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OPORTUNIDADES DE EMPRENDIMIENTO |
RESOLUCIÓN 799/2015, de 8 de abril, del Director General de
Función Pública, por la que se aprueban las convocatorias para la constitución,
a través de pruebas selectivas, de dos relaciones de aspirantes al desempeño de
puestos de trabajo de Oficial de Mantenimiento, una para la contratación
temporal y otra para la formación, en situación de servicios especiales.
A la vista de las necesidades de personal existentes en la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra procede realizar una
convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una nueva
relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para
la formación, de puestos de trabajo de Oficial de Mantenimiento, así como de
una relación de aspirantes a la contratación temporal de dicho puesto de
trabajo, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos,
excluidos los dependientes del Departamento de Salud.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto Foral 96/1997,
de 14 de abril, con carácter previo a la contratación temporal, la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos
ofertará el desempeño de aquellos puestos de trabajo que pretenda cubrir a su
personal fijo, convocando a tal efecto las correspondientes pruebas selectivas
para la confección de listas de aspirantes en formación.
Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el
Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en el Decreto Foral 347/2004, de 15 de
noviembre y en la Orden Foral 199/2004, de 30 diciembre, del Consejero de
Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con lo previsto en el
artículo 42.2 c) del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de
Navarra y en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de
Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión de
la contratación temporal, se anuncian las siguientes:
I.–CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA RELACIÓN DE
ASPIRANTES A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL COMO OFICIAL DE MANTENIMIENTO
Esta convocatoria se regirá por las siguientes
BASES
Primera.–
Se anuncia convocatoria para constituir, mediante
pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de
Oficial de Mantenimiento, con el fin de dar cobertura temporal a las
necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de
Navarra y sus organismos autónomos, excluidos los dependientes del Departamento
de Salud.
Esta relación de aspirantes a la contratación temporal
tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de personal
fijo, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo
dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.
Segunda.–Requisitos.
2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de
instancias, quienes quieran participar deberán reunir los siguientes
requisitos:
- a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de
aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.
- También podrá participar quien sea cónyuge de personas con
nacionalidad española, de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y
de nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los
Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separadas de
derecho, así como sus descendientes y descendientes del cónyuge, cuando no
medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de
dicha edad que vivan a sus expensas.
- b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso,
de la edad máxima de jubilación forzosa.
- c) Hallarse en posesión del título de Técnico Superior de
alguna de las familias profesionales de Electricidad y Electrónica, Energía y
Agua, Instalación y Mantenimiento, Madera, o título declarado equivalente, o
del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en
que termine el plazo de presentación de solicitudes.En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
- d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el
ejercicio de las correspondientes funciones.
- e) No hallarse en situación de inhabilitación ni suspensión
para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio
de una Administración Pública.
Las personas que quieran participar y cuya nacionalidad no
sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la Función Pública.
2.2. El requisito de titulación exigido en el apartado
2.1.c) de esta base, deberá ser acreditado documentalmente, de acuerdo con lo
establecido en la norma séptima de las comunes a las convocatorias.
2.3. El cumplimiento de todos los requisitos recogidos en
esta base, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de
selección y durante el periodo de contratación.
Tercera.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.
El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo
dispuesto en las normas comunes a las dos convocatorias aprobadas por la
presente Resolución.
Cuarta.–Llamamiento a la contratación temporal.
El llamamiento y, en su caso, la contratación se llevará a
cabo de conformidad con lo establecido en los artículos 88 y siguientes del
Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el
Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones
Públicas de Navarra, en las bases de esta convocatoria, en la Orden Foral
814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e
Interior, por la que se aprueban normas de gestión de la contratación temporal
(Boletín Oficial de Navarra número 31, de 15 de febrero de 2011) y demás
normativa que resulte de aplicación.
Para el llamamiento, se tendrá igualmente en cuenta lo
establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 4, del Texto
Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones
Públicas de Navarra, en la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las
personas con discapacidad en las Administraciones Públicas de Navarra, para lo
cual, quienes tengan discapacidad reconocida igual o superior al 33%, deberán
acreditar tal condición mediante copia del documento expedido al efecto por
órgano competente.
