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lunes, 27 de abril de 2015

Plazas en la Residencia Juvenil "Fuerte del Príncipe"

RESOLUCIÓN 246/2015, de 8 de abril, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se aprueban las bases de la Convocatoria para cubrir las plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil “Fuerte del Príncipe”, de Pamplona, así como el baremo para su admisión, para el curso escolar 2015-2016.


La Subdirección General de Juventud indica en un informe elaborado al efecto que desde el año 1987 se viene realizando una convocatoria de plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona, para aquellos estudiantes que tienen que desplazarse a Pamplona a realizar los estudios reglados durante el curso escolar.

Asimismo en el citado informe se indica que a dicha convocatoria podrán concurrir todos aquellos estudiantes universitarios y de enseñanzas medias que precisen trasladarse a Pamplona para proseguir estudios reglados que no puedan realizarse en la localidad de residencia habitual.

Por otra parte desde la Subdirección General de Juventud se indica que al objeto de aplicar el principio constitucional de igualdad de oportunidades a todos los solicitantes de plaza, siempre que estas solicitudes superen las 60 plazas ofertadas, procedería la aprobación del baremo para puntuar a todos los solicitantes presentados, baremo que se incluye en las bases de esta convocatoria.

Finalmente se indica en el informe de la Subdirección General de Juventud que todos aquellos que obtengan plaza de residente estudiante por la presente convocatoria están obligados a abonar en la cuenta de la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona las cantidades mensuales que vienen contempladas en las bases. Asimismo se verán obligados también a acatar el Reglamento de Funcionamiento Interno del Centro y las directrices que emanen desde los responsables del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 36/2012, de 2 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, modificado por Decreto Foral 16/2013, de 13 de febrero,

RESUELVO:

1.º Aprobar las bases de la convocatoria para cubrir las plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil “Fuerte del Príncipe” de Pamplona, del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, para el curso escolar 2015-2016, conforme a lo establecido en el anexo que acompaña a la presente resolución.

2.º Ordenar la publicación de las bases de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar la presente Resolución a la Subdirección General de Juventud y a la Sección de Administración y Gestión, a los efectos oportunos.
Pamplona, 8 de abril de 2015.–El Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, Pruden Indurain Larraya.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR LAS PLAZAS DE RESIDENTES-ESTUDIANTES EN LA RESIDENCIA JUVENIL FUERTE DEL PRÍNCIPE, DE PAMPLONA, DEL INSTITUTO NAVARRO DE DEPORTE Y JUVENTUD DEL DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS SOCIALES, PARA EL CURSO ESCOLAR 2015-2016

1.–Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto cubrir las plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil Fuerte del Príncipe de Pamplona, del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, durante el curso escolar 2015-2016.

2.–Centro.

Residencia Juvenil “Fuerte del Príncipe”, 31005 Pamplona, (Navarra) calle Goroabe, número 36.

3.–Solicitudes.

3.1. Se ofertan 60 plazas.

3.2. Podrán presentar solicitud para cubrir las plazas de residentes aquéllos que obtuvieron plaza de residente durante el curso 2014-2015, los estudiantes que vayan a cursar enseñanzas regladas no universitarias y aquéllos que vayan a cursar estudios universitarios en centros docentes oficiales ubicados en Pamplona, comprendidos entre los 14 y 30 años.

4.–Presentación de solicitud y documentación.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud (calle Emilio Arrieta, número 25, 31002 Pamplona), en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, conforme al modelo que se recoge en el Anexo I. Se podrán enviar por correo certificado, incluyendo en el anverso del sobre la referencia “Convocatoria de plazas de residentes-estudiantes en la Residencia Juvenil “Fuerte del Príncipe” de Pamplona, del Instituto Navarro de Deporte y Juventud”, siempre que la solicitud haya sido sellada y firmada por el funcionario de Correos antes de cerrarse el sobre, y se consigne este hecho dentro del plazo máximo de presentación de solicitudes mediante fax o telegrama dirigido a la Residencia “Fuerte del Príncipe”, calle Goroabe, número 36, 31005 Pamplona (Fax: 948 29 05 40).

5.–Documentación a presentar.

5.1. Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
  1. Solicitud de admisión.
  2. Fotocopia de DNI (nuevos solicitantes).
  3. Una fotografía tamaño carné, solo las nuevas solicitudes.
  4. Certificado de las calificaciones del curso 2014-2015 (Cuando se dispongan de ellas y, siempre antes del 15 de julio de 2015).
  5. En el supuesto de solicitudes de estudiantes que por primera vez opten a una plaza de residente, se incluirá certificado de las calificaciones del curso 2013-2014.
  6. Otra documentación que el solicitante considere de interés para avalar su solicitud.
5.2. En el supuesto de falta de documentación, se concederá un plazo de diez días naturales a partir del día siguiente a la notificación al interesado para la subsanación de la citada deficiencia. En caso de no subsanar la documentación requerida, se le tendrá por desistida de su petición.

