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viernes, 22 de mayo de 2020

馃寪El Gobierno de Navarra aprueba el quinto paquete de medidas extraordinarias de car谩cter social y econ贸mico contra el COVID-19: Vivienda para personas afectadas por ERTEs, Cultura y Contrataci贸n P煤blica


Entre otras, se ampl铆an las ayudas al alquiler para aut贸nomos y trabajadores en ERTE, y se incluyen ayudas directas a profesionales del sector cultural


El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesi贸n de hoy, el quinto Decreto Ley-Foral que recoge un nuevo paquete de medidas econ贸micas y sociales en la lucha contra los efectos de la pandemia del COVID-19 en beneficio de diferentes sectores de la poblaci贸n y del tejido econ贸mico.

El nuevo DLF cuenta con el apoyo de todos los grupos pol铆ticos del Parlamento de Navarra,  que han sido previamente informados del contenido del nuevo paquete de medidas.

Vivienda

En materia de vivienda, se incluyen tres novedades concretas sobre la ampliaci贸n de las prestaciones extraordinarias para el alquiler de vivienda: su extensi贸n a aut贸nomas y aut贸nomos afectados por la crisis del COVID-19  (tomando como referencia quienes se acojan a las ayudas extraordinarias que concede el Departamento de Desarrollo Econ贸mico y Empresarial), tambi茅n a aquellos trabajadores y trabajadoras que sigan estando incursos en alg煤n ERTE (con la consiguiente reducci贸n salarial) y en la cobertura a personas desempleadas la fecha de inscripci贸n requerida se retrotrae al pasado 1 de enero (y no s贸lo desde el estado de alarma del 14 de marzo) al entender que la situaci贸n precaria que ya ven铆an arrastrado se va a ver agravada en estas circunstancias por su dificultad en la b煤squeda de empleo.

En el caso de aut贸nomos y ERTE, las ayudas para el pago del alquiler se prolongar谩n hasta el pr贸ximo 31 de diciembre y para las personas desempleadas, por un per铆odo de 12 meses.
Estas medidas se unen a las ya aprobadas por el Departamento de Ordenaci贸n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estrat茅gicos del Ejecutivo foral desde la declaraci贸n del estado de alarma para hacer frente al impacto que la crisis del COVID-19 est谩 teniendo en numerosas familias que atraviesan dificultades para pagar la renta de su vivienda de alquiler.

Entre las medidas que han estado en vigor durante estos dos 煤ltimos meses, adem谩s del incremento de las subvenciones hasta el 75% de la renta con car谩cter general para todas las unidades familiares inquilinas de alquiler protegido que ven铆an recibiendo estas prestaciones y la renovaci贸n autom谩tica de todos los contratos que venzan durante el per铆odo del estado de alarma, tambi茅n se ampli贸 los programas de ayudas EmanZipa y DaVid (que para afectados y afectadas por la crisis del COVID-19 eliminan requisitos y se abren a todas las personas inquilinas de vivienda libre de alquiler por debajo de determinado nivel de ingresos), y  en el parque p煤blico de Nasuvinsa ofreci贸 condonaciones en el pago de las rentas de estos tres meses, a partir del estado de alarma y hasta julio.

Entre todas las medidas activadas hasta ahora con car谩cter extraordinario, el Gobierno de Navarra ha atendido ya, desde la declaraci贸n del estado de alarma, a m谩s de 2.000 familias inquilinas de alquiler, entre subvenciones en el r茅gimen protegido y ayudas directas en vivienda libre. Entre ellas, la concesi贸n de ayudas en los programas de atenci贸n al derecho subjetivo a la vivienda EmanZipa y DaVid (que cubren hasta el 50% del pago de la renta hasta determinado nivel de ingresos) han ido creciendo durante estos 煤ltimos dos meses hasta las 396 ayudas, de las cuales 244 (el 60%) han estado directamente relacionadas con dificultades para pagar la renta por merma de ingresos como consecuencia de la crisis del COVID-19.

Las cifras de estos dos programas acumulan ya en lo que va de a帽o m谩s de 2.570 ayudas concedidas a personas j贸venes y familias vulnerables para el pago de las rentas de vivienda de alquiler, m谩s de 2.000 en el programa EmanZipa y el resto, a trav茅s del DaVid.

Sector cultural

En relaci贸n a las y los profesionales del sector de la cultura, se introduce un mecanismo para que puedan percibir anticipos e indemnizaciones, en caso de aplazamiento o cancelaci贸n de las actuaciones ya contratadas con el sector p煤blico, cuyo importe no exceda de 50.000 euros.
Igualmente, se habilita al 贸rgano de contrataci贸n para reconocer como anticipo un porcentaje del importe de los contratos suspendidos con el sector cultural, y una indemnizaci贸n, en caso de resoluci贸n, siempre que la suspensi贸n o resoluci贸n tenga por causa directa las medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis del COVID-19.

Contrataci贸n p煤blica

Tras aprobarse el levantamiento de la suspensi贸n de los t茅rminos e interrupci贸n de los plazos de los procedimientos en el 谩mbito de la contrataci贸n p煤blica, se determina contemplar y dar cobertura a los supuestos en los que el mantenimiento de la oferta o la ejecuci贸n de los contratos, en los t茅rminos inicialmente ofertados, no resultan viables como consecuencia del vuelco a que se han visto sometidos los mercados y la mayor parte de las actividades de tipo econ贸mico, haciendo en ocasiones m谩s gravosa que antes de la crisis sanitaria una misma actividad.

Para evitar que las personas que se encuentran en esta situaci贸n vean incrementadas sus dificultades econ贸micas, se opta por una derogaci贸n temporal, y de uso facultativo para las personas licitadoras, de las sanciones aplicables a las que se podr铆an ver sometidas aquellas personas que retiraran injustificadamente su oferta en los procedimientos de contrataci贸n o que no llegaran a formalizar los contratos de los que han resultado adjudicatarias.

Contratos de servicios y de suministros de prestaci贸n sucesiva

Se precisa, asimismo, la posibilidad de que el 贸rgano de contrataci贸n pueda realizar anticipos a cuenta del importe estimado de la indemnizaci贸n que corresponda a la contratista.
Por 煤ltimo, en materia de concesiones, el Decreto Foral contempla un r茅gimen espec铆fico en el caso de la concesi贸n de obras y servicios que permitir谩 que la imposibilidad para ejecutar un contrato pueda ser total o parcial y, por tanto, el r茅gimen de reequilibrio econ贸mico aplicable solo lo ser谩 a la parte que haya devenido imposible. En todo caso, en ese r茅gimen de reequilibrio, queda contemplada la compensaci贸n a los concesionarios por la p茅rdida de ingresos y el incremento de los costes soportados.