II.–CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA RELACIÓN DE
ASPIRANTES A LA FORMACIÓN, EN SITUACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES, COMO OFICIAL DE MANTENIMIENTO
Esta convocatoria se regirá por las siguientes
BASES
Primera.–
Se anuncia convocatoria para la constitución,
mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a desempeñar, en
situación de servicios especiales para la formación, el puesto de Oficial de
Mantenimiento, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se
produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus
organismos autónomos, excluidos los dependientes del Departamento de Salud.
Segunda.–Requisitos.
2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de
instancias, quienes quieran participar deberán reunir los siguientes
requisitos:
- a) Tener la condición de personal fijo al servicio de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, no
haber agotado el periodo máximo de formación a que se tenga derecho y con
encuadramiento en el nivel o grupo D o E.
- b) Haber completado un mínimo de tres años de servicios
efectivamente prestados en su puesto de trabajo.
- c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o
forzosa.
- d) Hallarse en posesión del título de Técnico Superior de
alguna de las familias profesionales de Electricidad y Electrónica, Energía y
Agua, Instalación y Mantenimiento, Madera, o título declarado equivalente, o
del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en
que termine el plazo de presentación de solicitudes. Dicha titulación debe ser
distinta de aquella por la que el personal fijo se encuentra en servicio
activo.En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se
deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.2. El requisito de titulación exigido en el apartado
2.1.d) de esta base, deberá ser acreditado documentalmente, de acuerdo con lo
establecido en la norma séptima de las comunes a las convocatorias.
2.3. El cumplimiento de todos los requisitos recogidos en
esta base, además de entenderse referidos a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, deberá mantenerse en el momento del llamamiento
y durante el periodo de formación.
2.4. No podrán participar en la presente convocatoria el
personal docente del Departamento de Educación, el personal adscrito a los
organismos autónomos dependientes del Departamento de Salud, el personal al
servicio de la Administración de Justicia en Navarra, ni el personal excluido
del ámbito de aplicación del Estatuto del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas de Navarra.
Tercera.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.
El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo
dispuesto en las normas comunes a las dos convocatorias aprobadas por la
presente Resolución.
Cuarta.–Llamamiento de aspirantes en formación.
El llamamiento y, en su caso, la declaración en situación de
servicios especiales para la formación se realizará de conformidad con lo
establecido en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en la Orden Foral
199/2004, de 30 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior,
por la que se establece el procedimiento de constitución y gestión de las
listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en formación (Boletín
Oficial de Navarra número 157, de 31 de diciembre) y demás normativa que
resulte de aplicación.
III.–NORMAS COMUNES A LAS DOS CONVOCATORIAS
Primera.–Plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación de instancias de participación en
las dos convocatorias será de quince días naturales, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial
de Navarra: 15 DE MAYO
Segunda.–Instancias.
2.1. Las instancias de participación en las convocatorias
deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de
Carlos III, 2, (vestíbulo) 31002 de Pamplona, o en cualquiera de las demás
Oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, cuya relación aparece publicada
en el Boletín Oficial de Navarra número 57, de 25 de marzo de 2015, o por
cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una
oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada
y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Foral 70/2008, de 23 de junio, la instancia de participación podrá presentarse
telemáticamente a través del Registro General Electrónico de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en el portal Web de Internet del
Gobierno de Navarra (www.navarra.es). En este supuesto, la solicitud específica
de participación y demás documentación que debe aportarse, podrá adjuntarse en
cualquiera de los formatos previstos en el Registro General Electrónico para
adjuntar archivos.
2.2. Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura
en el Anexo II, para quienes aspiren a la contratación temporal, y en el Anexo
III, para aspirantes en formación. Estos modelos se facilitarán en cualquiera
de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo
obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien
desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la
convocatoria.
