|
OPORTUNIDADES |
Convocatoria para la constitución, a través de pruebas
selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño,
mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Profesor de
Escuela de Música en las especialidades de violín, trombón, percusión,
flauta travesera, clarinete, acordeón, piano, guitarra y saxofón
BASES
1.–Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas
de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Profesor de
Escuela de Música en las especialidades de violín, trombón, percusión, flauta
travesera, clarinete, acordeón, piano, guitarra y saxofón, con el fin de dar
cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Escuela municipal
de Música de Fontellas.
Esta relación de aspirantes a la contratación temporal
tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados
fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo
dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.
Asimismo quedará, en todo caso, supeditada a la
inexistencia, en la última convocatoria pública, celebrada o a celebrarse, de
personal que, habiendo superado pruebas selectivas para el ingreso como
funcionarios o contratados laborales fijos para el puesto de trabajo de
Profesor de Escuela de Música, en la especialidad que corresponda, no hubiera
obtenido plaza; dado que los aprobados sin plaza de la última convocatoria pública
resuelta gozarán de un derecho preferente para la provisión temporal de puestos
de trabajo.
2.–Requisitos de los participantes.
En la fecha en que finalice el plazo de presentación de
instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por
España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.También podrán participar el cónyuge de los españoles y de
los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados
afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén
separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no
medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que
vivan a sus expensas.b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad
establecida para la jubilación forzosa.c) Hallarse en posesión del título de Grado Medio de Música
en la especialidad a la que los aspirantes se presenten, de las convocadas, o
en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación
de solicitudes.d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el
ejercicio de las correspondientes funciones.e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio
de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una
Administración Pública.
El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de
entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante
el periodo de contratación.
3.–Instancias.
3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria
podrán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Fontellas, o por
cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el
Anexo I, que será facilitado en las oficinas municipales del Ayuntamiento de
Fontellas, o bien desde el Boletín Oficial de su publicación, y en ellas se deberá
indicar la especialidad a la que se concurre.
En la instancia de participación, los aspirantes deberán
manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a
la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
Junto con la instancia de participación los aspirantes
deberán aportar fotocopia del título exigido y del documento Nacional de
Identidad, así documentación justificativa de los méritos que aleguen para la
fase de concurso.
3.2. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la
instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido,
expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles
adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que
éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y
además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones
solicitadas.
4.–Plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días
naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente
Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. (PLAZO: 26 DE JUNIO)
5.–Lista provisional y definitiva.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Fontellas aprobará la lista provisional
de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Fontellas, ubicado en los bajos de la Casa Consistorial, así
como en la web del mismo Fontellas.info.
A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles
siguientes, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones o subsanar
defectos de su instancia.
Terminado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas
éstas, el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Fontellas aprobará la lista
definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el tablón de
anuncios y en la web del Ayuntamiento, junto con la fecha y lugar de
realización de las pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.
Si no hubiera aspirantes excluidos, se aprobará directamente
la lista definitiva y se publicará en el tablón de anuncios y en la web del
Ayuntamiento de Fontellas, junto con la fecha y lugar de realización de las
pruebas de selección previstas en la presente convocatoria.
6.–Tribunal calificador.
6.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes
miembros, si bien su composición definitiva puede quedar fijada en la
Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos:
–Presidente: El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fontellas.–Vocal: El/la Concejal/a de Educación del Ayuntamiento de
Fontellas.–Vocal: El/la Concejal/a de Cultura del Ayuntamiento de
Fontellas.–Vocal: Don José Antonio Íñiguez Arcos, Director de la
Escuela de Música Municipal de Fontellas.–Vocal-Secretario: Don David Modrego Jiménez
Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Fontellas.
6.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán
abstenerse de intervenir, notificándolo en el Ayuntamiento, cuando concurran
los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.
En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y
recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la
composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de
aspirantes admitidos y excluidos.
6.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas
selectivas.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la
asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.
Asimismo, para la válida constitución del mismo se requerirá
la presencia del Presidente y del Secretario.
6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones
que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las
bases de la convocatoria.
6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas
para las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus
especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a
éstas.
7.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.
7.1. La selección se llevará a cabo mediante la realización
de concurso-oposición, que se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero
la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada
en las presentes bases.
