BOLETÍN Nº 152 - 13 de julio de
2020
ORDEN FORAL 88/2020, de 2 de julio, de la
Consejera de Economía y Hacienda, por la que se establecen los días de
inactividad para determinadas actividades acogidas al Régimen de estimación
objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se establece una
reducción en la cuota correspondiente al segundo trimestre del régimen
simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, resultante de la aplicación
de la Orden Foral 30/2020, de 24 de febrero, de la Consejera de Economía y
Hacienda, por la que se desarrollan para el año 2020 el régimen de estimación
objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen
simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2020/152/1
- Comercio y servicios: desde el 14 de
marzo hasta el 24 de mayo de 2020 (inicio de la fase 2): 72 días.
- Hostelería y Restauración: en el caso de
restaurantes desde el 14 de marzo hasta el 7 de junio de 2020 (inicio de la
fase 3): 86 días. En el caso de bares y cafeterías desde el 14 de marzo hasta
el 14 de junio de 2020 (segunda semana de la fase 3): 93 días. Esta diferencia
se justifica porque en Navarra los bares no pudieron utilizar las barras hasta
el día 15 de junio, y la barra es un elemento importante de los bares y
cafeterías, no teniendo la misma importancia en los restaurantes.
- Hoteles y establecimientos turísticos
desde el 14 de marzo hasta el 21 de junio de 2020 (finalización del estado de
alarma y fecha en que se permitió la movilidad entre Comunidades Autónomas):
100 días.