FORMACIÓN PARA EL EMPRENDIMIENTO |
Becas para la formación, la investigación y para la innovación educativa
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
BOE núm. 48, de 25 de febrero de 2015
Se convoca un total de 71 becas de formación e investigación en régimen de concurrencia competitiva, en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de las cuales
- 13 serán de formación en documentación y legislación educativa;
- 16 en observación y diseño de cualificaciones profesionales;
- 9 en investigación, innovación educativa y bilingüismo;
- 8 en evaluación educativa;
- 16 en tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a la educación; y
- 9 en documentación, biblioteca, archivo y estadísticas educativas.
Las becas de formación tendrán una duración de hasta doce meses.
La dotación íntegra anual máxima de cada beca de formación será de 12.324 euros y se distribuirá en doce meses por importe de1.027 euros por cada mes de duración.
Podrán solicitar la beca de formación e investigación aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la nacionalidad española, o de algún otro Estado
Miembro de la Unión Europea con perfecto dominio de la lengua española y
residencia en España en el momento de su incorporación al disfrute de la beca.
b) Estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca y haberla obtenido con posterioridad al 1 de enero de 2010.
b) Estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca y haberla obtenido con posterioridad al 1 de enero de 2010.
Los títulos obtenidos fuera de España deben estar
homologados oficialmente.
c). No podrán concurrir las personas que hayan obtenido becas para la formación e investigación en el Ministerio de Educación Cultura y Deporte en convocatorias anteriores, salvo que se trate de suplentes que hayan disfrutado de un periodo de formación igual o inferior a seis meses.
d). Con objeto de adecuar la formación académica de los candidatos a las áreas de formación de las becas, se han establecido unos perfiles en cada una de la unidades cuya titulación tendrá relación con la especialidad adecuada a la beca o becas que se soliciten y se valorará según el grado de idoneidad detallado en el Anexo I.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».