En la instancia de participación, manifestará que se reúnen
todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de
expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
Junto con la instancia, quienes quieran participar sólo
deberán aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que
acredite la identidad y nacionalidad del aspirante y, en su caso, de los
requisitos de nacionalidad y parentesco exigidos en la base 2.1.a) de la
convocatoria relativa a la contratación temporal.
Únicamente las personas que resulten llamadas para la
formalización del contrato o la declaración de servicios especiales para la
formación, deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento del
requisito de titulación exigido en su respectiva convocatoria.
2.3. Quienes participen con una discapacidad reconocida
deberán adjuntar a la instancia de participación documento que la acredite,
expedido por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles
adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso
deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la
discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas.
Tercera.–Admisión de aspirantes.
3.1. Listas provisionales.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública del
Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, hará públicas, en el tablón
de anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo,
de Pamplona) y en la página Web de Internet del Gobierno de Navarra
(www.navarra.es), en la reseña de la convocatoria, las relaciones provisionales
de personas admitidas y excluidas de las convocatorias aprobadas. En caso de no
haber excluidas se aprobarán directamente las relaciones de admitidas como
definitivas.
A partir de dicha fecha y dentro del plazo de diez días
hábiles siguientes al de publicación, se podrán formular reclamaciones o subsanar
defectos de su instancia.
3.2. Listas definitivas.
Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una
vez resueltas las mismas, por Resolución del Director General de Función
Pública, se aprobarán las listas definitivas de personas admitidas y excluidas
y se harán públicas en el Tablón de anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida
Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en la página Web de Internet
del Gobierno de Navarra (www.navarra.es), en la reseña de la convocatoria,
junto con la fecha y lugar de realización de la prueba de selección prevista en
las convocatorias.
El hecho de figurar en las relaciones de personas admitidas
no prejuzga que se reconozca a quienes participen la posesión de los requisitos
exigidos en las convocatorias. Cuando del examen de la documentación presentada
o de la que obra en poder de la Administración, se desprenda que no poseen
alguno de los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran
derivarse de su participación en las convocatorias.
3.3. Con la publicación de las listas de personas admitidas
y excluidas se considerará efectuada la correspondiente notificación a los
efectos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Cuarta.–Prueba.
4.1. El proceso de selección consistirá en la realización de
la siguiente prueba, que constará de dos partes que no tendrán carácter
eliminatorio:
- Primera parte: de carácter teórico, consistirá en contestar
por escrito, en el tiempo máximo de una hora, a un cuestionario de 40 preguntas
con varias alternativas de respuesta, de las que sólo una de ellas será válida,
sobre la materia incluida en el temario que figura como Anexo I de la presente
Resolución.Esta parte se valorará con una puntuación máxima de 80
puntos, penalizándose los errores con 0,5 puntos por cada respuesta errónea.
- Segunda parte: de carácter práctico, consistirá en resolver
en el tiempo máximo de media hora, varios supuestos prácticos propuestos por el
Tribunal relacionados con el temario que figura como Anexo I de la presente
Resolución y con las funciones propias del puesto de trabajo objeto de la
convocatoria como son el mantenimiento y vigilancia de instalaciones y su
inventario, el mantenimiento de inmuebles, el mantenimiento de mobiliario, la
apertura y cierre de los centros y los sistemas de control de alarmas, etc.Esta parte se valorará con una puntuación máxima de 30
puntos.
Las dos partes de la prueba se realizarán de forma
consecutiva en una misma jornada.
Superarán la prueba aquellos que obtengan, al menos, el 30
por 100 de la puntuación máxima establecida en la prueba (110 puntos).
En la realización de la prueba no se permitirá la consulta
de ningún texto, ni el uso de máquinas calculadoras u otro material, salvo
bolígrafo, de tinta azul o negra, con punta gruesa.
4.2. La convocatoria para la prueba se realizará mediante
llamamiento único al que las personas participantes deberán acudir provistas
del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro
documento de identificación que el Tribunal considere suficiente. Las que no
acrediten su personalidad o no comparezcan quedarán eliminadas.
