Buscar en este blog

lunes, 2 de mayo de 2016

Curso Primeros Auxilios + DESA en Sangüesa-Zangoza


Ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos

Real Decreto 1078/2015, de 27 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas, y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016, MOVEA.

Publicado en:

«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2015, páginas 112554 a 112578 (25 págs.)

Sección:

I. Disposiciones generales

Departamento:

Ministerio de la Presidencia

Referencia:

BOE-A-2015-12900

Beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este programa:
a) Los profesionales autónomos, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
b) Las personas físicas mayores de edad residentes en España no incluidas en el apartado a).
c) Las empresas privadas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otros tipos de personas jurídicas tal que su Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
d) Las Entidades Locales y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto en relación al plazo máximo de pago a proveedores en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo cual deberán aportar certificación de la intervención local sobre el periodo medio de pago a proveedores, que no podrá superar en más de 30 días el plazo máximo establecido al efecto.
e) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
f) Otras entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado.
2. No podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este programa los puntos de venta de vehículos ni los concesionarios.

Plazos

El programa surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y finalizará el 15 de octubre de 2016, o, si ocurriera antes, cuando se agoten los presupuestos disponibles

Becas FormARTE

Becas FormARTE de formación y especialización en actividades y materias de la competencia de las instituciones culturales dependientes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte


Información Completa: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/cultura/becas-ayudas-y-subvenciones/becas/becas-formarte-2016.html

Ayudas para proyectos de retorno voluntario de personas inmigrantes

Extracto de la Resolución de 11 de abril de 2016, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas inmigrantes.

Publicado en:

«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 2016, páginas 19347 a 19348 (2 págs)

Sección:

V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales

Departamento:

Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Referencia:


BOE-B-2016-15510

Ayudas para promover la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en programas de máster y de doctorado franco-españoles

Extracto de la Resolución de 8 de abril de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para promover la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en programas de máster y de doctorado desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas para los cursos académicos, 2016-2017, 2017-2018 y 2018-2019.

Publicado en:

«BOE» núm. 96, de 21 de abril de 2016, páginas 19902 a 19903 (2 págs)

Sección:

V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales

Departamento:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Referencia:


BOE-B-2016-15945

Ayudas para proyectos de extensión de la banda ancha de nueva generación

Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos en el marco del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación.

Publicado en:

«BOE» núm. 100, de 26 de abril de 2016, páginas 21129 a 21130 (2 págs)

Sección:

V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales

Departamento:

Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Referencia:

BOE-B-2016-16893




De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index BDNS(Identif.):304405. ):

Primero. Beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas pertenecientes al sector privado, que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

Segundo. Objeto.

Extensión de la cobertura de las redes de acceso de nueva generación (NGA) a zonas sin cobertura actual ni prevista, en alguna de las siguientes modalidades: redes de acceso de muy alta velocidad (100Mbps o superior), redes de acceso de alta velocidad (más de 30Mbps e inferior a 100Mbps) o redes de sólo backhaul adecuadas para las conexiones de alta y de muy alta velocidad (100Mbps o superior).

Tercero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras se recogen en la Orden IET/1144/2013, de 18 de junio, modificada por la Orden IET/241/2014, de 13 de febrero, y por la Orden IET/275/2015, de 17 de febrero. En el portal de ayudas del MINETUR se facilitan los enlaces de estas órdenes al BOE, así como un texto consolidado (versión no oficial) para facilitar su consulta.
http://www.minetur.gob.es/PORTALAYUDAS/BANDA-ANCHA/NORMATIVA/Paginas/Bases.aspx

Cuarto. Cuantía.

La cuantía total disponible para esta convocatoria es de 63 millones de euros.
Esta cuantía está distribuida por comunidades Autónomas en concordancia con la financiación FEDER prevista en el Programa Operativo FEDER de Crecimiento Inteligente 2014-2020.
La intensidad máxima de las ayudas varía entre el 40% y el 55%, dependiendo de la Comunidad Autónoma.
En cada proyecto se podrán agrupar actuaciones del mismo tipo que se vayan a llevar a cabo en diferentes zonas, sin exceder el ámbito geográfico de una Comunidad Autónoma.
El presupuesto financiable máximo por proyecto es de 4 millones de euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Hasta el 30 de mayo de 2016

Sexto. Otros datos.

Las zonas susceptibles de actuación se publican en el portal de ayudas del MINETUR:
 La solicitud y demás comunicaciones se realizarán únicamente mediante tramitación electrónica.
El criterio de valoración de mayor peso es el de menor ayuda por usuario beneficiado con la ampliación de la cobertura.
Entre las obligaciones de los beneficiarios se encuentra la de proporcionar acceso mayorista efectivo a las infraestructuras subvencionadas.
La duración de los proyectos podrá extenderse hasta el 31/12/2018, si fuera necesario.
El pago de la subvención se realiza en todos los casos con carácter anticipado tras dictarse la resolución de concesión.
Como garantías, se exige depositar avales por un importe cercano al 50% de la ayuda.
Para la acreditación de la realización se exige cuenta justificativa con aportación de los justificantes de gasto y de pago, junto con informe de auditor.

