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lunes, 16 de febrero de 2015

Aspirantes a Animadora en el Ayuntamiento de Huarte



Convocatoria para la constitución de una relación de personas aspirantes, con conocimiento de euskera, al desempeño, mediante contratación temporal, del puesto de trabajo de Animadora, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en el Ayuntamiento de Huarte


Base 1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una relación de personas aspirantes, con conocimiento de euskera, al desempeño, mediante contratación temporal y a tiempo parcial, del puesto de trabajo de animadora, mediante concurso-oposición, para el local juvenil de Huarte.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C y a lo recogido en Plantilla Orgánica y tendrá la condición de contratado laboral temporal a tiempo parcial.

1.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio.

1.4. Para las contrataciones que se efectúen al amparo de esta convocatoria, se establece un período de prueba de dos meses.

Base 2.–Funciones a desempeñar.

2.1. Las funciones a desempeñar consistirán en:

a) El desarrollo de los Programas llevados a cabo en y/o desde el local juvenil de Huarte.
1.–Programa Participación Juvenil.
2.–Programa Educación-Prevención-Intervención.
3.–Programa Ocio y Tiempo Libre.
4.–Programa Información.
b) Trabajar en contacto estrecho con la figura de Técnica de Juventud.
c) Recogida de todas las iniciativas propuestas por jóvenes de Huarte en el local juvenil.
d) Participar en la organización de todo tipo de actividades que sean de interés para la juventud de Huarte: encaminadas hacia un ocio saludable, deportivas, actividades culturales relacionadas con el arte joven en todas sus facetas –música, audiovisual, danza, teatro, artes plásticas, etc.–.
e) Promoción de la participación de los y las jóvenes en la organización y gestión de los programas y actividades del local juvenil.
f) Difusión y promoción de las actividades del local juvenil.
g) Colaboración en la redacción de proyectos, memorias, solicitud de subvenciones, etc., propias de la dinamización del local juvenil de Huarte.
h) El desarrollo del trabajo derivado del servicio “Cesión de Espacios”: Llevar un control de las solicitudes de espacios a ceder, control de los espacios y equipamiento, etc.
i) Atención y dinamización del Ciber-espacio ubicado en la planta baja del local juvenil.
j) Labores de conserjería: apertura y cierre de salas y gestión de la máquina de chucherías ubicada en la planta baja.
k) Colaborar con el resto de programas y actividades organizadas desde el área de Juventud del Ayuntamiento que se desarrollen en el local juvenil.
l) La coordinación con los servicios y personal técnico que resulte necesaria para el desarrollo de las citadas funciones.
m) Cuantas otras funciones le sean encomendadas por el Ayuntamiento de acuerdo al puesto que desempeña, propias de su titulación y nivel.

Base 3.–Requisitos de las personas aspirantes.

3.1. Para ser admitidas a la presente oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el/la cónyuge de personas españolas y de las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y las/los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtenerla, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado, o equivalente.
d) Estar en posesión del perfil 2 de Euskera o de un título equivalente o superior. Deberá acreditarlo mediante certificado expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, una titulación reconocida oficialmente como equivalente o la superación de una prueba que determine si tiene el nivel lingüístico suficiente.
e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.
f) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

3.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados en el plazo y forma previstos en la base décima de esta convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 4.–Instancias.

4.1. Las instancias deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Huarte dentro de los treinta días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, y en ellas las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

4.2. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo incorporado como Anexo en la presente convocatoria y se acompañarán de la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documentación equivalente de identificación.
b) Fotocopia compulsada de los documentos justificativos de reunir los requisitos exigidos en el apartado 3.1 de la presente convocatoria.
En la instancia se deberá indicar la solicitud de realización de la prueba de nivel de euskera no siendo necesario para aquellas personas que acrediten su conocimiento.
c) Fotocopias compulsadas de los méritos de posible valoración en la fase de concurso.
d) Justificante de haber abonado en Tesorería Municipal la cantidad de 11,67 euros correspondiente a las tasas por derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión de la aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los siguientes procedimientos:
–Pago en efectivo en la Oficina del Ayuntamiento de Huarte (plaza de San Juan, 1).
–Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número ES59 3008 0087 74 1447560721 de Caja Rural. En este caso, en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:
–Nombre y apellidos de la persona aspirante.
–Concepto: Tasa Oposiciones.

Estarán exentas del pago de la tasa las personas que se encuentren en situación de desempleo y presenten la tarjeta de demandante de empleo expedida y actualizada por el Servicio Navarro de Empleo.

Base 5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidenta: Doña Lourdes Lizarraga, Segunda Teniente Alcalde del Ayuntamiento de Huarte.
–Suplente: Don Iñaki Crespo San José, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Huarte.
Vocal: Técnica de Juventud del Ayuntamiento de Huarte.
–Suplente: Persona que designe la titular.
Vocal: Regina García, Educadora Social de la Mancomunidad de servicios de Huarte y Esteribar.
–Suplente: Amaia Alonso, Educadora Social de la Mancomunidad de servicios de Huarte y Esteribar.
Vocal: Técnica/o de juventud del Ayuntamiento a designar.
–Suplente: Persona que designe el/la titular.
Vocal: Ana Mindegia Ilarregi, delegado/a de Personal laboral del Ayuntamiento de Huarte.
–Suplente: Persona que designe la titular.
Secretaria: La secretaria del Ayuntamiento de Huarte.
–Suplente: Persona que designe la titular.

