Entre otras, se amplían las ayudas al alquiler para autónomos y trabajadores en ERTE, y se incluyen ayudas directas a profesionales del sector cultural
20/05/2020
El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su
sesión de hoy, el quinto Decreto
Ley-Foral que recoge un nuevo paquete de medidas económicas y sociales
en la lucha contra los efectos de la pandemia del COVID-19 en beneficio de
diferentes sectores de la población y del tejido económico.
El nuevo DLF cuenta con el apoyo de todos
los grupos políticos del Parlamento de Navarra, que han sido previamente
informados del contenido del nuevo paquete de medidas.
Vivienda
En materia de vivienda, se incluyen tres
novedades concretas sobre la ampliación de las prestaciones extraordinarias
para el alquiler de vivienda: su extensión a autónomas y autónomos afectados
por la crisis del COVID-19 (tomando como referencia quienes se acojan a
las ayudas extraordinarias que concede el Departamento de Desarrollo Económico
y Empresarial), también a aquellos trabajadores y trabajadoras que sigan
estando incursos en algún ERTE (con la consiguiente reducción salarial) y en la
cobertura a personas desempleadas la fecha de inscripción requerida se
retrotrae al pasado 1 de enero (y no sólo desde el estado de alarma del 14 de
marzo) al entender que la situación precaria que ya venían arrastrado se va a
ver agravada en estas circunstancias por su dificultad en la búsqueda de
empleo.
En el caso de autónomos y ERTE, las ayudas
para el pago del alquiler se prolongarán hasta el próximo 31 de diciembre y
para las personas desempleadas, por un período de 12 meses.
Estas medidas se unen a las ya aprobadas
por el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos
Estratégicos del Ejecutivo foral desde la declaración del estado de alarma para
hacer frente al impacto que la crisis del COVID-19 está teniendo en numerosas
familias que atraviesan dificultades para pagar la renta de su vivienda de
alquiler.
Entre las medidas que han estado en vigor
durante estos dos últimos meses, además del incremento de las subvenciones
hasta el 75% de la renta con carácter general para todas las unidades
familiares inquilinas de alquiler protegido que venían recibiendo estas prestaciones
y la renovación automática de todos los contratos que venzan durante el período
del estado de alarma, también se amplió los programas de ayudas EmanZipa y
DaVid (que para afectados y afectadas por la crisis del COVID-19 eliminan
requisitos y se abren a todas las personas inquilinas de vivienda libre de
alquiler por debajo de determinado nivel de ingresos), y en el parque
público de Nasuvinsa ofreció condonaciones en el pago de las rentas de estos
tres meses, a partir del estado de alarma y hasta julio.
Entre todas las medidas activadas hasta
ahora con carácter extraordinario, el Gobierno de Navarra ha atendido ya, desde
la declaración del estado de alarma, a más de 2.000 familias inquilinas de
alquiler, entre subvenciones en el régimen protegido y ayudas directas en
vivienda libre. Entre ellas, la concesión de ayudas en los programas de
atención al derecho subjetivo a la vivienda EmanZipa y DaVid (que cubren
hasta el 50% del pago de la renta hasta determinado nivel de ingresos) han ido
creciendo durante estos últimos dos meses hasta las 396 ayudas, de las cuales
244 (el 60%) han estado directamente relacionadas con dificultades para pagar
la renta por merma de ingresos como consecuencia de la crisis del COVID-19.
Las cifras de estos dos programas acumulan
ya en lo que va de año más de 2.570 ayudas concedidas a personas jóvenes y
familias vulnerables para el pago de las rentas de vivienda de alquiler, más de
2.000 en el programa EmanZipa y el resto, a través del DaVid.
Sector cultural
En relación a las y los profesionales del
sector de la cultura, se introduce un mecanismo para que puedan percibir
anticipos e indemnizaciones, en caso de aplazamiento o cancelación de las
actuaciones ya contratadas con el sector público, cuyo importe no exceda de
50.000 euros.
Igualmente, se habilita al órgano de
contratación para reconocer como anticipo un porcentaje del importe de los
contratos suspendidos con el sector cultural, y una indemnización, en caso de
resolución, siempre que la suspensión o resolución tenga por causa directa las
medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis
del COVID-19.
Contratación pública
Tras aprobarse el levantamiento de la
suspensión de los términos e interrupción de los plazos de los procedimientos
en el ámbito de la contratación pública, se determina contemplar y dar
cobertura a los supuestos en los que el mantenimiento de la oferta o la
ejecución de los contratos, en los términos inicialmente ofertados, no resultan
viables como consecuencia del vuelco a que se han visto sometidos los mercados
y la mayor parte de las actividades de tipo económico, haciendo en ocasiones
más gravosa que antes de la crisis sanitaria una misma actividad.
Para evitar que las personas que se
encuentran en esta situación vean incrementadas sus dificultades económicas, se
opta por una derogación temporal, y de uso facultativo para las personas
licitadoras, de las sanciones aplicables a las que se podrían ver sometidas
aquellas personas que retiraran injustificadamente su oferta en los
procedimientos de contratación o que no llegaran a formalizar los contratos de
los que han resultado adjudicatarias.
Contratos de servicios y de suministros de prestación sucesiva
Se precisa, asimismo, la posibilidad de
que el órgano de contratación pueda realizar anticipos a cuenta del importe
estimado de la indemnización que corresponda a la contratista.
Por último, en materia de concesiones, el
Decreto Foral contempla un régimen específico en el caso de la concesión de
obras y servicios que permitirá que la imposibilidad para ejecutar un contrato
pueda ser total o parcial y, por tanto, el régimen de reequilibrio económico
aplicable solo lo será a la parte que haya devenido imposible. En todo caso, en
ese régimen de reequilibrio, queda contemplada la compensación a los
concesionarios por la pérdida de ingresos y el incremento de los costes
soportados.