OPORTUNIDADES |
RESOLUCIÓN 983/2015, de 27 de abril, del Director General de Función Pública, por la que se modifica el orden de prioridad de las personas con discapacidad en las listas de aspirantes a la contratación temporal resultado de procesos selectivos para el ingreso.
La disposición adicional séptima del Texto Refundido del
Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra,
aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, establece en
su apartado 4 que “en las listas de aspirantes a la contratación temporal se
reservará la primera de cada tres plazas para ser cubierta por las personas con
discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 que se encuentren
incluidas en la misma, siempre que hayan superado las correspondientes pruebas
selectivas y que acrediten la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones correspondientes.”
El artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las
Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5
de junio, y, en su desarrollo, la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del
Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, prevén la constitución de las
siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal procedentes de
procesos selectivos de ingreso:
a) Listas de aprobados sin plaza, constituidas por los aspirantes que, habiendo superado las pruebas selectivas para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos en el puesto de trabajo de que se trate, no hubieran obtenido plaza.b) Listas de aspirantes procedentes de procesos selectivos para el ingreso como funcionarios o contratados laborales fijos en el puesto de trabajo de que se trate que, sin estar incluidos en el apartado anterior hubieran superado alguna de sus pruebas o al menos, el 30% de la puntuación máxima establecida para la primera prueba.
Los Tribunales de Justicia han interpretado esta reserva,
Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Navarra de 19 de diciembre de 2012, en el sentido de considerar que
en las listas de aspirantes a la contratación temporal resultado de procesos
selectivos de ingreso solo puede considerarse que han superado las pruebas
selectivas los aprobados sin plaza, motivo por el que, en las listas derivadas
de esos procesos, sólo puede aplicarse la preferencia prevista en la
disposición adicional séptima del Texto Refundido del Estatuto del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra al personal con
discapacidad incluido en listas de aprobados sin plaza.
En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que
tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero,
HE RESUELTO:
1.º Modificar el orden de prioridad de las personas con
discapacidad incluidas en listas de aspirantes a la contratación temporal
resultado de procesos selectivos para el ingreso recogidas en el Anexo que
acompaña a esta Resolución, en el sentido de aplicar el orden de prioridad
previsto en la disposición adicional séptima del Texto Refundido del Estatuto
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado
por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, únicamente a los
aspirantes incluidos en listas de aprobados sin plaza.
2.º Publicar la Resolución y sus anexos en la página web de
Internet del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, “Servicios” “Empleo Público”
y en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra, significando que contra la
misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada
ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de su notificación.
3.º Trasladar esta Resolución al Departamento de Educación
(Servicio de Recursos Humanos, Sección de Contratación de Personal, Sección de
Régimen Jurídico de Personal y Sección de Convocatorias) a la Subdirección de
Gestión y Recursos para la Dependencia de la Agencia Navarra para la Autonomía
de las Personas, a la Dirección de Recursos Humanos del Servicio Navarro de
Salud-Osasunbidea y a los Servicios de Gestión de Personal y Ordenación y
Relaciones Laborales de la Dirección General de Función Pública.
Pamplona, 27 de abril de 2015.
El Director General de
Función Pública
Gregorio Eguílaz Gogorza.
ANEXO
PUESTO
|
APROBADA POR RESOLUCIÓN
|
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
|
2835/2010, de 11-10
|
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
|
468/2012, de
20-02
|
AUXILIAR ADMINISTRATIVO (EUSKERA)
|
1640/2012, de 11-06
|
AUXILIAR MANTENIMIENTO
|
1009/2011,
de 11-04
|
CONDUCTOR
|
2592/2011, de 12-09
|
CONSERJE
|
3082/2011,
de 14-11
|
DIPLOMADO RELACIONES LABORALES
|
2594/2011, de 12-09
|
EDUCADOR SOCIAL
|
2593/2011,
de 12-09
|
ENCARGADO BIBLIOTECA
|
103/2012, de 16-01
|
ENCARGADO SERVICIOS GENERALES
|
2591/2011,
de 12-09
|
INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA
|
2890/2011, de 17-10
|
INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL
|
1191/2012,
de 16-04
|
PUESTOS NIVEL E
|
2098/2012, de 20-8
|
T.A.P. (RAMA JURÍDICA)
|
1443/2011,
de 23-05
|
TELEFONISTA
|
1981/2011, de 11-07
|
T.G.M. EN FORMACIÓN Y EMPLEO
|
1416/2011,
de 16-05
|
TITULADO SUPERIOR (SNE)
|
2452/2011, de 05-09
|
TRABAJADOR SOCIAL
|
951/2012, de
20-03
|