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viernes, 27 de marzo de 2015

Pruebas para Permiso de Conductor Profesional de Taxi

OPORTUNIDADES PARA EL EMPRENDIMIENTO



Resolución 86/2015. Bases para la realización de pruebas para la obtención del permiso de conductor profesional de taxi

MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA

(Anuncio publicado en BOLETÍN Nº 60 - 27 de marzo de 2015)

Con fecha 13 de marzo de 2015 el Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, adoptó la Resolución 86/2015, cuyo texto íntegro es el siguiente:

  • La Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, establece en su artículo 21 que la entidad competente en un Área Territorial de Prestación Conjunta, cuando así lo establezcan sus Ordenanzas, podrán exigir que los conductores, ya sean titulares de las licencias o asalariados, obtengan el correspondiente permiso de conductor profesional de taxi.
  • El artículo 18 de la Ordenanza reguladora del servicio de Taxi en el Área Territorial de Prestación Conjunta del Servicio de Taxi en la Comarca de Pamplona, regula el Permiso de Conductor Profesional del Taxi, estableciendo que para prestar el servicio de taxi es necesario disponer del permiso de conductor profesional de taxi. Por su parte, el artículo 7.2 de la mencionada Ordenanza exige este permiso para ser titular de una licencia.
  • De conformidad con los artículos 20.20 de los Estatutos de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, 28.20 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y el artículo 21.1 s) de la LBRL (de aplicación conforme al artículo 8.2 de la LFAL), la competencia corresponde al Presidente.
Por todo lo expuesto,

HE RESUELTO:

1. Aprobar la convocatoria y las bases para la realización de pruebas para la obtención del Permiso de Conductor Profesional del Taxi en el Área Territorial de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona.

2. Disponer la publicación de la Convocatoria y las Bases en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Indicar que, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Resolución pone fin a la vía administrativa, y que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 333 de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, se podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Navarra, dentro del periodo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución, pudiendo, previa y potestativamente, interponer bien recurso de reposición ante el Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona o bien recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en ambos casos dentro del plazo de un mes.”

Pamplona, 13 de marzo de 2015.–El Presidente, José Muñoz Arias.

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA REALIZACION DE LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCION DEL PERMISO DE CONDUCTOR PROFESIONAL DE TAXI DEL ÁREA TERRITORIAL DE PRESTACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE TAXI DE LA COMARCA DE PAMPLONA

Primera.–Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto la realización de las pruebas para la obtención del Permiso de Conductor Profesional de Taxi del Área Territorial de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona.

Segunda.–Requisitos.

Para ser admitidos a las pruebas, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • 1. Tener la nacionalidad española o bien la de un Estado de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en Acuerdos, Tratados o Convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito o, en otro caso, contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, resulten suficientes para amparar la realización de la actividad de transporte en nombre propio o ajeno.
  • 2. Disponer de carné de conducir suficiente expedido por el órgano competente en materia de tráfico y seguridad vial.

Tercera.–Presentación de las solicitudes y documentación.

Las solicitudes para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, calle General Chinchilla, 7, de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en el plazo de 30 días naturales desde la publicación de la presente convocatoria.

Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo I.

Podrán presentar solicitud de adaptación de las pruebas aquellas personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%.

Además de la solicitud, los solicitantes deberán presentar la documentación que a continuación se detalla:

  1. –Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad (o documentos oficiales que acrediten el cumplimiento del requisito establecido en el punto primero de la base segunda).
  2. –Fotocopia compulsada del carné de conducir BTP.
  3. –Justificante de haber abonado a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona la cantidad de 25,20 euros en concepto de participación en las pruebas para la obtención del Permiso de Conductor Profesional de Taxi. El pago se puede hacer mediante transferencia a la cuenta de la MCP número ES 67 2100 9161 46 2200124523; o bien mediante pago en la Caja situada en la oficina de Navas de Tolosa, número 29, bajo.
  4. –1 fotografía tamaño carné en papel o en soporte digital con formato JPG o TIF. En ambos casos debe constar el nombre y el número del DNI (reverso de la fotografía o nombre del archivo).
  5. –Opcional: Si ha solicitado la adaptación de las pruebas, documento en que se especifiquen los motivos de la discapacidad así como las adaptaciones que se solicitan y los documentos que acrediten la discapacidad alegada.

Cuarta.–Lista provisional y definitiva de admitidos y excluidos.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la lista provisional de admitidos y excluidos se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (calle General Chinchilla, 7, de Pamplona), así como en el tablón de anuncios de su sede electrónica (https://sedeelectronica.mcp.es/), en el plazo de 7 días naturales.
Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido dentro de los 7 días naturales siguientes.
La lista definitiva de admitidos y excluidos se hará pública, de igual forma, 7 días naturales después de finalizar el plazo para presentar reclamaciones. En el caso de no haber excluidos, la lista provisional pasará a ser definitiva, y así se indicará en la lista.

