Esta página tiene la pretensión de mostrar las actuaciones realizadas desde la Agencia de Empleo y Desarrollo de la Comarca de Sangüesa, difundir las noticias de Cederna Garalur y dar a conocer las propuestas, actividades, proyectos, iniciativas, ilusiones de este territorio y sus gentes. Es una herramienta de trabajo para la transformación social, económica y ambiental de nuestra Comarca
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lunes, 2 de mayo de 2016
Ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos
Real Decreto 1078/2015, de 27 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016, MOVEA.
Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2015,
páginas 112554 a 112578 (25 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2015-12900
Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en
este programa:
a) Los profesionales autónomos, en cuyo caso habrán de estar
dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
b) Las personas físicas mayores de edad residentes en España
no incluidas en el apartado a).
c) Las empresas privadas, válidamente constituidas en España
en el momento de presentar la solicitud, y otros tipos de personas jurídicas
tal que su Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B,
C, D, E, F, G, J, N, R o W.
d) Las Entidades Locales y las entidades públicas vinculadas
o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto en relación al
plazo máximo de pago a proveedores en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,
de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo cual deberán
aportar certificación de la intervención local sobre el periodo medio de pago a
proveedores, que no podrá superar en más de 30 días el plazo máximo establecido
al efecto.
e) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las
entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con
lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y con lo dispuesto en
la disposición adicional primera de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
f) Otras entidades públicas vinculadas o dependientes de la
Administración General del Estado.
2. No podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas
en este programa los puntos de venta de vehículos ni los concesionarios.
Plazos
El programa surtirá efectos desde el día siguiente al
de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y finalizará el 15 de octubre
de 2016, o, si ocurriera antes, cuando se agoten los presupuestos disponibles
Becas FormARTE
Becas FormARTE de formación y especialización en actividades y materias de la competencia de las instituciones culturales dependientes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Información Completa: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/cultura/becas-ayudas-y-subvenciones/becas/becas-formarte-2016.html
Ayudas para proyectos de retorno voluntario de personas inmigrantes
Extracto de la Resolución de 11 de abril de 2016, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas inmigrantes.
Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 2016, páginas
19347 a 19348 (2 págs)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-B-2016-15510
Ayudas para promover la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en programas de máster y de doctorado franco-españoles
Extracto de la Resolución de 8 de abril de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para promover la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en programas de máster y de doctorado desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas para los cursos académicos, 2016-2017, 2017-2018 y 2018-2019.
Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 21 de abril de 2016, páginas
19902 a 19903 (2 págs)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2016-15945
Ayudas para proyectos de extensión de la banda ancha de nueva generación
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos en el marco del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación.
Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 26 de abril de 2016, páginas
21129 a 21130 (2 págs)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-B-2016-16893
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y
20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index BDNS(Identif.):304405. ):
Primero. Beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas pertenecientes al sector
privado, que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme
a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General
de Telecomunicaciones.
Segundo. Objeto.
Extensión de la cobertura de las redes de acceso de nueva
generación (NGA) a zonas sin cobertura actual ni prevista, en alguna de las
siguientes modalidades: redes de acceso de muy alta velocidad (100Mbps o
superior), redes de acceso de alta velocidad (más de 30Mbps e inferior a
100Mbps) o redes de sólo backhaul adecuadas para las conexiones de alta y de
muy alta velocidad (100Mbps o superior).
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras se recogen en la Orden IET/1144/2013,
de 18 de junio, modificada por la Orden IET/241/2014, de 13 de febrero, y por
la Orden IET/275/2015, de 17 de febrero. En el portal de ayudas del MINETUR se
facilitan los enlaces de estas órdenes al BOE, así como un texto consolidado
(versión no oficial) para facilitar su consulta.
http://www.minetur.gob.es/PORTALAYUDAS/BANDA-ANCHA/NORMATIVA/Paginas/Bases.aspx
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total disponible para esta convocatoria es de 63
millones de euros.
Esta cuantía está distribuida por comunidades Autónomas en
concordancia con la financiación FEDER prevista en el Programa Operativo FEDER
de Crecimiento Inteligente 2014-2020.
La intensidad máxima de las ayudas varía entre el 40% y el
55%, dependiendo de la Comunidad Autónoma.
En cada proyecto se podrán agrupar actuaciones del mismo
tipo que se vayan a llevar a cabo en diferentes zonas, sin exceder el ámbito
geográfico de una Comunidad Autónoma.
El presupuesto financiable máximo por proyecto es de 4
millones de euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Hasta el 30 de mayo de 2016
Sexto. Otros datos.
Las zonas susceptibles de actuación se publican en el portal
de ayudas del MINETUR:
El criterio de valoración de mayor peso es el de menor ayuda
por usuario beneficiado con la ampliación de la cobertura.
Entre las obligaciones de los beneficiarios se encuentra la
de proporcionar acceso mayorista efectivo a las infraestructuras
subvencionadas.
La duración de los proyectos podrá extenderse hasta el
31/12/2018, si fuera necesario.
El pago de la subvención se realiza en todos los casos con
carácter anticipado tras dictarse la resolución de concesión.
Como garantías, se exige depositar avales por un importe
cercano al 50% de la ayuda.
Para la acreditación de la realización se exige cuenta
justificativa con aportación de los justificantes de gasto y de pago, junto con
informe de auditor.
Descripción general: Tipos de proyectos
Los proyectos susceptibles de obtener ayuda, deben estar
encuadrados en una −y sólo una− de las tres líneas de actuación siguientes:
Línea A
Proyectos referidos al despliegue de redes de acceso de
nueva generación (NGA) de muy alta velocidad (100Mbps o superior). En estos
proyectos podrán incluirse los enlaces entre las centrales de conmutación y los
puntos de concentración intermedios anteriores al domicilio del usuario
(backhaul) con capacidad suficiente para proporcionar acceso mayorista a otros
operadores que lo soliciten.