4.3. Durante el desarrollo de la prueba selectiva se
establecerán, para quienes tengan discapacidad reconocida y lo hubieran
solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y
medios para su realización.
Quinta.–Tribunal calificador.
5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por las
siguientes personas:
- Presidenta: Doña Maravillas Alemán Diez de Ulzurrun, Jefa de
la Sección de Mantenimiento de Centros y Dependencias del Departamento de
Educación.Presidente Suplente: Don José Ramón Lasanta Montes Jefe de
la Sección de Obras del Departamento de Educación.
- Vocal: Don José Ángel Ros Nestares, Jefe de la Sección de
Calidad del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.Vocal Suplente: Doña Virginia Torres González, Arquitecto
Técnico del Departamento de Educación.
- Vocal: Don José Miguel García López, Oficial de
Mantenimiento del Departamento de Educación.Vocal Suplente: Don Jesús Oyaregui Arriada, Oficial de
Mantenimiento del Departamento de Educación.
- Vocal: Un representante del personal, propuesto por la
Comisión de Personal de Administración Núcleo.Vocal Suplente: Un representante del personal, propuesto por
la Comisión de Personal de Administración Núcleo.
- Vocal-Secretario: Doña María Consuelo Niñoles Monllor, Jefa
de Negociado de Adquisiciones del Departamento de Educación.Vocal-Secretario Suplente: Don José Miguel Carranza Sada,
Ingeniero Técnico Industrial del Departamento de Educación.
5.2. Quienes componen el Tribunal calificador deberán
abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función
Pública, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Igualmente, se podrá recusar a los miembros del Tribunal
cuando concurran dichas circunstancias.
En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y
recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la
composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de
aspirantes admitidos y excluidos.
5.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas
selectivas.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la
asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la
válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia de la
Presidenta y de la Secretaria o, en su caso, de quienes les sustituyan.
5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones
que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las
bases de las convocatorias.
5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas a
la prueba, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y
colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.
Sexta.–Resultados.
6.1. Los empates en la puntuación que pudieran producirse
entre quienes participen los resolverá el Tribunal Calificador de acuerdo con
los siguientes criterios:
- a) Convocatoria de contratación temporal: los empates se
resolverán atendiendo a la mayor nota obtenida en la primera parte de la
prueba, de carácter teórico.
- b) Convocatoria de nuevos aspirantes en formación: los
empates se resolverán atendiendo a la mayor antigüedad que tengan reconocida a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en la
convocatoria. De mantenerse éste, se resolverá atendiendo a la mayor nota
obtenida en la primera parte de la prueba, de carácter teórico.
- c) De persistir el empate con los criterios establecidos
anteriormente, se resolverá mediante un único sorteo celebrado al efecto por el
Tribunal Calificador. Entre todas las personas igualadas se seleccionará una al
azar. Todos los empates se desharán atendiendo al orden alfabético, partiendo
de los apellidos y nombre de la persona seleccionada en el sorteo. Los
resultados del mismo se harán públicos en la reseña de la convocatoria de la
página Web y en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra.
6.2. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal
publicará en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra y en la página Web
de Internet del Gobierno de Navarra (www.navarra.es), en la reseña de la convocatoria,
de forma separada, las siguientes relaciones:
- –Relación de personas que han superado la prueba relativa a
la convocatoria de contratación temporal, por orden de puntuación total
obtenida.
- –Relación de personas que han superado la prueba relativa a la
convocatoria de nuevas aspirantes a la formación en situación de servicios
especiales, por orden de puntuación total obtenida.
Asimismo, el Tribunal remitirá las relaciones a que se
refiere la presente norma al Director General de Función Pública para su
aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.
Séptima.–Listas de aspirantes al desempeño de puestos de
trabajo de Oficial de Mantenimiento.
7.1. Listas definitivas:
Recibido el expediente completo del proceso selectivo, se
aprobarán las listas de aspirantes por Resolución del Director General de
Función Pública, que se publicará, en el tablón de anuncios del Gobierno de
Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona) y en la página
Web de Internet del Gobierno de Navarra (www.navarra.es), en la reseña de la
convocatoria.
