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viernes, 24 de noviembre de 2017

Ayudas estatales para adquisición de vehículos de energías alternativas

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 14 de noviembre de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas (Plan Movalt vehículos)

Beneficiarios:

Los profesionales autónomos
Las personas físicas mayores de edad residentes en España no incluidas en el anterior apartado.
Las empresas privadas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otros tipos de personas jurídicas tal que su número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W.
Las entidades locales y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas
Las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas.
Otras entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado.

Actuaciones elegibles:

Turismos M1: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas.
Autobuses o autocares M2
Autobuses o autocares M3
Furgonetas o camiones ligeros N1
Furgones o camiones ligeros N2
Furgones o camiones N3
Cuadriciclos ligeros L6e
Cuadriciclos pesados L7e.
Motocicletas L3e, L4e, L5e

Cuantía de la subvención:

Vehículos de GLP: entre 500 y 15.000 euros.
Vehículos de gas natural: entre 1.000 y 18.000 euros.
Vehículos de pila de combustible (hidrógeno): 5.500 euros.
Vehículos eléctricos, híbridos enchufables o de autonomía extendida: entre 1.100 y 15.000 euros.
Cuadriciclos eléctricos: entre 1.950 y 2.350 euros.
Motocicletas eléctricas: entre 1.000 y 2.000 euros.
Puntos de recarga: entre 1.000 (convencional) y 15.000 euros (carga rápida).

Estas ayudas se otorgarán a las solicitudes que cumplan con todos y cada uno de los requisitos establecidos, y por orden de presentación de las mismas, hasta agotarse el presupuesto disponible.

Compatibilidad o incompatibilidad:

Las ayudas objeto de estas bases se declaran incompatibles, para un mismo vehículo, con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso otorgados por la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas o entidades locales para la misma finalidad.
Las ayudas serán compatibles, por el contrario, para un mismo vehículo, con otras ayudas o subvenciones establecidas a través de programas de la Unión Europea

Plazos de presentación y vigencia de la convocatoria:


La vigencia, financiación y plazos para la presentación de solicitudes del programa serán los establecidos en el extracto y la convocatoria correspondiente que serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y en la base de datos nacional de subvenciones (BDNS), respectivamente.