6.–Valoración.

6.1. Una comisión integrada por el Subdirector General de Juventud, el Jefe de la Sección de Programas para Jóvenes y de Relaciones con Entidades y al Jefe del Negociado de Centros de Juventud, Responsable de la Residencia Juvenil “Fuerte del Príncipe”, estudiará las solicitudes presentadas y elevará su propuesta al Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

6.2. La comisión evaluará las solicitudes con arreglo a los siguientes criterios:
  • 6.2.1. En primer lugar tendrán preferencia las solicitudes de estudiantes que hubieran obtenido plaza y residido en la Residencia durante el curso escolar 2014-2015, siempre que no hubieran suspendido más de 2 asignaturas en ese curso, o en el supuesto de estudios universitarios hubieran aprobado el 45% de los créditos matriculados en el mismo 2014-2015 y no exista informe negativo motivado del Responsable de la Residencia.
    Aquellos que se matriculen en otros estudios reglados del régimen general diferentes a los que estuvo matriculado en el curso 2014-2015 tendrán que cumplir con las condiciones anteriormente citadas. Todo ello basándose en las calificaciones obtenidas en el mes de junio, que deberán entregarse antes del 15 de julio de 2015.

  • 6.2.2. En segundo lugar tendrán preferencia aquellas solicitudes procedentes de localidades que no tengan enseñanzas post-obligatorias no universitarias y ningún otro centro de estudios de estas características en la zona de influencia.

  • 6.2.3. En tercer lugar serán admitidas las solicitudes presentadas por nuevos residentes siempre que cumplan todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria y los recogidos en la base 6.2.1.
En caso de presentarse más solicitudes que plazas convocadas se tendrá en cuenta lo siguiente:
–Siempre que los solicitantes incluidos en los apartados 6.2.1 y 6.2.2 no superen el número máximo de plazas establecido en esta convocatoria tendrán prioridad para acceder a la Residencia y el resto de plazas, hasta completar las 60 convocadas, se otorgarán de acuerdo al baremo que se establece más adelante, entre los solicitantes incluidos en el apartado 6.2.3.
–En caso de que entre los solicitantes incluidos en los apartados 6.2.1 y 6.2.2 superen el número máximo de plazas establecido en esta convocatoria se aplicará el siguiente baremo entre los solicitantes incluidos en el apartado 6.2.2.

Baremo

a) Ser navarro/a o tener domicilio en Navarra en la fecha de 1 de enero de 2015, 10 puntos.
b) Calificaciones escolares (puntuación por curso):
  • –Nota media de 8,5 a 10: 12 puntos.
  • –Nota media de 7,1 a 8,4: 10 puntos.
  • –Nota media de 6,1 a 7: 8 puntos.
  • –Nota media de 5 a 6: 6 puntos.
c) Por tener un hermano en la Residencia durante el curso solicitado, 3 puntos.
d) Por inicio de ciclo educativo en Pamplona, 4 puntos.
e) Haber disfrutado de Beca del Departamento de Educación durante el curso escolar 2014-2015, 3 puntos.
f) Pertenecer a familia numerosa, 3 puntos.
g) Obligación de desplazarse a Pamplona.
  • –Para poder continuar los estudios y existir oferta de otra residencia pública, 5 puntos.
  • –Para poder continuar los estudios y no existir oferta de otra residencia pública, 10 puntos.
h) La comisión evaluadora, vistos los méritos de cada solicitante tendrá la potestad de conceder hasta un máximo de 5 puntos atendiendo a informes de instituciones oficiales que propongan la admisión del solicitante por su situación socio-familiar.
  • 6.2.4. Se podrá ampliar el número de plazas ofertadas en el caso de que la Subdirección General de Deporte no ocupe todas las plazas para residentes-deportistas.

7.–Resoluciones.

7.1. Resolución Provisional. Un vez reunida la Comisión de Valoración y analizadas todas las solicitudes, ésta propondrá al Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud la aprobación de la Resolución Provisional de admitidos.

Los estudiantes admitidos mediante la Resolución Provisional deberán presentar antes del 15 de septiembre de 2015 original y copia de la matrícula correspondiente a los estudios que el solicitante realizará conforme a lo estipulado en la base 3.2.
Estos podrán incorporarse a la Residencia con el inicio del curso escolar, de forma provisional, hasta que se apruebe la Resolución Definitiva.

7.2. Resolución Definitiva. Antes del 20 de octubre de 2015 se aprobará, mediante Resolución Definitiva del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, la relación definitiva de estudiantes admitidos. Transcurrido este plazo sin haberse resuelto expresamente la resolución, la solicitud se entenderá desestimada.

