835/2010, de 11-10
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
468/2012, de 20-02
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (EUSKERA)
1640/2012, de 11-06
AUXILIAR MANTENIMIENTO
1009/2011, de 11-04
CONDUCTOR
2592/2011, de 12-09
CONSERJE
3082/2011, de 14-11
DIPLOMADO RELACIONES LABORALES
2594/2011, de 12-09
EDUCADOR SOCIAL
2593/2011, de 12-09
ENCARGADO BIBLIOTECA
103/2012, de 16-01
ENCARGADO SERVICIOS GENERALES
2591/2011, de 12-09
INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA
2890/2011, de 17-10
INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL
1191/2012, de 16-04
PUESTOS NIVEL E
2098/2012, de 20-8
T.A.P. (RAMA JURÍDICA)
1443/2011, de 23-05
TELEFONISTA
1981/2011, de 11-07
T.G.M. EN FORMACIÓN Y EMPLEO
1416/2011, de 16-05
TITULADO SUPERIOR (SNE)
2452/2011, de 05-09
TRABAJADOR SOCIAL
951/2012, de 20-03