Quinta.–Tribunal.


  • El tribunal que presidirá la realización de las pruebas estará compuesto por los siguientes miembros:
–Presidente: Don José Muñoz Arias. Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.
–Suplente: Don Antonio María Goicoechea Armendáriz. Vicepresidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.
–Vocales:
Don Pedro Luis Rezusta Zudaire. Técnico de Planificación y Estudios del Departamento de Transporte de Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A.
Don Joaquín Galarza Berasain. Técnico de Recursos Humanos de Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A.
Doña Raquel Ripa Azanza. Letrada adscrita a la Asesoría de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.
–Suplentes:
Don Jesús Velasco Pérez. Director del Departamento de Transporte de Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A.
Don Manuel Iribarren Oscoz. Director de Organización de Servicios de la Comarca de Pamplona, S.A.
Doña Teresa Donázar Pascal. Secretaria General de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.
–Secretario: Don Fernando Chueca Inchusta. Asesor Jurídico de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.
–Suplente: Doña María Ángeles Agundez Caminos. Directora de la Asesoría Jurídica de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Sexta.–Contenido de las pruebas.

Las pruebas para la obtención del Permiso de Conductor Profesional del Taxi del área de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona, consistirán en:
–Examen tipo test que versará sobre el contenido del programa oficial que se incluye en el Anexo II de las presentes bases.
–Examen tipo test que versará sobre el contenido del programa oficial que se incluye en el Anexo III de las presentes bases.
–Una prueba de evaluación del perfil psicológico.

Séptima.–Estructura de los ejercicios.

La primera prueba consistirá en contestar a 25 preguntas tipo “test”, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias contenidas en el Anexo II de las presentes Bases. Para la realización de esta prueba no se permitirá la consulta de ningún texto.
La segunda prueba consistirá en contestar a 25 preguntas tipo “test”, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias contenidas en el Anexo III de las presentes Bases. Para la realización de esta prueba no se permitirá la consulta de ningún texto.
La tercera prueba consistirá en un cuestionario de personalidad.
El Tribunal determinará la duración máxima de cada ejercicio en el momento de su realización.
Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad que lo hubieran pedido en la solicitud, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Octava.–Calificación de los ejercicios.


  1. La primera prueba se valorará de 0 a 25 puntos y se considerará superada cuando el examinando obtenga una puntuación igual o superior a 13. Las respuestas erróneas no tendrán penalización. Esta prueba tiene carácter eliminatorio, quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación igual o superior a 13 puntos.
  2. En caso de que sea anulada alguna de las preguntas y que el número de preguntas sea impar, para superar la prueba, será necesario obtener una puntuación superior a la mitad de las preguntas que queden. En caso de que el número de preguntas que queden sea par, para superar la prueba, será necesario obtener una puntuación igual o mayor a la mitad de las preguntas que queden.
  3. La segunda prueba se valorará de 0 a 25 puntos y se considerará superada cuando el examinando obtenga una puntuación igual o superior a 13. Las respuestas erróneas no tendrán penalización. Esta prueba tiene carácter eliminatorio, quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación igual o superior a 13 puntos.En caso de que sea anulada alguna de las preguntas y que el número de preguntas sea impar, para superar la prueba, será necesario obtener una puntuación superior a la mitad de las preguntas que queden. En caso de que el número de preguntas que queden sea par, para superar la prueba, será necesario obtener una puntuación igual o mayor a la mitad de las preguntas que queden.
  4. La tercera prueba se valorará con el resultado de “apto” o “no apto”. Esta prueba tiene carácter eliminatorio, quedando eliminados aquellos aspirantes cuya valoración sea “no apto”.

Novena.–Fechas y lugar de realización de las pruebas.

El lugar, fecha y el horario concreto de la realización de las pruebas se publicará junto con la lista definitiva de admitidos en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (calle General Chinchilla, 7, de Pamplona), así como en el tablón de anuncios de su sede electrónica (https://sedeelectronica.mcp.es/). Las 3 pruebas se llevarán a cabo el mismo día.
Los aspirantes que acudan a la realización de las pruebas deberán ir provistos de su Documento Nacional de Identidad, o equivalente, en vigor.
Los aspirantes que no acudan a la realización de las pruebas, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, quedarán excluidos.

Décima.–Relación de aprobados.

Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (calle General Chinchilla, número 7), así como en el tablón de anuncios de su sede electrónica (https://sedeelectronica.mcp.es/), la relación de aprobados. Dicha relación se hará con los números del D.N.I. de los aspirantes.
La Resolución del Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona aprobando la relación de aspirantes que han superado las pruebas se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. La Resolución del Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona aprobando la relación de aspirantes que no han superado las pruebas se notificará personalmente a los interesados.