7.3. En el caso de quedar plazas vacantes una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, las que posteriormente se presenten serán admitidas por orden de fecha de entrada en el Registro del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
  • –Que no hubieran suspendido más de 2 asignaturas en el curso 2014-2015.
  • –En el supuesto de estudios universitarios que hubieran aprobado el 45% de los créditos matriculados en el curso 2014-2015.

8.–Adjudicación.

8.1. La adjudicación de las plazas quedará condicionada:
  • A que no exista informe alguno por parte del Responsable del Centro que desaconseje la incorporación del solicitante a la Residencia.
  • A la inexistencia de mensualidades pendientes de pago, correspondientes a estancias en cursos anteriores.
  • Al pago de una mensualidad básica de alojamiento y estancia en el plazo de los 30 días naturales siguientes a la notificación de la Resolución Provisional. Dicha mensualidad se corresponde con la del mes de mayo del año 2016.
  • A la presentación de la documentación complementaria (matrícula) conforme a lo estipulado en la base 7.1.
La adjudicación de plaza de residente da derecho a manutención y alojamiento durante el curso escolar, excepto en los períodos de Navidad, Semana Santa y verano. La Residencia permanecerá cerrada para los residentes-estudiantes en los siguientes períodos vacacionales: desde las 20:00 horas del 23 de diciembre de 2015 a las 15:00 horas del 6 de enero de 2016, y desde las 20:00 horas del 23 de marzo a las 15:00 horas del 3 de abril de 2016, no pudiendo permanecer nadie en ella, sin autorización del Responsable de la Residencia. Durante los meses de julio y agosto los estudiantes-residentes no tendrán derecho a plaza en la Residencia y durante este periodo se ajustarían a las normas y precios establecidos para los alberguistas en general.

El Instituto Navarro de Deporte y Juventud podrá determinar el cierre de la Residencia en aquellos periodos vacacionales o en fines de semana en los que la ocupación sea mínima, al objeto de rentabilizar recursos.

8.2. El Instituto Navarro de Deporte y Juventud podrá revocar total o parcialmente la autorización de uso concedida en los casos siguientes:
  • El uso indebido de las instalaciones.
  • Incumplimiento de las obligaciones, establecidas en la presente resolución.
  • Falseamiento de datos en la solicitud.
  • Incumplimiento del Reglamento de Funcionamiento Interno.
  • Consumo o tenencia de sustancias estupefacientes y bebidas alcohólicas en el Centro.

9.–Obligaciones de los residentes.

Los residentes quedan obligados a cumplir el Reglamento de Funcionamiento Interno de la Residencia y las instrucciones que en aplicación de las mismas dicte su Responsable. La Residencia estará abierta de siete a una treinta horas de domingo a miércoles; jueves, viernes, sábados y vísperas de festivos de siete a tres horas. Cualquier excepción requerirá la autorización expresa del Responsable de la Residencia.

Los residentes deberán abonar los precios de alojamiento y estancia oficialmente aprobados por el Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, antes del día 10 de cada mes, en la cuenta de la Residencia. Asimismo la empresa adjudicataria del servicio de cocina-comedor cargará mensualmente a los residentes los importes por los servicios de alimentación realizados.

En todo caso los precios para este curso escolar se aplicarán conforme a lo establecido en el acuerdo de Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, de 30 de diciembre de 2013, por el que se aprueba el régimen de precios máximos y tarifas de los centros adscritos al Instituto Navarro de Deporte y Juventud (Boletín Oficial de Navarra número 26, de 7 de febrero de 2014).

Para el curso escolar 2015-2016 se incluyen los siguientes conceptos y se tendrá en cuenta las características que se expresan a continuación:

–Alojamiento y estancia:

Los precios del 1 de octubre al 31 de mayo ambos inclusive son de 1.584,00 euros en habitación doble con servicios comunes, de 2.000,00 euros en habitación individual con servicios comunes y de 2.384,00 euros en habitación individual en la parte antigua y de 2.384,00 euros en habitación doble con baño en la parte nueva, divididos en mensualidades de 198,00 euros, 250,00 euros, 298,00 euros y 298,00 euros respectivamente. En estos precios está incluido el servicio de alojamiento y estancia, de lunes a domingo, excepto en épocas vacacionales. Los meses de septiembre y junio se abonarán por semanas de 50,00 euros en habitación doble con servicios comunes, 62,50 euros en habitación individual con servicios comunes, 75,00 euros en habitación individual con baño y 75,00 euros en habitación doble con baño. Aquellos residentes que vayan a estar el mes completo abonarán la misma cuota que el resto de mensualidades.

Estos precios estarán vigentes hasta que el Consejo de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud apruebe unos nuevos.

