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viernes, 3 de abril de 2020

🌐 Boletín Informativo COVID19 para el sector turístico navarro 1/4/2020



 Suspensión de apertura al público y declaración de servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos en Navarra

Con el objetivo de garantizar la eficacia de las ordenes ministeriales sobre la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico y el mantenimiento de servicios esenciales se ha aprobado la Resolución 155E/2020, de 30 de marzo de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo.

  • En ella se establece que los establecimientos de alojamiento turístico que, en la fecha de declaración del estado de alarma, albergasen clientes alojados de manera estable y de temporada deberán comunicar dicha circunstancia al Registro de Turismo de Navarra.

  • Asimismo, deberán comunicar su cese de apertura al público que se producirá en el momento en que dicha clientela abandone el establecimiento, todo ello conforme a lo previsto en la Orden SND/257/2020.

  • Los establecimientos de alojamiento turístico no incluidos en el anexo de la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, modificado por la Orden TMA/305/2020, de 30 de marzo, podrán prestar alojamiento exclusivamente a los colectivos mencionados en los artículos 1 y 2 de la citada orden ministerial. Para lo que tendrán que comunicarlo mediante correo electrónico a la dirección turismo.comercio.covid19@navarra.es para que la Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo lo pueda poner en conocimiento de la ciudadanía.


Alojamientos turísticos declarados esenciales y aquellos que ofrecen otros servicios contemplados

Han sido declarados como servicios esenciales una serie de establecimientos turísticos con el objetivo de que presten alojamiento a personas trabajadoras que realicen determinadas labores, así a aquellas otras que se encuentren en algunos supuestos por los que deban desplazarse o que puedan necesitar asegurar alojamiento puntual con urgencia. (Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, cuyo anexo ha sido modificado por la Orden TMA/305/2020, de 30 de marzo)

¿Quiénes pueden ofrecer servicios esenciales?

Según la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo cuyo anexo ha sido modificado por la Orden TMA/305/2020, de 30 de marzo, se declaran como servicios esenciales una serie de establecimientos turísticos relacionados en su anexo y que deben y se comprometen a:

  • Estar cerrados al público general
  • Prestar alojamiento a personas trabajadoras que realicen determinadas labores, así a aquellas otras que se encuentren en algunos supuestos (artículos 1 y 2).
  • Prestar servicios de restauración y cualquier otro necesario para la correcta prestación del servicio, si están habilitados para ello a sus clientes alojados únicamente.
  • Podrán dar acceso a instalaciones y servicios de aseo y restauración a transportistas aunque no estén alojados.

Su inclusión en la lista es voluntaria y la misma Orden Ministerial prevé la posibilidad de modificación, revisión y actualización.

¿Qué tipo de establecimientos pueden entrar? De acuerdo con las últimas instrucciones del Ministerio, tan solo hoteles, hostales u hoteles-apartamento que presten servicios mínimos necesarios (alojamiento y servicios de restauración).

¿Cómo solicitarlo? Previa petición expresa del establecimiento mediante correo electrónico a turismo.comercio.covid19@navarra.es  indicando claramente todos tus datos y los del alojamiento.

Prestación del servicio por otros alojamientos

El resto de alojamientos turísticos podrán, si lo desean, prestar servicios a quienes se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 1 o 2 de la Orden SND/277/220 de 23 de marzo.

Dichos establecimientos NO tendrán la consideración de servicios esenciales y NO constarán en el listado anexo a la Orden.

  • Como quiera que existe, sin embargo, personal desplazado de sus domicilios por motivos de salud, trabajo u otros debidamente justificados, desde la Dirección General de Turismo, Comercio y Turismo, se ha redactado la Resolución RESOLUCIÓN 155E/2020, de 30 de marzo, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, para garantizar la eficacia de la Orden SND/257/2020, de 19 de marzo.

  • En virtud de la misma se ha realizado y publicado en turismo.coronavirus un listado que comprende los establecimientos declarados esenciales, más todos aquellos que ofertan sus servicios conforme a los criterios señalados. Este listado se irá actualizando con regularidad con las nuevas incorporaciones.

¿Cómo solicitarlo? Para solicitar la incorporación se deberá enviar un correo electrónico a turismo.comercio.covid19@navarra.es.  En el que se incluyan el nº de registro del establecimiento, nombre comercial y localidad.

  • Se recuerda y se advierte de que ningún establecimiento puede alojar en estos momentos a personas que no se encuentren en las circunstancias previstas en esta Orden Ministerial y que, el hacerlo, además de una irresponsabilidad, puede suponer la incoación de un expediente sancionados por parte de las fuerzas de Seguridad.

  • Para todos los establecimientos que decidan prestar servicios es preciso recordar que tienen la obligación de observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el ministerio de sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19.




Comunicación e interlocución para el sector turístico


En estos momentos complejos es especialmente importante conocer las necesidades del sector turístico y cómo afectan las diferentes medidas adoptadas.

Por eso estamos trabajando en comunicación permanente con el sector y en interlocución con diferentes agentes y entidades, tanto a nivel autonómico como estatal, en ámbitos como Salud, Derechos Sociales, Administración…

Os animamos a seguir contactando con nosotros y trasladarnos vuestras necesidades.

Teléfono y un mail de comunicación directa para el sector: 

  • Atención de Turismo y Comercio. Teléfono: 848 42 80 16. Horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:30. Sábados y domingos de 10:00 a 14:00.
  • Correo electrónico: turismo.comercio.covid19@navarra.es


Para cuestiones relacionadas con Consumo: 


Teléfono de atención a la ciudadanía en relación al COVID19: 012




Canales de comunicación directa para el sector

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848 42 80 16
Horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:30
Sábados y domingos de 10:00 a 14:00
Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial del Gobierno de Navarra
Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno de Navarra


COVID19 informazio-buletina 

COVID19 buruzko zuzeneko komunikazio bideak turismo-sektorearentzat

Turismo, Merkataritza eta Kontsumoko Zuzendaritza Nagusitik buletin berezi batzuk abian jarri ditugu, COVID19ren ondorioz turismo-sektoreari eragiten dioten ekimenen eta neurrien berri emateko.

 Halaber, sektorerako zuzeneko komunikaziorako telefono bat eta mezu elektroniko bat gaitu ditugu:

  • Turismo eta Merkataritza arreta. Telefonoa: 848 42 80 16. Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 8:30etik 14:30era. Larunbat eta igandetan, 10:00etatik 14:00etara.


Kontsumoarekin lotutako gaietarako:

COVID19ari buruz herritarrei arreta emateko telefonoa: 012

Egoera aldakorra denez, edozein zalantza galdetzera eta une zail hauetan dituzuen kezkak eta behar praktikoak partekatzera animatzen zaituztegu.


Sektorearentzako zuzeneko komunikazio-kanalak

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848 42 80 16
Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 8:30etik 14:30era Larunbat eta igandetan, 10:00etatik 14:00etara
Nafarroako Gobernuko Garapen Ekonomiko eta Enpresarialeko Departamentua
Turismo eta Merkataritzaren Zuzendaritza Nagusia

 www.turismo.navarra.es