ORDEN FORAL 1/2018, de 17 de enero, de la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, por la que se convoca el premio BERDINNA 2018 a la igualdad entre mujeres y hombres y se establecen las Bases para su concesión.
BASES
1.–Objeto del Premio BERDINNA 2018.
El premio BERDINNA tiene como finalidad destacar y
reconocer públicamente la actuación de quienes se han distinguido por su labor
en el campo de la igualdad entre mujeres y hombres en la Comunidad Foral de
Navarra.
2.–Dotación del premio.
El Premio BERDINNA tiene una dotación económica de
tres mil euros que se imputarán con cargo a la partida B40001 B4200 4809 232300
“Premio BERDINNA” del Presupuesto de Gastos del año 2018.
Igualmente se realizará un reconocimiento efectuado
en acto público por el Gobierno de Navarra.
3.–Lugar y plazo de presentación de las candidaturas.
3.1. Las candidaturas podrán presentarse tanto por
canal electrónico a través del Registro General Electrónico como
presencialmente en el Registro del Instituto Navarro para la
Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua (calle Alhóndiga, 1, 2.º 31002
de Pamplona).
Igualmente podrán presentar las candidaturas a
través del correo electrónico (gestionrecursosinai@navarra.es).
3.2. El plazo de presentación de las candidaturas
será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.
3.3. La presentación de las candidaturas al Premio
supone la aceptación total de las presentes bases, así como de los acuerdos que
adopte el Jurado del Premio.
4.–Criterios de concesión del Premio.
Al objeto de tomar la decisión, el Jurado valorará
las candidaturas recibidas y tendrá en cuenta los siguientes criterios, siendo
su ponderación idéntica para cada uno de ellos:
a) Trayectoria de la persona o entidad propuesta en
el ámbito de la igualdad de mujeres y hombres en el que ha venido desarrollando
su actividad.
b) Relevancia intrínseca de la actuación, acciones,
trabajos o proyectos dirigidos al reconocimiento del trabajo de las mujeres y
de su empoderamiento o a la promoción de la igualdad de derechos y
oportunidades entre sexos.
c) Repercusión e influencia en la sociedad de la
actuación, acciones, trabajos o proyectos, o trayectoria desarrollada por la
persona o entidad propuesta.
d) Vinculación de la candidatura con la Comunidad
Foral de Navarra.
5.–Documentación.
Las entidades o personas interesadas presentarán la
candidatura adjuntando la siguiente documentación:
a) Formulario de presentación de la candidatura de
acuerdo al modelo elaborado para ello, en el que se hará constar el nombre de
la persona física o jurídica por la que se presenta candidatura y sus datos de
contacto. Este formulario podrá obtenerse en la página web del Instituto
Navarro para la Igualdad.
b) Memoria explicativa (máximo 1.000 palabras), en
la que se recojan los relevantes méritos que avalan la presentación de la
candidatura de la persona o entidad y el resto de información que se crea
conveniente y que acredite los méritos estimados para acceder a este premio.
c) En caso de que la candidatura consista en la
presentación de un trabajo o proyecto, éste se deberá presentar y habrá de
estar realizado en los dos últimos años precedentes a la fecha de la
correspondiente convocatoria.
d) Con carácter voluntario se podrán presentar
cartas de apoyo a la candidatura.
e) Cualquier otra documentación complementaria que
permita avalar y verificar los méritos alegados.
6.–Subsanación de defectos en las candidaturas.
Si las candidaturas no vinieran cumplimentadas en
todos sus términos o no fueran acompañadas de toda la documentación, el
Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua
requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días naturales
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que,
si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa
resolución.
7.–Jurado, fallo, concesión y entrega del premio.
7.1. Integran el jurado del Premio las siguientes
personas:
Presidenta: Doña Ana Ollo Hualde, Consejera de
Relaciones Ciudadanas e Institucionales.
Vicepresidenta: Doña Mertxe Leránoz Goñi, Directora
Gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.
Vocales:
–Doña Geno Ochando Ortiz Subdirectora de Promoción
y Gestión del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako
Institutua.
–Doña Rosalía Echeverría Echeverría, en
representación del Consejo Navarro para la Igualdad.
–Doña Fátima Djarra Sani, en representación del
Consejo Navarro para la Igualdad.
–Don Pablo Azcona Molinet, en representación de la
Federación Navarra de Municipios y Concejos.
Secretaria:
–Doña María Alba Fernández García, Jefa de la
Sección de Gestión y Recursos del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako
Berdintasunerako Institutua.
7.2. Las candidaturas presentadas serán analizadas
por el Jurado que valorará los relevantes méritos que en ellas concurran de
acuerdo a los criterios establecidos en la presente convocatoria.
El Jurado adoptará sus acuerdos por mayoría simple.
En caso de no poder acudir a alguna de las reuniones, las personas del Jurado
podrán delegar su voto. La Presidencia del Jurado dirimirá con su voto de
calidad los empates que se produzcan. La Secretaria levantará Acta de cuantas
actuaciones y acuerdos se adopten, debiendo figurar las razones que justifican
el acuerdo adoptado en relación con los criterios de concesión del Premio
contenidos en esta convocatoria. El Jurado propondrá el fallo de la concesión,
que se elevará al Gobierno de Navarra para la concesión del mismo.
7.3. El fallo se hará público, informando de la
concesión del Premio a la entidad o persona ganadora, o en su caso, declaración
de que éste ha quedado desierto.
7.4. El premio será concedido por el Gobierno de
Navarra, a la vista de la propuesta realizada por el Jurado.
7.5. La entrega del premio se efectuará por la
Presidenta del Gobierno en acto público organizado a tal fin, en el marco de la
conmemoración del día 8 de marzo de 2018.
7.6. La dotación económica se realizará en un único
pago a la persona premiada, por medio de Resolución de la Directora Gerente del
Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua y se
realizará tras la concesión del Premio.
8.–Recursos.
Contra las bases de la presente convocatoria del
Premio BERDINNA 2018 a la igualdad entre mujeres y hombres podrá interponerse
recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra y contra los actos de aplicación
de la misma ante la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, en el
plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o
notificación del acto recurrido.