Bases de la convocatoria para proyectos de ONGs y entidades sin ánimo de lucro
1. Los proyectos a subvencionar deberán ser presentados por vecinos/as del
municipio.
2. Podrán participar en la convocatoria las entidades y ONG´s sin ánimo de
lucro, cuyo objeto sea la cooperación al desarrollo.
3. Presentación de solicitudes: en el Registro General del Ayuntamiento de
Aibar/Oibar antes de las 14:00 horas del 30 de noviembre.
4. Documentación a presentar: Las solicitudes deberán ir acompañadas de los
datos básicos de la ONG o entidad para la que se solicita la ayuda (nombre,
CIF, domicilio y objeto), copia del DNI del solicitante o representante de la
entidad (en caso de no ser persona física) y memoria de la o las actividades a
realizar.
5. Obligaciones de los beneficiarios: Los beneficiarios de las ayudas estarán
sujetos con carácter general a las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular estarán obligados
a:
- Realizar la actividad para la que se pide la ayuda en los términos y fechas aceptados y a comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de la actividad subvencionada.
- Comunicar en la difusión de la actividad la colaboración del Ayuntamiento de Aibar/Oibar.
6. El abono de la subvención concedida se realizará directamente a la entidad
beneficiaria.
Bases de la convocatoria para proyectos socioculturales y deportivas
1. Todas las actividades se realizarán o se iniciarán antes del
31 de diciembre del año 2016 en el término municipal de Aibar/Oibar.
2. Podrán participar en la convocatoria las personas y entidades siguientes:
a).- Las entidades domiciliadas en Aibar/Oibar sin fines de lucro.
b).- Los/as vecinos que presten servicios o realicen actividades de interés público.
3. Presentación de solicitudes: en el Registro General del Ayuntamiento
de Aibar/Oibar antes de las 14:00 horas del 30 de noviembre.
4. Documentación a presentar: Las solicitudes deberán ir acompañadas de los
datos básicos de la asociación (nombre, CIF, domicilio y objeto), copia de sus
Estatutos (si no se han presentado en anteriores convocatorias), copia del DNI
del solicitante o representante de la entidad (en caso de no ser persona
física) y descripción de la o las actividades a realizar.
5. Obligaciones de los beneficiarios:
Los beneficiarios de las ayudas estarán sujetos con carácter
general a las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y en particular estarán obligados a:
- Realizar la actividad para la que se pide la ayuda en los términos y fechas aceptados y a comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de la actividad subvencionada.
- Comunicar en la difusión de la actividad la colaboración del Ayuntamiento de Aibar/Oibar.
- Si la actividad se convierte en lucrativa, la subvención deberá ser reintegrada en proporción al beneficio obtenido.
Más información sobre estas convocatorias:
Ayuntamiento de
Aibar-Oibar, teléfono: 948-877005 e info@aibar-oibar.org