Ninguno de estos precios sufrirá descuento alguno como consecuencia de ausencias del residente durante el curso escolar por vacaciones, puentes, retraso en el comienzo del curso, enfermedades o cualquier otra circunstancia.

La responsabilidad de los pagos será exclusiva del residente aunque sean abonados por terceros.

En caso de renunciar a la plaza, una vez efectuado el pago de reserva o abandonar la Residencia antes del mes de mayo, no habrá derecho a la devolución de dicho pago de alojamiento y estancia.

Todos los jueves del curso escolar y vísperas de festivos, los residentes deberán comunicar en recepción si el fin de semana permanecerán en el Centro, cuándo se van y cuándo regresan de su domicilio.

–Alimentación:

Se abonará a la empresa adjudicataria del servicio mediante domiciliación bancaria.
El precio por los servicios de alimentación serán los siguientes:
–Desayuno: 2,61 euros.
–Comida: 8,25 euros.
–Cena: 7,18 euros.
–Pensión alimenticia completa, por día: 18,04 euros.

Estos precios podrán verse incrementados en 2016 con el IPC del año 2015.

Los precios máximos mensuales para el curso 2015-2016 serán los siguientes, contabilizándose desde el desayuno del lunes a la comida del viernes (no se incluyen festivos y vacaciones):
  • –Septiembre: se cobrará por servicios realizados.
  • –Octubre: 342,94 euros
  • –Noviembre: 332,08 euros
  • –Diciembre: 223,84
  • –Enero: 277,96 euros
  • –Febrero: 350,12 euros
  • –Marzo: 277,96 euros
  • –Abril: 332,08 euros
  • –Mayo: 368,16 euros
  • –Junio: se cobrará por servicios realizados
Los residentes que hubieran de realizar algún servicio de alimentación desde la cena del viernes a la cena del domingo lo deberán comunicar en recepción antes de las 10:00 horas del viernes.

El residente que no fuese a realizar algún servicio de alimentación, con el fin de que no se le cargue el mismo, deberá comunicarlo con 24 horas de antelación.

Los servicios de septiembre y junio se abonarán en función de los servicios de alimentación realizados.

La responsabilidad de los pagos será exclusiva del residente aunque sean abonados por terceros.

Los Residentes deberán comunicar en recepción, antes de la salida de fin de semana, puentes o festivos, si van a realizar algún servicio de alimentación.

10.–Normas generales.

La confirmación de la plaza por el residente implica la aceptación y el conocimiento del Reglamento de Funcionamiento Interno de la Residencia Juvenil.

Los residentes deberán rellenar un impreso para comunicar las ausencias programadas y en el caso de no incorporarse según lo previsto deberán comunicarlo de forma telefónica.
Los residentes deberán desalojar las habitaciones en épocas vacacionales de Semana Santa, Navidad y verano, no haciéndose responsable la residencia del material, prendas, accesorios, etc. que se quieran dejar en depósito.

No está permitido tener en las habitaciones otros aparatos electrónicos y eléctricos que no sean ordenadores personales y aparatos de sonido de pequeño tamaño. La Residencia no se responsabiliza de posibles deterioros o sustracciones.

La presentación de solicitudes implica la aceptación incondicional de la presente convocatoria y la declaración responsable de la exactitud y veracidad de los datos presentados.

11.–Recursos.

Contra la presente convocatoria y los actos de aplicación de la misma, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Políticas Sociales en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o notificación del acto, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

RESIDENCIA JUVENIL “FUERTE DEL PRÍNCIPE”, DE PAMPLONA

–Datos del solicitante:

Apellidos
Nombre ............................................................. DNI
Fecha de nacimiento .................... Lugar de nacimiento
Residente en
Domicilio ........................................................... CP
Teléfono .................................... Tlfno. Móvil
Correo electrónico

–Datos del padre/madre o representante legal:

Apellidos
Nombre ............................................................. DNI
Fecha de nacimiento .................... Lugar de nacimiento
Residente en
Domicilio ........................................................... CP
Teléfono .................................... Tlfno. Móvil
Correo electrónico
¿Plaza de nuevo residente? ---- ¿Renueva plaza? ----

–Datos académicos curso anterior:

Centro en el que estaba matriculado en el curso 2014-2015
Estudios de
Especialidad
Curso: ...........................

–Datos académicos del próximo curso:

Centro en el que está matriculado en el curso 2015-2016
Estudios de
Especialidad
Curso: ...........................
(Con la presente solicitud acepto las condiciones establecidas en las Bases de la Convocatoria para el acceso del solicitante, a la Residencia Juvenil “Fuerte del Príncipe” de Pamplona).

Pamplona, a ........................ de ......................... de 2015





(Firmado)