Estos proyectos deberán desarrollarse en las zonas de
actuación elegibles para la línea A que figuran el apartado de “zonas
de actuación”.
(Municipios excluidos: Sangüesa-Zangoza)
Línea B
Proyectos referidos al despliegue de redes de acceso NGA
entre las centrales de conmutación y puntos de concentración intermedios
anteriores al domicilio del usuario (backhaul) adecuados para las conexiones de
alta velocidad (30 Mbps o superior) y de muy alta velocidad (100Mbps o
superior).
Estos proyectos deberán desarrollarse en las zonas de
actuación elegibles para la línea B que figuran el apartado de “zonas
de actuación”.
(Municipios excluidos: Aibar-Oibar; Eslava; Ezprogui; Leache-Leatxe;
Sada; Sangüesa-Zangoza y Yesa)
Línea C
Proyectos referidos al despliegue de redes de acceso NGA de
alta velocidad (30 Mbps o superior). En estos proyectos podrán incluirse los
enlaces entre las centrales de conmutación y los puntos de concentración
intermedios anteriores al domicilio del usuario (backhaul) con capacidad
suficiente para proporcionar acceso mayorista a otros operadores que lo
soliciten.
Estos proyectos deberán desarrollarse en las zonas de
actuación elegibles para la línea C que figuran el apartado de “zonas
de actuación”.
(Municipios excluidos: Sangüesa-Zangoza)
Ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados
Extracto de la Resolución de 18 de abril de 2016, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2016 ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados.
Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 26 de abril de 2016, páginas
21120 a 21121 (2 págs)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2016-16888
Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores 2016
INFORMACIÓN |
Extracto de la Resolución de 11 de abril de 2016 de la Dirección General del Instituto de la Juventud por la que se convoca las ayudas del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores.
Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2016, páginas
22234 a 22235 (2 págs)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-B-2016-17815
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y
20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en
la base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
BDNS(Identif.):304818 ):
Primero. Beneficiarios:
Jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia
legal en España, personas físicas o jurídicas.
Cuando se trate de personas físicas éstas deben tener
residencia legal y permiso de trabajo en España, y que no superen la edad de 35
años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica,
la solicitud debe ser presentada por el representante legal de dicha persona
jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años. Asimismo, el capital
social debe pertenecer mayoritariamente (51%) a jóvenes que no superen los 35
años.
Segundo. Finalidad:
Apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y
viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y
mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes, con
independencia del sector en el que se promuevan. Para ello, a los diez primeros
seleccionados les será concedida una ayuda económica que les facilite la
consolidación del proyecto de empresa promovido por cada uno de ellos.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden SSI/1449/2015, de 13 de julio, publicada en el BOE de
18 de julio de 2015.
Cuarto. Importe:
La dotación económica de la ayuda para cada uno de los diez
primeros seleccionados es de 25.000€.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la
publicación de este extracto en el BOE.
Sexto. Otros datos:
La ayuda se concederá en régimen de pago anticipado. Junto a
la solicitud se presentará una memoria del proyecto de empresa que llevan a cabo
con los apartados que se indican en la convocatoria. El domicilio social y el
ámbito de realización de la actividad principal del proyecto que se presente,
deben estar, en todo caso, en territorio español. El Certamen tiene como
finalidad apoyar proyectos innovadores, por lo que sólo se consideran aquellos
que aporten ese carácter. La cuantía de la ayuda económica concedida deberá ser
justificada en el plazo máximo de tres meses a partir de cumplirse un año del
pago de la misma. Los gastos justificables sólo serán los realizados durante
ese año e imputados en alguno o en todos los conceptos que se indican en la
convocatoria.
Madrid, 11 de abril de 2016.
El Director General del
Instituto de la Juventud, Rubén Urosa Sánchez.
Ayudas para flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes para campañas agrícolas
OPORTUNIDADES |
Extracto de la Resolución de 13 de abril de 2016, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones públicas para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes para campañas agrícolas de temporada.
Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2016, páginas
22229 a 22230 (2 págs)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-B-2016-17812
Participar en el Programa Aulas de la Naturaleza 2016
Resolución de 19 de abril de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para participar en el programa "Aulas de la Naturaleza" durante 2016.
Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2016, páginas
22224 a 22225 (2 págs)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2016-17809
Premios Miguel Hernández 2016
Resolución de 8 de abril de 2016, de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan los Premios Miguel Hernández,edición 2016
Beneficiarios
Instituciones públicas o entidades privadas
sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, de todo el Estado y centros
públicos de educación de personas adultas.
Finalidad
Dirigidos
a reconocer y divulgar la labor realizada por aquellas instituciones públicas,
entidades privadas sin ánimo de lucro y centros públicos de educación de
personas adultas de todo el Estado que se distingan por ofrecer una educación y
formación permanente innovadora de calidad a las personas adultas, su
aportación eficaz en las diferentes formas de alfabetización, favorecer el
acceso a la educación y la formación de los grupos socialmente desfavorecidos y
en situación de vulnerabilidad, contribuir al desarrollo de las competencias
clave, desarrollar acciones cuyo objetivo sea mejorar el nivel educativo y la
formación de este colectivo para facilitar el desarrollo personal, social y
profesional en la actual sociedad del conocimiento y favorecer la formación de
las personas mayores.
Bases reguladoras:
Orden ECI/1305/23005, de 20 de abril,
publicada en el BOE de 12 de mayo de 2005.
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