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RESOLUCIÓN 12E/2016, de 14 de enero, del Director del Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático Asunto de la resolución por la que se modifica la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de fabricación de pasta de papel y papel, cuyo titular es Smurfit Kappa Navarra, S.A., ubicada en término municipal de Sangüesa, con objeto de llevar a cabo el proyecto de nueva máquina PM-4 de papel MG.
Esta instalación dispone de Autorización Ambiental Integrada
concedida mediante la Resolución 177/2008 de 21 de enero, del Director General
de Medio Ambiente y Agua, actualizada posteriormente por la Resolución
441E/2014, de 6 de octubre, del Director General de Medio Ambiente y Agua.
Con fecha 6/7/2015, el titular notificó el proyecto de
modificación de su instalación para la implantación del proyecto de nueva
máquina PM-4 de papel MG. Con fecha 20/7/2015, el Servicio de Calidad Ambiental
dictaminó que dicha modificación era no sustancial, de acuerdo a los criterios
establecidos en el artículo 25 del Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2005,
de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado mediante
el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por lo que no era preciso otorgar
una nueva autorización ambiental integrada, pero sí significativa, por dar
lugar a cambios importantes en las condiciones de funcionamiento de la
instalación, que deben ser contemplados en la autorización ambiental integrada
que ya dispone, de forma que es preciso modificar ésta.
Con fecha 17/8/2015, el titular solicitó la modificación de
la Autorización Ambiental Integrada, con objeto de poder llevar a cabo el
proyecto correspondiente, que consistirá en la instalación de una nueva máquina
de papel MG en sustitución de la existente de papel liner.
El expediente ha sido tramitado conforme al procedimiento
establecido en el artículo 29 del Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2005, de
22 de marzo, de intervención para la protección ambiental, aprobado por el
Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.
La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de
audiencia al titular de la instalación, durante un período de diez días. En
Anejo de la presente Resolución se incluye una relación de las alegaciones
presentadas por el titular y la respuesta a las mismas. Asimismo, el titular ha
presentado observaciones que han permitido adecuar el texto de los Anejos de la
presente Resolución.
La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de
audiencia al titular de la instalación, durante un período de diez días, sin
que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las
competencias que me han sido delegadas por la Resolución 63/2015, de 22 de
septiembre, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del
Territorio, por la que se delegan en los Directores de Servicio de Calidad
Ambiental y Cambio Climático, de Biodiversidad, de Montes, y de Ordenación del
Territorio y Urbanismo, el ejercicio de determinadas competencias
administrativas que la normativa vigente atribuye a la Directora General de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,
RESUELVO:
Primero.–Modificar la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de fabricación de pasta de papel y papel, cuyo titular es Smurfit Kappa Navarra, S.A., ubicada en término municipal de Sangüesa, con objeto de llevar a cabo el proyecto de nueva máquina PM-4 de papel MG, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones contempladas en los correspondientes expedientes administrativos de Autorización Ambiental Integrada y, en cualquier caso, las condiciones y medidas incluidas en los Anejos de la presente Resolución.
Segundo.–Con carácter previo a la entrada en funcionamiento de la modificación, el titular deberá presentar ante el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, una declaración responsable de puesta en marcha, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden Foral 448/2014, de 23 de diciembre, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
Tercero.–Las condiciones establecidas en la presente modificación de la Autorización Ambiental Integrada comenzarán a ser aplicables a partir de la fecha en que el titular presente la Declaración Responsable de que el proyecto ha sido ejecutado, y en cualquier caso, desde el momento de la puesta en marcha de la modificación. Mientras tanto, serán de aplicación las condiciones establecidas en su Autorización Ambiental Integrada vigente.
Cuarto.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente Resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el Título IV de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el Título VI de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.
Quinto.–Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Sexto.–Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución
Séptimo.–Trasladar la presente Resolución a Smurfit Kappa Navarra, S.A., al Ayuntamiento de Sangüesa y al Servicio de Protección Civil de la Dirección General de Interior, a los efectos oportunos.
Pamplona, 14 de enero de 2016.
El Director del Servicio de Calidad Ambiental y Cambio
Climático,
Pedro Zuazo Onagoitia.
Nota: Los anexos a que se refiere la presente Resolución
estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección
General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sitas en Pamplona, calle
González Tablas, 9, planta baja, Servicio de Calidad Ambiental y Cambio
Climático; y en el portal web del Gobierno de Navarra, dentro de la sección del
Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, en el
apartado de Consultas de Autorizaciones Ambientales.