Descripción general: Tipos de proyectos

Los proyectos susceptibles de obtener ayuda, deben estar encuadrados en una −y sólo una− de las tres líneas de actuación siguientes:

Línea A

Proyectos referidos al despliegue de redes de acceso de nueva generación (NGA) de muy alta velocidad (100Mbps o superior). En estos proyectos podrán incluirse los enlaces entre las centrales de conmutación y los puntos de concentración intermedios anteriores al domicilio del usuario (backhaul) con capacidad suficiente para proporcionar acceso mayorista a otros operadores que lo soliciten.
Estos proyectos deberán desarrollarse en las zonas de actuación elegibles para la línea A que figuran el apartado de “zonas de actuación”.
(Municipios excluidos: Sangüesa-Zangoza)

Línea B

Proyectos referidos al despliegue de redes de acceso NGA entre las centrales de conmutación y puntos de concentración intermedios anteriores al domicilio del usuario (backhaul) adecuados para las conexiones de alta velocidad (30 Mbps o superior) y de muy alta velocidad (100Mbps o superior).
Estos proyectos deberán desarrollarse en las zonas de actuación elegibles para la línea B que figuran el apartado de “zonas de actuación”.
(Municipios excluidos: Aibar-Oibar; Eslava; Ezprogui; Leache-Leatxe; Sada; Sangüesa-Zangoza y Yesa)

Línea C

Proyectos referidos al despliegue de redes de acceso NGA de alta velocidad (30 Mbps o superior). En estos proyectos podrán incluirse los enlaces entre las centrales de conmutación y los puntos de concentración intermedios anteriores al domicilio del usuario (backhaul) con capacidad suficiente para proporcionar acceso mayorista a otros operadores que lo soliciten.
Estos proyectos deberán desarrollarse en las zonas de actuación elegibles para la línea C que figuran el apartado de “zonas de actuación”.

(Municipios excluidos: Sangüesa-Zangoza)

Ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados

Extracto de la Resolución de 18 de abril de 2016, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2016 ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados.

Publicado en:

«BOE» núm. 100, de 26 de abril de 2016, páginas 21120 a 21121 (2 págs)

Sección:

V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales

Departamento:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Referencia:


BOE-B-2016-16888

Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores 2016


INFORMACIÓN

Extracto de la Resolución de 11 de abril de 2016 de la Dirección General del Instituto de la Juventud por la que se convoca las ayudas del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores.

Publicado en:

«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2016, páginas 22234 a 22235 (2 págs)

Sección:

V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales

Departamento:

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Referencia:

BOE-B-2016-17815

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index BDNS(Identif.):304818 ):

Primero. Beneficiarios:

Jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, personas físicas o jurídicas.
Cuando se trate de personas físicas éstas deben tener residencia legal y permiso de trabajo en España, y que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años. Asimismo, el capital social debe pertenecer mayoritariamente (51%) a jóvenes que no superen los 35 años.

Segundo. Finalidad:

Apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes, con independencia del sector en el que se promuevan. Para ello, a los diez primeros seleccionados les será concedida una ayuda económica que les facilite la consolidación del proyecto de empresa promovido por cada uno de ellos.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden SSI/1449/2015, de 13 de julio, publicada en el BOE de 18 de julio de 2015.

Cuarto. Importe:

La dotación económica de la ayuda para cada uno de los diez primeros seleccionados es de 25.000€.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

Sexto. Otros datos:

La ayuda se concederá en régimen de pago anticipado. Junto a la solicitud se presentará una memoria del proyecto de empresa que llevan a cabo con los apartados que se indican en la convocatoria. El domicilio social y el ámbito de realización de la actividad principal del proyecto que se presente, deben estar, en todo caso, en territorio español. El Certamen tiene como finalidad apoyar proyectos innovadores, por lo que sólo se consideran aquellos que aporten ese carácter. La cuantía de la ayuda económica concedida deberá ser justificada en el plazo máximo de tres meses a partir de cumplirse un año del pago de la misma. Los gastos justificables sólo serán los realizados durante ese año e imputados en alguno o en todos los conceptos que se indican en la convocatoria.


Madrid, 11 de abril de 2016.
El Director General del Instituto de la Juventud, Rubén Urosa Sánchez.

Ayudas para flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes para campañas agrícolas

OPORTUNIDADES

Extracto de la Resolución de 13 de abril de 2016, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones públicas para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes para campañas agrícolas de temporada.

Publicado en:

«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2016, páginas 22229 a 22230 (2 págs)

Sección:

V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales

Departamento:

Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Referencia:


BOE-B-2016-17812

Participar en el Programa Aulas de la Naturaleza 2016

Resolución de 19 de abril de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para participar en el programa "Aulas de la Naturaleza" durante 2016.

Publicado en:

«BOE» núm. 104, de 30 de abril de 2016, páginas 22224 a 22225 (2 págs)

Sección:

V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales

Departamento:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Referencia:


BOE-B-2016-17809

Premios Miguel Hernández 2016

Resolución de 8 de abril de 2016, de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan los Premios Miguel Hernández,edición 2016

Beneficiarios 

Instituciones públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, de todo el Estado y centros públicos de educación de personas adultas.

Finalidad 

Dirigidos a reconocer y divulgar la labor realizada por aquellas instituciones públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y centros públicos de educación de personas adultas de todo el Estado que se distingan por ofrecer una educación y formación permanente innovadora de calidad a las personas adultas, su aportación eficaz en las diferentes formas de alfabetización, favorecer el acceso a la educación y la formación de los grupos socialmente desfavorecidos y en situación de vulnerabilidad, contribuir al desarrollo de las competencias clave, desarrollar acciones cuyo objetivo sea mejorar el nivel educativo y la formación de este colectivo para facilitar el desarrollo personal, social y profesional en la actual sociedad del conocimiento y favorecer la formación de las personas mayores.

Bases reguladoras: 

Orden ECI/1305/23005, de 20 de abril, publicada en el BOE de 12 de mayo de 2005.

+ Información: