BASES DEL PREMIO DE CREACIÓN LITERARIA 2015
Convocatoria:
RESOLUCIÓN 278/2015, de 17 de julio, de la Directora General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueban las bases reguladoras del "Premio a la Creación Literaria 2015" en la modalidad de Ensayo, se autoriza el gasto previsto para la concesión de dicho premio y se dispone su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.BOLETÍN Nº 156 - 12 de agosto de 2015
1.–Objeto del concurso.
1.1. Este concurso tiene por
objeto ayudar a la creación y publicación de una obra literaria inédita y no
premiada en lengua castellana en la modalidad de ensayo, con la finalidad de
promover el reconocimiento y la proyección de los creadores literarios de la
Comunidad Foral de Navarra.
A los efectos de este concurso,
un ensayo es una obra de explicación o interpretación de un tema (filosófico,
político, literario, social, cultural, deportivo, etc.), en la cual se
reflexiona de manera libre, pero con cierta voluntad de estilo.
1.2. El plazo de presentación
comienza desde la publicación de este pliego en la página web del Gobierno de
Navarra y finalizará a las catorce horas del día 30 de septiembre de 2015.
2.–Cuantía del premio.
2.1. El importe del premio será
de 3.000 euros brutos.
2.2. El premio será de carácter
indivisible y la comisión evaluadora podrá declararlo desierto.
2.3. El Departamento de Cultura,
Turismo y Relaciones Institucionales del Gobierno de Navarra se compromete a
publicar la obra premiada en el año 2016.
2.4. Una vez notificada la
concesión del premio, el solicitante expresará por escrito su conformidad con
dicha concesión, autorizando en exclusiva y por un período de un año al
Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales para que proceda
a la publicación de la obra.
Esta conformidad, como cualquier
otra documentación relativa a la presente convocatoria, deberá presentarse en
el Registro del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales
(C/ Navarrería 39, 31001 Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.–Requisitos para participar en el concurso.
3.1. Las personas aspirantes
deberán ser naturales o estar empadronadas en Navarra con anterioridad al día 1
de enero de 2014.
3.2. Las obras presentadas por
sus autores/as deberán ser originales e inéditas, no premiadas, y sólo se podrá
presentar una obra por autor/a. Si la obra recibiera un premio durante el
proceso de valoración de este premio de Creación Literaria, el autor/a deberá
informar a la Sección de Creación, Producción y Servicios Artísticos para
proceder a su exclusión.
3.3. No podrán presentarse
autores que hayan sido premiados en ediciones anteriores de este premio, en
cualquiera de sus modalidades.
4.–Lugar de presentación de solicitudes.
4.1. Las solicitudes al premio
deberán presentarse conforme al modelo de solicitud recogido en el Anexo I de
las presentes bases, en el Registro del Departamento de Cultura, Turismo y
Relaciones Institucionales (calle Navarrería, 39, 31001 Pamplona), o en
cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.–Modo de presentación de solicitudes.
5.1. Las solicitudes se deberán
presentar en un sobre en cuyo exterior única y obligatoriamente deberá ir
indicado lo siguiente:
–Premio de Creación Literaria 2015–Título de la obra–Seudónimo del autor/a (caso de que el autor/a sea conocido/a por su seudónimo, la obra deberá ser firmada con otro seudónimo).
5.2. En dicho sobre se
introducirán:
–Un ejemplar impreso en papel de la obra con la que se concurre al Premio.–Una copia digital de la obra (en cd o usb).–Un sobre cerrado en cuyo exterior se indique el título de la obra y seudónimo. Dentro de dicho sobre se introducirá:–Un folio con el título de la obra, el seudónimo, el nombre y apellidos del autor/a, dirección postal y electrónica, teléfono de contacto.–Fotocopia del D.N.I. (caso de solicitantes naturales de Navarra).–Certificado de empadronamiento (caso de solicitantes no naturales de Navarra).–Solicitud conforme al modelo Anexo I.
6.–Órganos de tramitación y evaluación.
6.1. La valoración de las
solicitudes se realizará por una comisión que estará compuesta por:
a) Presidenta: la Directora del Servicio de Acción Cultural o persona designada en su caso.b) Vocales: tres personas de reconocido prestigio en el ámbito de la Literatura, nombradas por la Directora General de Cultura-Institución Príncipe de Viana, y un técnico de la Sección de Creación, Producción y Servicios Artísticos.c) Secretaria: la Jefa de la Sección de Creación, Producción y Servicios Artísticos o en su defecto un técnico de la Sección.
6.2. Una vez decidida la obra
ganadora, la Presidenta procederá a la apertura del sobre cerrado para conocer
el nombre del autor/a ganador/a y para la comprobación del cumplimiento de los
requisitos exigidos en el punto 3 de las presentes bases.
7.–Resolución.
7.1. La concesión del premio se
efectuará por Resolución de la Directora General de Cultura-Institución
Príncipe de Viana.
7.2. La Resolución de la
convocatoria se hará pública en el tablón de anuncios del Departamento de
Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (C/Navarrería, 39, Pamplona), en
la página web del Gobierno de Navarra:
http//:www.navarra.es/home_es/Servicios/. A efectos meramente informativos se
comunicará a todos los participantes vía correo electrónico.
8.–Pago del premio.
8.1. El importe del premio será
abonado una vez resuelto, a finales de 2015.
8.2. Dicho importe será de 3.000
euros, a los que se deducirá la retención correspondiente a Hacienda.
9.–Ejemplares no premiados.
Los ejemplares de las obras no
premiadas formarán parte del expediente administrativo.
10.–Recursos.
Contra la presente convocatoria y
bases reguladoras podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del
Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales del Gobierno de
Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su
publicación.
ANEXO I
–Modelo
de solicitud (PDF)