5.2. El Tribunal habrá de constituirse mediante convocatoria de su Presidente, con anterioridad a la iniciación de las pruebas.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

5.5. Las personas que conforman el Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención presentes en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Así mismo, las aspirantes podrán recusar a las y los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

Base 6.–Desarrollo del concurso.

6.1. La fase de concurso tendrá una valoración máxima de 30 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
a) Experiencia profesional en las funciones relacionadas con el puesto de trabajo, hasta un máximo de 20 puntos:
–Por cada año trabajado en un local juvenil municipal 4 puntos, hasta un máximo de 16 puntos. Por fracción, la parte proporcional.
–Por cada año trabajado en una asociación juvenil: 1 punto, hasta un máximo de 4. Por fracción la parte proporcional.
b) Titulaciones académicas, hasta un máximo de 9:
–Postgrados en Juventud: 3 puntos.
–Técnico/a Superior en Animación sociocultural: 2 puntos.
–Técnico/a Superior en Integración social o Diplomado/a en Educación Social: 2 puntos.
–Experto universitario en Servicios de Información Juvenil e Información al ciudadano/a: 1 punto.
–Curso de Director/a de Ocio y Tiempo Libre: 0,75 puntos.
–Curso de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre: 0,25 puntos.
c) Por asistencia a cursos de duración superior a 20 h, que a juicio del Tribunal guarden relación con el puesto de trabajo a que se refiere la convocatoria, 0,25 puntos hasta un máximo de 1 punto.

6.2. La puntuación obtenida por las y los candidatos en la fase de concurso se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página Web www.huarte.es, el mismo día en que den comienzo las pruebas.

Base 7.–Desarrollo de la oposición.

7.1. La valoración máxima de las pruebas de la oposición será de 70 puntos. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no consigan en cada prueba la mitad de la puntuación asignada.

7.2. La oposición constará de tres pruebas en las cuales se valorarán los conocimientos prácticos sobre la actividad del puesto de trabajo:
a) Prueba escrita. Resolución de casos prácticos relacionados con las funciones y contenidos de la plaza. Máximo 30 puntos (siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo).
b) Prueba oral. Valorará los conocimientos prácticos sobre la actividad del puesto de trabajo. Máximo 20 puntos (siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo).
c) Prueba psicotécnica. Máximo 20 puntos (siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo).

Base 8.–Valoración de las pruebas.

8.1. Cada uno de las y los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación del ejercicio de que se trate. En el supuesto de que entre las puntuaciones máxima y mínima emitidas por los miembros del Tribunal calificador, exista una diferencia superior al 30 por ciento de la puntuación prevista en el condicionado del ejercicio de que se trate, no se computarán ninguna de las puntuaciones extremas, obteniendo la media aritmética con el resto de las puntuaciones.

Base 9.– Convocatoria de las pruebas.

9.1. Toda la información se transmitirá a través del Tablón de anuncios municipal y página Web www.huarte.es.

9.2. Se publicará la lista provisional. Si hubiera algún excluido se otorgará el plazo de diez días para subsanar.

9.3. Las fechas de las pruebas se publicarán junto con la lista definitiva de personas admitidas en el tablón de anuncios y página Web www.huarte.es.

9.4. El Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Huarte y en la página Web www.huarte.es, la lista de aspirantes aprobadas y las calificaciones obtenidas en cada prueba.

Base 10.– Identificación y otros.

Todas las personas aspirantes deberán acudir a las pruebas provistas del documento nacional de identidad o asimilado legalmente. El copiar de notas y otros fraudes en las pruebas, será causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de actuaciones penales, si procedieren.

Base 11.–Relación de personas aprobadas y llamamiento.

11.1. Terminada la calificación de la última prueba, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página Web www.huarte.es, la relación de aprobadas por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios.
Si se produjeran empates se dirimirán en favor del aspirante de mayor edad.

11.2. Las personas aspirantes aprobadas podrán ser llamadas, por orden de puntuación, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en el servicio correspondiente del Ayuntamiento de Huarte, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

11.3. El llamamiento de aspirantes se hará conforme a lo previsto a las normas de gestión de listas, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 75, de 20 de abril de 2012.
Para el llamamiento, se tendrá en cuenta asimismo lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002, de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.

11.4. Las personas contratadas en cada momento, serán dadas de alta y afiliadas al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del IRPF en las cuantías que procedan.

Base 12.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y actos de la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación o notificación del acto recurrido y optativamente recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación o notificación del acto recurrido.
Huarte, 29 de enero de 2015.–El Alcalde, Iñaki Crespo San José.

ANEXO I

MODELO DE INSTANCIA

–Datos de la persona solicitante.
Nombre y apellidos: ............................................................................
Fecha de nacimiento: .........................................................................
DNI: ....................................................................................................
Domicilio: ............................................................................................
Localidad: ....................................................., Código Postal: ............
Teléfono: .............................................................................................
Correo electrónico: .............................................................................

EXPONE:

Que el Ayuntamiento del Huarte ha publicado la convocatoria para la constitución de una relación de personas aspirantes, con conocimiento de euskera, de animadora para el local juvenil de Huarte.
Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en dicha convocatoria.
Que adjunta fotocopia compulsada de los documentos exigidos en la convocatoria, así como de los méritos a valorar en la fase de concurso.

SOLICITUD:

Solicita se sirva admitir la presente instancia y, en su virtud, sea admitida en las pruebas de la citada convocatoria.
 Acredito un nivel de euskera.
 Deseo realizar la prueba optativa de euskera.





(Fecha y firma del/de la solicitante)
SEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE HUARTE.