7.2. Llamamiento:
El llamamiento de las personas que figuren en las relaciones
a que se refiere la presente norma se realizará de acuerdo con lo establecido
en las bases de las convocatorias aprobadas por la presente Resolución y
garantizando, en todo caso, la prioridad en el llamamiento de quienes aspiren a
la formación sobre quienes aspiren a la contratación temporal.
Las personas que resulten llamadas deberán presentar la
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación
exigidos en su respectiva convocatoria aportando fotocopia compulsada del
título de Técnico Superior de alguna de las familias profesionales de
Electricidad y Electrónica, Energía y Agua, Instalación y Mantenimiento,
Madera, o título declarado equivalente o del resguardo de haber satisfecho los
derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación
de solicitudes.
Las personas que no cumplan con los requisitos exigidos
serán excluidas del procedimiento selectivo por Resolución del Director General
de Función Pública y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de
su participación en la correspondiente convocatoria.
Para desempeñar temporalmente aquellas plazas de Oficial de
Mantenimiento en las que se determine que es necesario estar en posesión del
permiso de conducir de la clase B, en el momento del llamamiento se exigirá
como requisito que tengan dicho permiso.
Octava.–Tiempo máximo en situación de servicios especiales
para la formación.
8.1. Quienes accedan al segundo periodo de formación de 4
años, en ningún caso podrán permanecer más de 10 años en situación de servicios
especiales para la formación, con independencia de que durante ese periodo de
tiempo hayan ocupado más de un puesto de trabajo.
8.2. Quienes tengan derecho a permanecer hasta 6 años en
situación de servicios especiales para la formación, en ningún caso podrán
superar ese período máximo aunque durante el mismo hayan ocupado más de un
puesto de trabajo.
Novena.–Recursos.
Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal
calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de
Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
la publicación o notificación del acto recurrido.
Contra las convocatorias, sus bases y los actos de
aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá
interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e
Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la
publicación o notificación del acto recurrido.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57
de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Pamplona, 8 de abril de 2015.
El Director General de Función
Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.
ANEXO I: TEMARIO OFICIAL DE MANTENIMIENTO
Tema 1.–Albañilería y Pintura. Materiales de construcción y
herramientas de albañilería: Uso y mantenimiento. Principales reparaciones de
albañilería. Conceptos generales de pintura decorativa: Materiales, pinturas,
barnices, masillas, disolventes y decapantes. Elección de la pintura adecuada.
Herramientas específicas de pintura: Herramientas manuales y herramientas
mecánicas. Mantenimiento de los útiles y herramientas de pintura. El trabajo de
pintura: Preparación del soporte, métodos de pintado sobre diferentes
superficies. Limpieza y conservación de pinturas. Defectos en la aplicación de
pinturas y reparaciones más frecuentes.
Tema 2.–Fontanería y Calefacción. Conceptos generales,
instalaciones de agua de consumo en edificios (ACS y AFCH), redes de
saneamiento, averías y reparaciones básicas en las instalaciones de fontanería:
Averías en tuberías, averías en desagües, ruidos en las instalaciones, averías
en elementos singulares de las instalaciones. Mantenimiento de instalaciones de
gas (operaciones de usuario).Sistemas de calefacción centralizados: Elementos
en sala de calderas e identificación de componentes, circuitos básicos de
calefacción, reconocimientos básicos de funcionamiento, mantenimiento
(operaciones de usuario). Sistemas de calefacción autónomos: Emisores
eléctricos para calefacción.
Tema 3.–Instalaciones de climatización y ventilación.
Equipos de aire acondicionado: Tipos, principios de funcionamiento,
mantenimiento (operaciones de usuario). Instalaciones de ventilación: Tipos y
mantenimiento (operaciones de usuario).