7.1.1. Fase de concurso. El Tribunal procederá a valorar los
méritos alegados y debidamente justificados, de acuerdo con el baremo que
sigue. El Tribunal podrá, en cualquier momento, solicitar aclaraciones y datos
complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.
Baremo de méritos:–Experiencia profesional:Tiempo de servicios prestados en cualquier Administración
Pública, desempeñando un puesto de trabajo de categoría y funciones idénticas a
la plaza convocada en la especialidad a la que se presente, a razón de 1 punto
por año completo de trabajo, hasta un máximo de 10 puntos.
7.1.2. Fase de oposición:
–Primera prueba: Defender programación didáctica de la
materia (tiempo máximo 15 minutos).Esta prueba se calificará de 0 a 20 puntos, debiendo
obtenerse un mínimo de 10 puntos para aprobar.–Segunda prueba, que consistirá en una sesión a impartir a
un alumno, de cualquier curso matriculado en la Escuela, con una duración de 20
minutos. Se valorarán aspectos como la comunicación, la relación con el alumno,
el aprendizaje por descubrimiento, la utilización de ejemplos musicales, el uso
de diferentes recursos y estrategias para conseguir un objetivo siempre
musical, así como otros aspectos que el candidato considere oportunos. El
tribunal podrá solicitar las aclaraciones que considere oportunas.Esta prueba se calificará de 0 a 30 puntos, debiendo
obtenerse un mínimo de 15 puntos para aprobar.
7.2. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante
llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del
Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparezcan quedarán
eliminados.
7.3. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se
establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con
lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios
para su realización.
8.–Relación de aprobados y llamamiento.
8.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal
publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fontellas y en el lugar
de celebración de las mismas, la relación de aprobados por orden de puntuación
total obtenida y la remitirá al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de
Fontellas para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso
selectivo.
Si se produjeran empates se dirimirán en favor del aspirante
de mayor edad.
8.2. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados, de
acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Escuela Municipal de Música
de Fontellas, de conformidad con lo establecido en las bases de esta
convocatoria, y demás normativa de aplicación.
8.3. Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido
en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del
Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra,
en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002, de 31 de mayo, por la que se
regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la
Comunidad Foral de Navarra.
8.4. Los contratados serán dados de alta y afiliados al
Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota
correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que
procedan. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración
correspondiente al nivel B.
8.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las
necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los
órganos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.
En principio las jornadas laborales, en todos los casos
parciales, son carácter semanal son las siguientes:
–Especialidad violín: 3 h.–Especialidad Trombón: 1:30 h.–Especialidad percusión: 6 h.–Especialidad flauta travesera: 2:15 h.–Especialidad clarinete: 6:30 h.–Especialidad acordeón: 1:15 h.–Especialidad piano: 6:30 h.–Especialidad guitarra: 10:45 h.–Especialidad Saxofón: 5: 45 h.
9.–Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de
aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente
recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o
publicación.b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día
siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de
Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o
acuerdo recurrido.Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer
recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente
a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.
Fontellas, 7 de mayo de 2015.–El Alcalde-Presidente, firma
elegible.
ANEXO I
Don/Doña
|
D.N.I./Carta de identidad
|
Fecha de nacimiento (día, mes, año)
|
Nacionalidad
|
Domicilio actual (calle, número, escalera, piso)
|
Población
|
Código Postal
|
Teléfono móvil
|
Teléfono fijo
|
|
|
|
|
|
|
EXPONE:
Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le
incapacite para el ejercicio del cargo.Que no está incurso en ninguna de las incapacidades
establecidas en las disposiciones vigentes.Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el
ejercicio de las funciones públicas.Que está en posesión de la titulación exigida en la
convocatoria.Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas,
referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de
instancias.--- Que
padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por
los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones
solicitadas y los motivos de la petición).--- Que
aporta documentación acreditativa de la condición de minusválido, expedida por
organismo competente.
SOLICITA:
Ser admitido a la convocatoria para la constitución, a
través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño,
mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Profesor de Escuela
Municipal de Música de Fontellas, en la especialidad de
..................................., publicada en el Boletín Oficial de
Navarra, número ........., de fecha .......................
Fontellas, ......... de .................... de 20.....
(Firma)
Protección de datos.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13
de diciembre de 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le
informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso,
se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales
en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que
conforman la base de datos del Ayuntamiento de Fontellas, ante el que podrá
ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
dirigiéndose al Registro General (Plaza de los Fueros, 1, en Fontellas).