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martes, 7 de julio de 2020

馃寪Cotizaci贸n y Cese por actividad a partir del 30/6- Real Decreto Ley del 24/2020, de 26 de junio

Norma

Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivaci贸n del empleo y protecci贸n del trabajo aut贸nomo y de competitividad del sector industrial. (BOE 178, de 27 de junio de 2020)

    • MODIFICA:
      • el art. 8.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. (Ref. BOE-A-2015-11430).
      • el art. 29.1.a) de la Ley 23/2015, de 21 de julio (Ref. BOE-A-2015-8168).
    • PRORROGA la vigencia de los arts. 2 y 5 del Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4152).
    • TRANSPONE parcialmente la Directiva (UE) 2017/159, de 19 de diciembre de 2016 (Ref. DOUE-L-2017-80115).
    • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4959).
    • EN RELACI脫N sobre los arts. 17, 22, 23, 25 y la disposici贸n adicional 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3824).
    • CITA Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-16791

ART脥CULO 8 - EXENCI脫N EN LA COTIZACI脫N A FAVOR DE LOS TRABAJADORES AUT脫NOMOS QUE HAYAN PERCIBIDO LA PRESTACI脫N EXTRAORDINARIA DE CESE DE DURANTE EL ESTADO DE ALARMA DECLARADO POR REAL DECRETO 463/2020, DE 14 DE MARZO.

Requisitos

El aut贸nomo tiene que estar en situaci贸n de alta en la TGSS a fecha 30/06.

-          Tiene que haber venido percibiendo el PECATA hasta el 30/06 o, si no lo hab铆a solicitado y ten铆a derecho, solicitarlo antes del 31/07.

-          No haber solicitado la prestaci贸n de cese de actividad regulada en el art铆culo 9 del RDL 24/2020, son incompatibles.

Exoneraci贸n de la cuota

La exoneraci贸n de la cuota ser谩 de tres meses, desde julio hasta septiembre, y el porcentaje exento ir谩 decreciendo en cada uno de estos meses:

-          Exenci贸n del 100% de la cuota del mes de julio.

-          Exenci贸n del 50% de la cuota del mes de agosto.

-          Exenci贸n del 25% de la cuota del mes de septiembre.

Observaciones

No es necesario cursar ninguna solicitud. En tanto en cuanto no pidan la prestaci贸n recogida en el art铆culo 9 del RDL 24/2020, la TGSS deber铆a ir aplicando de oficio la exenci贸n en la cotizaci贸n, la aplicaci贸n simult谩nea de ambas medidas es incompatible.

ART脥CULO 9.- PRESTACI脫N DE CESE DE ACTIVIDAD Y TRABAJO POR CUENTA PROPIA.

Requisitos

-          Tiene que haber venido percibiendo el CATA hasta el 30/06 o, si no lo hab铆a solicitado y ten铆a derecho, solicitarlo antes del 31/07.

-          El aut贸nomo tiene que estar en situaci贸n de alta en la TGSS a fecha 30/6.

-          La medida tiene por objeto compatibilizar el CATA con el trabajo aut贸nomo. Por lo tanto, quien no est茅 de alta y en activo, en todo caso deber铆a solicitar el acceso al CATA normal sujeto a las causas ordinarias del art铆culo 331 LGSS y siguientes.

-          Altas a partir del 1/07 tampoco tendr谩n derecho.

-          No puede darse de baja durante el tiempo que est茅 percibiendo la prestaci贸n.

-          Tener cubierta la carencia m铆nima de 12 meses de cotizaci贸n en cese de actividad inmediatamente anterior y consecutivo.

-          Altas de aut贸nomos a partir del 01/08/2019, no tienen derecho a la prestaci贸n pues no podr谩n acreditar la carencia de 12 meses.

-          Aut贸nomos sin la cobertura CATA normal, por ejemplo, los agrarios o Tarifa plana.

-          No puede haber cobrado el CATA normal en los 煤ltimos 12 meses.

-          No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse, salvo que no tuviera la cotizaci贸n requerida para ello.

-          Si tiene el per铆odo cotizado para jubilarse y no lo haya hecho, no puedo solicitar la prestaci贸n.

-          Jubilados activos s铆 que tienen derecho a la prestaci贸n.

-          Hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

-          Si no se encuentra al corriente, deberemos realizar la invitaci贸n al pago.

-          Los aplazamientos posteriores al 1/07 de deudas contra铆das con anterioridad a dicha fecha no ser谩n admitidos.

-          Si hay trabajadores a cargo, acreditar el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y de Seguridad Social (declaraci贸n responsable en la solicitud).

-          Acreditar una reducci贸n en la facturaci贸n durante el 3er Trimestre de 2020 de al menos el 75% en relaci贸n con el mismo per铆odo del 2019.

-          No haber obtenido durante el 3er Trimestre de 2020 unos rendimientos netos superiores a 5.818,75 € (1.939,58 € mensuales)

Solicitudes

-          Solicitudes presentadas hasta el 15 de julio, tendr谩n fecha de efecto 1 de julio y como m谩ximo hasta el 30 de septiembre. Por tanto, el per铆odo m谩ximo de prestaci贸n es de 3 meses.

-          Solicitudes presentadas a partir del 16/07, tendr谩n fecha de efecto del d铆a siguiente a la presentaci贸n de la solicitud.

-          La fecha m谩xima para solicitar es hasta el 30/09.

-          Todas las solicitudes deber谩n tramitarse a trav茅s de la correspondiente Mutua.

Prestaci贸n econ贸mica y duraci贸n

-          La cuant铆a es el promedio de la base de cotizaci贸n de los 12 meses anteriores.

-          El per铆odo tenido en cuenta, con independencia de la fecha de presentaci贸n, ser谩 de julio 2019 a junio 2020.

-          Se abonar谩 el 70% de dicha base de cotizaci贸n con el tope m铆nimo y m谩ximo del IPREM.

-          Se tendr谩n en cuenta los hijos a cargo.

-          Per铆odo de abono: m谩ximo 3 meses para solicitudes presentadas hasta el 15/07.

-          Para las solicitudes presentadas a partir del 16/07, se abonar谩 a partir de la fecha de presentaci贸n y hasta el 30/09. Falta aclarar los d铆as de abono.

Cotizaci贸n

-          Las Mutuas abonar谩n al aut贸nomo junto con la prestaci贸n el importe de las cotizaciones por Contingencia Com煤n que le hubieran correspondido ingresar de encontrarse sin actividad.

Renuncias, desistimientos, extinciones, suspensiones

-          El aut贸nomo puede renunciar a la prestaci贸n en cualquier momento antes del 31/08/2020 con efectos del mes siguiente.

-          Tambi茅n puede devolver voluntariamente la prestaci贸n sin esperar a que se lo reclame la Mutua.