Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos en el marco del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación.
Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 26 de abril de 2016, páginas
21129 a 21130 (2 págs)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-B-2016-16893
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y
20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index BDNS(Identif.):304405. ):
Primero. Beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas pertenecientes al sector
privado, que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme
a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General
de Telecomunicaciones.
Segundo. Objeto.
Extensión de la cobertura de las redes de acceso de nueva
generación (NGA) a zonas sin cobertura actual ni prevista, en alguna de las
siguientes modalidades: redes de acceso de muy alta velocidad (100Mbps o
superior), redes de acceso de alta velocidad (más de 30Mbps e inferior a
100Mbps) o redes de sólo backhaul adecuadas para las conexiones de alta y de
muy alta velocidad (100Mbps o superior).
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras se recogen en la Orden IET/1144/2013,
de 18 de junio, modificada por la Orden IET/241/2014, de 13 de febrero, y por
la Orden IET/275/2015, de 17 de febrero. En el portal de ayudas del MINETUR se
facilitan los enlaces de estas órdenes al BOE, así como un texto consolidado
(versión no oficial) para facilitar su consulta.
http://www.minetur.gob.es/PORTALAYUDAS/BANDA-ANCHA/NORMATIVA/Paginas/Bases.aspx
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total disponible para esta convocatoria es de 63
millones de euros.
Esta cuantía está distribuida por comunidades Autónomas en
concordancia con la financiación FEDER prevista en el Programa Operativo FEDER
de Crecimiento Inteligente 2014-2020.
La intensidad máxima de las ayudas varía entre el 40% y el
55%, dependiendo de la Comunidad Autónoma.
En cada proyecto se podrán agrupar actuaciones del mismo
tipo que se vayan a llevar a cabo en diferentes zonas, sin exceder el ámbito
geográfico de una Comunidad Autónoma.
El presupuesto financiable máximo por proyecto es de 4
millones de euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Hasta el 30 de mayo de 2016
Sexto. Otros datos.
Las zonas susceptibles de actuación se publican en el portal
de ayudas del MINETUR:
El criterio de valoración de mayor peso es el de menor ayuda
por usuario beneficiado con la ampliación de la cobertura.
Entre las obligaciones de los beneficiarios se encuentra la
de proporcionar acceso mayorista efectivo a las infraestructuras
subvencionadas.
La duración de los proyectos podrá extenderse hasta el
31/12/2018, si fuera necesario.
El pago de la subvención se realiza en todos los casos con
carácter anticipado tras dictarse la resolución de concesión.
Como garantías, se exige depositar avales por un importe
cercano al 50% de la ayuda.
Para la acreditación de la realización se exige cuenta
justificativa con aportación de los justificantes de gasto y de pago, junto con
informe de auditor.
Descripción general: Tipos de proyectos
Los proyectos susceptibles de obtener ayuda, deben estar
encuadrados en una −y sólo una− de las tres líneas de actuación siguientes:
Línea A
Proyectos referidos al despliegue de redes de acceso de
nueva generación (NGA) de muy alta velocidad (100Mbps o superior). En estos
proyectos podrán incluirse los enlaces entre las centrales de conmutación y los
puntos de concentración intermedios anteriores al domicilio del usuario
(backhaul) con capacidad suficiente para proporcionar acceso mayorista a otros
operadores que lo soliciten.
Estos proyectos deberán desarrollarse en las zonas de
actuación elegibles para la línea A que figuran el apartado de “zonas
de actuación”.
(Municipios excluidos: Sangüesa-Zangoza)
Línea B
Proyectos referidos al despliegue de redes de acceso NGA
entre las centrales de conmutación y puntos de concentración intermedios
anteriores al domicilio del usuario (backhaul) adecuados para las conexiones de
alta velocidad (30 Mbps o superior) y de muy alta velocidad (100Mbps o
superior).
Estos proyectos deberán desarrollarse en las zonas de
actuación elegibles para la línea B que figuran el apartado de “zonas
de actuación”.
(Municipios excluidos: Aibar-Oibar; Eslava; Ezprogui; Leache-Leatxe;
Sada; Sangüesa-Zangoza y Yesa)
Línea C
Proyectos referidos al despliegue de redes de acceso NGA de
alta velocidad (30 Mbps o superior). En estos proyectos podrán incluirse los
enlaces entre las centrales de conmutación y los puntos de concentración
intermedios anteriores al domicilio del usuario (backhaul) con capacidad
suficiente para proporcionar acceso mayorista a otros operadores que lo
soliciten.
Estos proyectos deberán desarrollarse en las zonas de
actuación elegibles para la línea C que figuran el apartado de “zonas
de actuación”.
(Municipios excluidos: Sangüesa-Zangoza)