Tema 4.–Mantenimiento para la prevención y control de la
legionelosis. RD 865/2003. Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y
control de la legionelosis: El Decreto Foral 54/2006, de 31 de julio. Criterios
básicos de mantenimiento de instalaciones: Medidas preventivas, programas de
mantenimiento y registro de operaciones. Orden SCO/317/2003 y Orden Foral
126/2009 por las que se regula el procedimiento de homologación de los cursos
de formación y de renovación de formación del personal que realiza las
operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones de riesgo
frente a la legionella.
Tema 5.–Electricidad: Conceptos básicos. Glosario y
definiciones. Transporte eléctrico: Conductores, aislantes y canalizaciones.
Herramientas y útiles de mantenimiento eléctrico. Averías y reparaciones
básicas. Instalaciones eléctricas. De alta tensión: Concepto y tipos. De baja
tensión: Concepto y clasificación. Instalaciones de enlace en los edificios:
Acometidas, cajas generales de protección, línea general de alimentación,
derivaciones individuales, contadores y dispositivos generales de mando y
protección. Instalaciones interiores: Prescripciones generales, sistemas de
instalación, tubos y canales protectores, protección de instalaciones y
protección contra contactos directos e indirectos. Iluminación: Características
de las lámparas, componentes de las lámparas, tipos de lámparas, elementos de
alumbrado, instalaciones de alumbrado interior y exterior y ahorro de energía
en iluminación.
Tema 6.–Carpintería de madera. Conceptos generales: Glosario
de términos. Útiles y herramientas básicas de carpintería. Herramientas
manuales. Herramientas eléctricas. Materiales de carpintería: Aglomerados y
maderas. Revestimientos de carpintería. Tipos, colocación y cuidados. Puertas y
ventanas. El trabajo de carpintería: Técnicas básicas de carpintería. Pintura y
acabados de carpintería. Trabajos en puertas, ventanas y persianas. Suelos de
madera, puertas y ventanas. Trabajos de mantenimiento y reparaciones más
frecuentes. Cuidado y conservación de muebles.
Tema 7.–Cerrajería y metalistería. Materiales y herrajes:
Sujeciones mecánicas, bisagras, cerraduras, pernios, pestillos, cerrojos y
otros herrajes para puertas. Herramientas y útiles utilizados en cerrajería.
Tareas básicas: Uniones fijas: Soldaduras, remachado, plegado y encolado,
uniones articuladas (abisagrado), uniones desmontables, colocación de
cerraduras y otras tareas con herrajes. Reparaciones y mantenimiento: De cerraduras,
de elementos mecánicos y piezas y reparación de enrejados. Cristalería.
Herramientas de cristalería. Limpieza de cristales. Materiales de cristalería.
Trabajos de cristalería: Almacenamiento de vidrio, cortado y pulido de
cristales y colocación de cristales y espejos. Mantenimiento de vidrios: Con
tratamientos especiales, puertas de cristal y claraboyas y lucernarios.
Tema 8.–Ley de Prevención de Riesgos Laborales, derechos y
obligaciones de los trabajadores. Medidas de seguridad en el puesto de trabajo:
Manejo de cargas, andamios de caballetes y borriquetas, escaleras, seguridad en
el manejo de herramientas manuales, seguridad en el manejo de máquinas
herramientas eléctricas, EPI’s, manejo de sustancias y materias primas:
Productos químicos tóxicos y peligrosos, etiquetado y ficha de seguridad y
señalización de seguridad.
Tema 9.–Emergencias. Incendios. El plan de autoprotección.
Actuación personal en caso de incendio y evacuación de edificios. Elementos en
un fuego. Tipos de fuego. Medios de extinción: Extintores, BIE’s, columna seca
e hidrante. Protección contra el fuego: Señalización, detección y alarma.
Mantenimiento de instalaciones. Seguridad en edificios públicos: Seguridad
privada, sistemas de seguridad y alarma de intrusión y control de accesos.
Tema 10.–Aparatos de tecnología audiovisual. Manejo básico,
conexión y puesta en funcionamiento de equipos de imagen y sonido: Proyectores
de transparencias y diapositivas, pizarras digitales, videoproyectores y
equipos TV. Telecomunicaciones y Equipos informáticos: Identificación de
componentes, conexión eléctrica e interconexión, cableado estructurado. Red de
voz y datos. Telefonía. Centrales y terminales telefónicos. Conexión y puesta
en marcha.
