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viernes, 29 de mayo de 2015

Registro de entidades para tramitar ayudas agrícolas en PDR 2014-2020: inversiones e instalación de jóvenes

INFORMACIÓN PARA EL EMPRENDIMIENTO

RESOLUCIÓN 277/2015, de 19 de mayo, del Director General de Agricultura y Ganadería del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueba la modificación de la Resolución 72/2012, de 20 de enero, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases para la convocatoria y selección de entidades colaboradoras que participan en la cumplimentación y registro de la solicitud única de ayudas, y ampliar el objeto de la convocatoria a la cumplimentación y registro de las solicitudes de ayudas a “Inversiones en explotaciones agrícolas” e “Instalación de jóvenes agricultores”, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

Normativa:

Resumen de la resolución

La propuesta del Programa de Desarrollo Rural de Navarra, para el periodo 2014-2020 incluye una serie de medidas, entre las que se encuentran las de inversiones en activos físicos y las de desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas. Se encuadran en las mismas, a su vez, un conjunto de submedidas, que por su especificidad y por el elevado número de potenciales beneficiarios, se ha considerado conveniente tramitar mediante un programa de captura de datos. Estas son: “4.1 Inversiones en explotaciones agrícolas” y “6.1 Instalación de jóvenes agricultores”.
Con este fin, y en aras de una mayor eficacia en la gestión de dichas ayudas, se hace necesaria la participación de diferentes entidades y el acceso de las mismas a los datos de carácter personal de los agricultores y ganaderos contenidos en los ficheros informatizados del Departamento.
En este sentido, la gestión de la documentación necesaria para proceder al reconocimiento de ayudas a los beneficiarios, exige la formalización de un convenio colaboración entre dichas entidades colaboradoras y el órgano concedente, en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por las partes, por lo que previamente se precisa establecer los requisitos que las entidades deben acreditar para obtener la condición de colaboradoras, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y siguientes de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Por todo ello, se resuelve, entre otras cosas:
1. Modificar la Resolución 72/2012, de 20 de enero, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueban las bases reguladoras para la convocatoria y selección de entidades colaboradoras que participarán en la cumplimentación y registro de la solicitud única de ayudas, en la forma que se recoge en el anexo de la presente Resolución.

2. Las entidades que hubiesen sido seleccionadas mediante resolución del Director General de Agricultura y Ganadería, como entidades colaboradoras para la cumplimentación y registro de la solicitud única de ayudas, por cumplir los requisitos exigidos en la Resolución 72/2012, de 20 de enero, del Director General de Agricultura y Ganadería, quedarán adheridas a la ampliación del objeto de esta nueva convocatoria de no manifestar expresamente por escrito su renuncia a la tramitación de estas nuevas ayudas ante el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local en el plazo de 10 días naturales a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3. La selección de nuevas entidades colaboradoras se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 72/2012, de 20 de enero, del Director General de Agricultura y Ganadería.

4. La cumplimentación y registro de las solicitudes de ayudas a “Inversiones en explotaciones agrícolas” e “Instalación de jóvenes agricultores”, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020, se regulará de conformidad a las bases y cláusulas establecidas la Resolución 72/2012, de 20 de enero, del Director General de Agricultura y Ganadería.

5. La colaboración de todas las entidades con el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, finalizará en cualquier caso en el año 2015, comenzará con la fecha de la firma del convenio y finalizará en la fecha límite de presentación de modificaciones de la solicitud única, y en la fecha de finalización de plazo de presentación de solicitudes y sus modificaciones, que establezca la correspondiente convocatoria de ayudas a Inversiones en explotaciones agrícolas e Instalación de jóvenes agricultores, respectivamente.