ORDEN FORAL 8/2016, de 26 de enero, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se resuelve la fase de información pública del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la “Vía verde del Irati”, tramo Valle de Egüés-Sangüesa, promovido por los Ayuntamientos de Sangüesa, Liedena, Lumbier, Urraul Bajo, Lónguida, Aoiz, Lizoáin, Urroz Villa y Egüés, y se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados al levantamiento de actas previas y de ocupación.
Por Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 11 de junio de 2015,
se aprobó definitivamente el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal de
la “Vía verde del Irati”, tramo Valle de Egüés-Sangüesa. Así mismo se declaró
la utilidad pública e interés social del proyecto, así como la urgencia a
efectos de expropiación forzosa (Boletín Oficial de Navarra número 123, de 26
de junio de 2015).
Mediante Orden Foral 96/2015, de 19 de noviembre, del
Consejero de Desarrollo Económico, se inició la tramitación del procedimiento
expropiatorio de bienes y derechos afectados por el proyecto de referencia y se
sometió la relación de bienes y derechos afectados a información pública, por
un periodo de 15 días. (Boletín Oficial de Navarra número 241, de 2 de
diciembre de 2015).
El Servicio de Estudios y Proyectos informa que,
transcurrido este plazo de información pública, se han recibido las siguientes
alegaciones:
Alegación número 1.–M.ª Luisa Buldain Ezkurra.
Solicita el cambio del trazado de la Vía verde al otro lado
de la carretera de acceso a Uroz (NA-2324) con el fin de no afectar la finca de
su propiedad, teniendo en cuenta además que la otra finca es masa comunal.
Contestación:
Se desestima lo alegado. El PSIS tiene un trazado que ya fue
aprobado mediante el Acuerdo arriba referenciado, una vez cumplido el
correspondiente periodo de información pública, contando además con el informe
favorable de la Dirección General de Obras Públicas.
Alegación número 2.–Asunción Echarte Ozcoidi y Juan Jesús Echarte Ozcoidi.
a) Que son propietarios de la parcela catastral 118 de
polígono 19 de Lónguida y que se tenga en cuenta la naturaleza del terreno
afectado a la hora de la valoración, ya que se trata de un terreno de labor,
siendo el resto camino.
b) Que siendo propietarios de la parcela 85 del polígono 20
de Lónguida, solicitan se respeten los accesos a fincas que se realizan desde
la propia antigua vía del Irati.
Contestación:
a) En lo referido a la valoración de los bienes y derechos
afectados se estará a lo establecido en la normativa vigente, esto es, el Real
Decreto Legislativo 7/2015 de 30 octubre por el que se aprueba el texto
Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
b) Respecto a la segunda cuestión, la recuperación de la Vía
verde no va a impedir el acceso a fincas colindantes ni el tránsito de
vehículos agrícolas que podrán circular en las mismas condiciones que tienen
actualmente.
En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto
por el Servicio de Estudios y Proyectos, y en uso de las de atribuciones conferidas
por el artículo 2.2 del Decreto Foral 170/2015, de 3 de septiembre, por el que
se establece la estructura orgánica del Departamento,
ORDENO:
1.º Resolver la fase de información pública del Proyecto
Sectorial de Incidencia Supramunicipal de la “Vía verde del Irati”, tramo Valle
de Egüés-Sangüesa, promovido por los Ayuntamientos de Sangüesa, Liedena,
Lumbier, Urraul Bajo, Lónguida, Aoiz, Lizoáin, Urroz Villa y Egüés, en el
sentido expresado en la parte expositiva.
2.º Convocar a los titulares de bienes y derechos afectados
los días 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25 y 26 de febrero en los Ayuntamientos de
Sangüesa, Liedena, Lumbier, Urraul Bajo, Lónguida, Aoiz, Lizoáin, Urroz Villa y
Egüés, a fin de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación.
A dicho acto deberán acudir personalmente, o bien
representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su titularidad, (escritura pública,
certificación del Registro de la Propiedad, etc.), que correspondan al bien
afectado; pudiéndose hacer acompañar a su costa, si así lo estima oportuno, de
sus peritos y/o un Notario.
3.º Notificar la presente Orden Foral al Servicio de
Estudios y Proyectos, a la Sección de Expropiaciones, a los Ayuntamientos de
Sangüesa, Liedena, Lumbier, Urraul Bajo, Lónguida, Aoiz, Lizoáin, Urroz Villa y
Egüés y a los alegantes, instando su publicación en los tablones de anuncios
respectivos.
4.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de
Navarra y en uno de los diarios de mayor difusión editados en Navarra.
5.º Señalar que contra la presente Orden Foral, que no agota
la vía administrativa, los particulares podrán interponer recurso de alzada
ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente
al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial
de Navarra.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente
Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas,
quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su
notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de
Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el
Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 26 de enero de 2016.
El Consejero de Desarrollo
Económico,
Manuel Ayerdi Olaizola.