ANEXO II: MODELO DE INSTANCIA
Al Gobierno de Navarra - Departamento de Presidencia,
Justicia e Interior - Dirección General de Función Pública.
Solicitud para participar en la convocatoria de contratación
temporal del puesto de trabajo de .................... publicada en el Boletín
Oficial de Navarra número ................ de fecha
1) Datos personales.
N.º DNI ................ Nacionalidad ............ Fecha
nacimiento
Domicilio .................................. Localidad
Provincia ........................................ Código
Postal
2) Acreditación de discapacidad. (únicamente cuando proceda)
--- Que
padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.
--- Que
por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los
motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la
minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).
3) Plazas en vascuence. (Únicamente cuando lo contemple la
convocatoria).
Que solicita optar también a puestos con requisito de
vascuence y a tal fin manifiesta que:
--- Está
en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida
oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).
--- Ha
superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve
“urrats” de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio
1).
---Solicita
realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.
4) Asimismo manifiesta:
Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le
incapacite para el ejercicio del cargo, ni está incurso en ninguna de las
incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.
Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado ni
suspendido para el ejercicio de las funciones públicas.
Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria
y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de
expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.
--- No
poseo la nacionalidad española. Juro / prometo no estar sometido a sanción
disciplinaria o condena penal que me impida el acceso a la Función Pública en
............................................... (País de origen).
Pamplona, a ...................................... de
......................... de ......
- Adjuntar a la instancia una fotocopia del DNI
- En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que
los datos recogidos en este documento, y en otros que posteriormente sean
necesarios en orden a la gestión de una futura relación de servicios con la
Administración, se introducirán en un fichero automatizado de datos,
correspondiendo la responsabilidad de su correcta utilización a la Dirección
General de Función Pública del Gobierno de Navarra, quien garantiza la
confidencialidad de los mismos. El titular de los datos queda informado de su
facultad de ejercer, en cualquier momento el derecho de acceso, rectificación,
cancelación y oposición de conformidad con la citada normativa.
ANEXO III: MODELO DE INSTANCIA
Al Gobierno de Navarra - Departamento de Presidencia,
Justicia e Interior - Dirección General de Función Pública.
Solicitud para participar en la convocatoria de nuevos
aspirantes en formación del puesto de trabajo de ....................................
publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ................ de fecha
1) Datos personales.
N.º DNI ................ Nacionalidad ............ Fecha
nacimiento
Domicilio .................................. Localidad
Provincia ........................................ Código
Postal
2) Datos del puesto de trabajo para el que fue nombrado.
Nivel ..........................
3) Acreditación de discapacidad. (Únicamente cuando
proceda).
--- Que
padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.
--- Que
por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los
motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la
minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).
4) Plazas en vascuence. (Únicamente cuando lo contemple la
convocatoria)
Que solicita optar también a puestos con requisito de
vascuence y a tal fin manifiesta que:
--- Está
en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida
oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).
--- Ha
superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve
“urrats” de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio
1).
--- Solicita
realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.
5) Asimismo manifiesta:
Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la
convocatoria, distintas de aquellas por las que se encuentra en servicio
activo, y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la
fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.
Pamplona, a .......................... de
......................... de ............
- Adjuntar a la instancia una fotocopia del DNI.
- En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que
los datos recogidos en este documento, y en otros que posteriormente sean
necesarios en orden a la gestión de una futura relación de servicios con la
Administración, se introducirán en un fichero automatizado de datos,
correspondiendo la responsabilidad de su correcta utilización a la Dirección
General de Función Pública del Gobierno de Navarra, quien garantiza la confidencialidad
de los mismos. El titular de los datos queda informado de su facultad de
ejercer, en cualquier momento el derecho de acceso, rectificación, cancelación
y oposición de conformidad con la citada normativa.