RESOLUCIÓN 8/2015, de 26 de enero, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se aprueban las convocatorias de acceso libre a las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas de 2015, en la Comunidad Foral de Navarra.
Las órdenes forales 88/2007, de 4 de julio, y
149/2008, de 11 de septiembre, establecen que la inscripción para la obtención
del certificado de los niveles básico, intermedio y avanzado del alumnado libre
se llevará a cabo en la forma, condiciones y fechas que para ello dicte el
Departamento de Educación.
La Orden Foral 220/2011, de 2 de diciembre, regula
la organización de las pruebas certificativas de acceso libre a las enseñanzas
de idiomas en la Comunidad Foral.
Con el fin de garantizar la correcta organización y
aplicación de las pruebas certificativas de las enseñanzas de idiomas para el
alumnado de acceso libre, se establece el procedimiento y calendario para su
regulación en 2014-2015.
En virtud de las facultades conferidas en el
artículo 8 c) del Decreto Foral 132/2011, de 24 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,
RESUELVO:
1.º Convocar las pruebas ordinaria y extraordinaria
de acceso libre de 2015 para la certificación de niveles de enseñanzas de
idiomas.
2.º Aprobar las bases y calendario que figuran como
anexo a esta Resolución.
3.º Las escuelas oficiales de idiomas de Navarra
procederán a la matriculación, aplicación y corrección de pruebas, así como al
control y propuesta de expedición de certificados.
4.º Contra la presente Resolución podrá
interponerse Recurso de Alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de
un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial
de Navarra.
5.º Publicar la presente Resolución y anexo en el
Boletín Oficial de Navarra.
6.º Trasladar la presente Resolución y anexo a los
Servicios de Idiomas y Enseñanzas Artísticas y de Inspección Educativa, a las
Secciones de Inglés y Otras Lenguas Extranjeras y de Ordenación Académica, y a
las escuelas oficiales de idiomas, a los efectos oportunos.
Pamplona, 26 de enero de 2015.–El Director General
de Educación, Formación Profesional y Universidades, David Herreros Sota.
ANEXO
CONDICIONES Y REQUISITOS PARA EL ACCESO A LAS PRUEBAS LIBRES DE LAS ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.–Pruebas convocadas y características de las mismas.
1.1. Para el año 2015, se convocan, a través de las
escuelas oficiales de idiomas de Navarra, las pruebas de acceso libre para los
siguientes niveles e idiomas:
2015
|
ORDINARIA
|
EXTRAORDINARIA
|
|
IDIOMA
|
NIVEL
|
FECHA
|
FECHA
|
Alemán
|
Nivel Básico
|
10 junio
|
4 septiembre
|
Nivel Intermedio
|
8 junio
|
4 septiembre
|
|
Nivel Avanzado
|
10 junio
|
8 septiembre
|
|
C1
|
8 junio
|
8 septiembre
|
|
Euskera
|
Nivel Intermedio
|
2 junio
|
4 septiembre
|
Nivel Avanzado
|
27 Mayo
|
9 septiembre
|
|
C1
|
21 Mayo
|
7 septiembre
|
|
Francés
|
Nivel Básico
|
26 Mayo
|
7 septiembre
|
Nivel Intermedio
|
26 Mayo
|
7 septiembre
|
|
Nivel Avanzado
|
9 junio
|
2 septiembre
|
|
C1
|
9 junio
|
2 septiembre
|
|
Inglés
|
Nivel Intermedio
|
25 Mayo
|
3 septiembre
|
Nivel Avanzado
|
28 Mayo
|
8 septiembre
|
|
C1
|
1 junio
|
10 septiembre
|
|
Italiano
|
Nivel Básico
|
29 Mayo
|
3 septiembre
|
Nivel Intermedio
|
22 Mayo
|
3 septiembre
|
|
Nivel Avanzado
|
29 Mayo
|
10 septiembre
|
1.2. La estructura de las pruebas de examen será la
establecida en las especificaciones para candidatos en vigor.
1.3. Las pruebas certificativas para cada nivel
convocado se administrarán de forma simultánea en convocatoria única, a
excepción de la prueba de expresión oral, para la que se establecerá el
oportuno calendario de desarrollo.
1.4. El alumnado libre dispondrá de dos
convocatorias para superar el nivel correspondiente. Las pruebas se realizarán
en los meses de mayo y junio, en convocatoria ordinaria, y en septiembre, en
convocatoria extraordinaria, y se distribuirán de acuerdo con el calendario que
figura en el punto 1.1.de este anexo.
1.5. Con anterioridad a la realización de los
exámenes, las escuelas oficiales de idiomas de Navarra publicarán en sus
páginas Web las convocatorias para los aspirantes a las pruebas certificativas,
indicando lugar de realización de las mismas, fecha y hora.
1.6. En función de las necesidades logísticas
derivadas del número de matrículas, el Departamento de Educación podrá arbitrar
fechas o medidas complementarias.
2.–Matrícula.
2.1. Sólo podrá cursarse matrícula en un nivel de un
mismo idioma.
2.2. Las escuelas oficiales de idiomas de Navarra
abrirán un plazo de matrícula del 23 de febrero al 6 de marzo de 2015.
2.3. La cuantía correspondiente a la matrícula de
acceso libre de 2015 será la establecida para ello en la Orden Foral 43/2014,
de 19 de mayo (Boletín Oficial de Navarra 104, de 29 de mayo).
2.4. El alumnado que no se presente a las pruebas
no tendrá derecho a la devolución del importe ingresado.
3.–Evaluación, calificación y certificación.
La evaluación, calificación y certificación se
llevarán a cabo según lo establecido en la normativa de especificaciones de los
distintos niveles.
4.–Adaptación a personas con discapacidades.
4.1. Las personas que justifiquen, con el
correspondiente certificado de minusvalía o discapacidad, la imposibilidad de
realizar las pruebas correspondientes de certificación con los medios
ordinarios, podrán solicitar la oportuna adaptación de tiempos y medios.
4.2. El Departamento de Educación, en caso de
minusvalía de grado reconocido igual o superior a 25%, se asesorará, a través
de los servicios pedagógicos de que dispone, sobre las medidas a adoptar de
acuerdo con el tipo y grado de discapacidad.