RESOLUCIÓN 169/2015, de 15 de abril, del Director General de Industria, Energía e Innovación, por la que se concede autorización administrativa previa para la extensión de redes de gas natural canalizado en el año 2015 en diversos municipios y núcleos urbanos de la Comunidad Foral de Navarra.
La empresa Gas Navarra S.A., en cumplimiento del artículo 2
de la ITC-ICG 01 del Reglamento técnico de distribución y utilización de
combustibles gaseosos aprobado por Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, ha
solicitado autorización para la extensión de redes de gas natural canalizado
durante el año 2015 en los siguientes municipios y núcleos urbanos de la Comunidad
Foral de Navarra: Ablitas, Aibar-Oibar, Allo, Altsasu/Alsasua, Andosilla,
Ansoáin-Antsoain, Berrioplano-Berriobeiti, Aoiz-Agoitz, Aranguren, Arbizu,
Arguedas, Arróniz, Artajona-Artaxoa, Ayegui-Aiegi, Azagra, Barañain, Baztán,
Bera, Berbinzana, Beriain, Berriozar, Bertizarana, Buñuel, Burlada-Burlata,
Cabanillas, Cadreita, Caparroso, Cárcar, Carcastillo, Cascante, Cáseda,
Castejón, Cintruénigo, Cizur, Corella, Cortes, Doneztebe/Santesteban, Egüés,
Estella-Lizarra, Esteribar, Etxarri Aranatz, Ezcabarte, Falces, Fitero,
Fontellas, Funes, Fustiñana, Galar, Huarte-Uharte, Igantzi, Irurtzun,
Iturmendi, Iza-Itza, Lakuntza, Larraga, Leitza, Lerín, Lesaka, Liédena, Lodosa,
Los Arcos, Lumbier, Marcilla, Mélida, Mendavia, Milagro, Miranda de Arga,
Monteagudo, Murchante, Murillo el Fruto, Noain, Olazti/Olazagutía,
Olite-Erriberri, Olza, Orkoien, Oteiza, Pamplona-Iruña, Peralta-Azkoien, Puente
la Reina-Gares, Ribaforada, San Adrián, Sangüesa-Zangoza, Santacara, Sartaguda,
Sesma, Sunbilla, Tafalla, Tiebas-Muruarte de Reta, Tudela, Tulebras, Uharte
Arakil, Urdiain, Valtierra, Viana, Villafranca, Villatuerta, Villava-Atarrabia,
Ziordia, Zizur Mayor-Zizur Nagusia.
Esta solicitud ha sido sometida a un período de información
pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 40
de 27 de febrero de 2014, en los diarios Diario de Navarra y Diario de Noticias
de 27 de febrero de 2015. Durante dicho período no se han recibido alegaciones.
Los datos básicos del proyecto son los siguientes:
Las instalaciones previstas son las extensiones de redes de
gas natural existentes, correspondientes al año 2015, proyectadas por Gas
Navarra S.A., cuya MOP sea inferior o igual a 5 bar y no incluyen las que han
sido o serán objeto de un proyecto específico.
La longitud total de estas redes asciende a 19.676 metros.
El presupuesto asciende a un millón quinientos veintitrés
mil cuatrocientos quince euros con setenta céntimos. (1.523.415,70 euros).
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las
atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de
diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
1. Otorgar a la empresa Gas Navarra S.A. autorización para
la construcción de instalaciones de extensión de redes de gas natural
canalizado durante el año 2015 en los municipios y núcleos urbanos citados
anteriormente.
2. Dentro del primer trimestre del año 2016 Gas Navarra S.A.
presentará a esta Dirección General un proyecto que contenga la documentación
técnica de las obras efectivamente realizadas en el año 2015, indicando la
fecha de puesta en servicio de cada una.
3. Esta autorización se ajustará a las siguientes
condiciones:
Primera.–En el plazo de dos meses, la empresa titular constituirá una garantía por valor de 30.468,31 euros, importe del 2 por ciento del presupuesto de las instalaciones para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. La fianza deberá depositarla en el Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo del Gobierno de Navarra y se devolverá a la empresa cuando se formalice el acta de puesta en marcha de las instalaciones.
Segunda.–La empresa cumplirá con las obligaciones que estrictamente se señalan en el Artículo 74 de la Ley del sector de hidrocarburos y en especial el apartado d) por el que Gas Navarra S.A. estará obligada a proceder a la ampliación de las instalaciones de distribución y facilitar las conexiones, en el ámbito geográfico de cada autorización, en condiciones de igualdad.Tercera.–La titular de la autorización tendrá como distribuidora los derechos y obligaciones que se recogen en el artículo 10 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.Cuarta.–Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y en especial las relativas a la Ordenación del Territorio y el Medio Ambiente.
4. Notificar esta Resolución a Gas Navarra S.A. con
domicilio en Avda. de Guipúzcoa, 40, 1.º, 31012 Pamplona, advirtiendo que
contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer Recurso de
Alzada ante la Consejera de Economía, Hacienda, Industria, y Empleo en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el
mismo el número del expediente.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra
para su general conocimiento.
Pamplona, 15 de abril de 2015.
El Director General de
Industria, Energía e Innovación, Iñaki Morcillo Irastorza.