Estas Resoluciones ponen fin a la vía administrativa, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 333 de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, podrá interponerse Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Navarra, dentro del periodo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución, pudiendo, previa y potestativamente, interponer bien recurso de reposición ante el Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona o bien recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en ambos casos dentro del plazo de un mes.

ANEXO I: SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO DE CONDUCTOR PROFESIONAL DE TAXI DEL ÁREA TERRITORIAL DE PRESTACIÓN CONJUNTA DE LA COMARCA DE PAMPLONA



Don/Doña ........................................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ............ (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ...... de ...... de ........, natural de ........ (.......), nacionalidad ....................., con domicilio actual en .................. (................), calle ..............................., código postal ..............., teléfono ............. y teléfono móvil .......

Comparece y como mejor proceda, dice:


  • Que solicita ser admitido/a a la convocatoria de pruebas para la obtención del Permiso de Conductor Profesional de Taxi del Área Territorial de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ........., de fecha ........ de ........ de ......
  • Que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
  • Que junto con la presente solicitud, presenta la documentación que a continuación se indica:
1. ..................................... (Documentación acreditativa del cumplimiento del requisito establecido en el apartado primero de la base segunda).

2. Fotocopia compulsada del carné de conducir BTP.

3. Justificante de haber abonado a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona la cantidad de 25,20 euros en concepto de participación en las pruebas para la obtención del Permiso de Conductor Profesional de Taxi.

4. 1 fotografía tamaño carné en papel o en soporte digital con formato JPG o TIF. En ambos casos debe constar el nombre y el número del DNI (reverso de la fotografía o nombre del archivo).

Opcional: Que padece alguna discapacidad, por lo que solicita la adaptación de las pruebas (en folio aparte se han de especificar los motivos de la discapacidad así como las adaptaciones que se solicitan y los documentos que acrediten la discapacidad alegada).

Por lo expuesto,

Solicita ser admitido/a a las pruebas para la obtención del Permiso de Conductor Profesional de Taxi del Área Territorial de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona.
..............................., ....... de ........... de ........
Firma

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa:
Que los datos personales facilitados se recogen y tratan en ficheros responsabilidad de la MCP, con la única finalidad de gestionar la petición presentada. Los datos facilitados no serán objeto de cesión a terceros. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos, dirigiendo un escrito al Registro General de la MCP, calel General Chinchilla, 7, 31002 Pamplona, en el e-mail mcp@mcp.es o en la Sede Electrónica de la MCP en https://sedeelectronica.mcp.es/, manifestando su petición al efecto. La existencia de una “Solicitud” firmada por el interesado, autoriza expresamente a la MCP, al tratamiento de los datos presentados para la gestión de dicha solicitud.


ANEXO II: TEMARIO PRIMERA PRUEBA

–Ley Foral 9/2005 de 6 de julio de 2005 (Boletín Oficial de Navarra número 84 de 15 de julio de 2005 y número 133 de 12 de julio de 2013).
–Ordenanza reguladora del servicio de taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona (Boletín Oficial de Navarra número 50 de 13 de marzo de 2015).
–Las tarifas del servicio de taxi en el área territorial de prestación conjunta de la Comarca de Pamplona (Boletín Oficial de Navarra número 128 de 5 de julio de 2013).
–Ordenanza fiscal reguladora de las tasas sobre taxis en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona (Boletín Oficial de Navarra número 155, de 22 de diciembre de 2008 y número 168 de 8 de agosto de 2014).
–Conocimientos de aspectos contables y fiscales básicos.

  • 1. Obligaciones fiscales de los trabajadores autónomos. Para el inicio de la actividad. Obligaciones fiscales periódicas.
  • 2. Obligaciones contables y registrales de los trabajadores autónomos. Libros registro de IRPF. Libros IVA.
  • 3. Requisitos formales de la factura.

ANEXO III: TEMARIO SEGUNDA PRUEBA

–Ordenanza técnica del servicio de taxi en el área territorial de prestación conjunta del servicio de taxi en la Comarca de Pamplona (Boletín Oficial de Navarra número 50 de 13 de marzo de 2015).
–Conocimientos geográficos:

  • 1. Conocimiento geográfico del ámbito del Área Territorial de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona (Municipios, Concejos...).
  • 2. Conocimiento del callejero de los principales municipios del Área de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona.
  • 3. Conocimiento de lugares de interés para el servicio de taxi. (Lugares de interés turístico, oficinas públicas, centros hospitalarios, centros oficiales, hoteles, polígonos industriales, centros comerciales y de ocio...).
  • 4. Itinerarios actuales más directos para la prestación del servicio.