En el Boletín Oficial de Navarra, nº81 de 28 de abril de 2014 aparece publicado un anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro sobre el canon de regulación embalse de Yesa 2014.
Con fecha 18 de marzo de 2014 Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado propuesta del canon de regulación del embalse de Yesa año 2014 que conforme a lo establecido en el artículo 302 del Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (Boletín Oficial del Estado número 103 de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores:
a) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Bardenas abonarán en concepto de Canon de Regulación 4,4891400937 euros/ha.
b) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Yesa, abonarán en concepto de Canon de Regulación de la presa de Yesa 0,5577777109 euros/ha.
c) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Yesa, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 2,9927600625 euros/ha.
d) El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalse de Yesa y abonará la cantidad de 23.268,71 euros, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embase del Ebro.
e) Los usuarios hidroeléctricos con aprovechamientos las centrales del canal de Bardenas abonarán en concepto de Canon de Regulación de la presa de Yesa la cantidad de 0,0011222850 euros/Kwh.
f) Los usuarios hidroeléctricos con concesión en el río Aragón, antes de la confluencia del Iratí y anterior a la regulación de la presa, abonarán en concepto de Canon de Regulación de la presa de Yesa la cantidad de 0,0009769398 euros/Kwh.
g) Los usuarios hidroeléctricos con concesión en el río Aragón, pasada la confluencia del Iratí y anterior a la regulación de la presa, abonarán en concepto de Canon de Regulación de la presa de Yesa la cantidad de 0,0006232098 euros/Kwh.
h) Los usuarios de agua para abastecimiento y usos consuntivos industriales desde el Canal de Bardenas, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 0,0028057126 euros/m³.
i) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el río Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 0,0018704750 euros/m³.
j) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, antes de la confluencia del Iratí, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 0,0002805713 euros/m³.
k) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, pasada confluencia del Iratí, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Yesa 0,0001870475 euros/m³.
l) El Estado como beneficiario de las obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al organismo Gestor, en concepto de Canon de Regulación un total de 285.843,20 euros.