OPORTUNIDADES |
CONVOCATORIA aprobada por Resolución 1152/2015, de 18 de mayo, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de diez plazas del puesto de trabajo de Bombero al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Publicada en BOLETÍN Nº 109 - 8 de junio de 2015
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA
Objeto de la convocatoria.
Provisión,
mediante oposición, de diez plazas del puesto de trabajo de Bombero, de régimen
funcionarial y nivel C, adscritas a la Dirección de Prevención, Extinción de
Incendios y Salvamento de la Agencia Navarra de Emergencias, que serán las
resultantes del concurso de traslado pendiente de convocar y cuyos números de
plantilla y destinos se determinarán con carácter previo al acto de elección de
vacantes.
Las plazas vacantes se distribuirán entre el turno libre y
el de promoción, conforme a la fórmula establecida en el artículo 15.3 del
Texto Refundido del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones
Públicas de Navarra, de la siguiente forma:
–La primera, al turno libre.–La segunda, al turno de promoción.–A partir de la tercera, las impares al turno de promoción y las pares al libre.
Las vacantes del turno de promoción que queden
desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida
para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno
libre.
Si en el turno de promoción resultaran más aspirantes
aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de éste optarán a
las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes de dicho turno,
de acuerdo con la puntuación final obtenida.
Requisitos para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán
a) Tener la nacionalidad española.b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.c) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o título equivalente.Lo anterior no obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.1 de la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra, para ser admitido en la presente convocatoria será suficiente estar en posesión del título de Graduado Escolar, o Formación Profesional de primer grado o Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o grado superior o titulación equivalente, de forma que la superación del curso de formación básica previsto en el apartado 6.2.3 de esta convocatoria supondrá la equivalencia técnica entre dicho curso básico y la titulación de bachillerato, formación profesional de segundo grado o equivalente, con efectos exclusivamente administrativos para el nombramiento como funcionario del nivel C, sin que ello suponga en ningún caso una equivalencia o reconocimiento en el ámbito académico, docente o educativo.En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones inherentes al puesto de trabajo objeto de convocatoria y no estar incurso en causa de exclusión médica comprendida en el Anexo IV de la convocatoria.e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el desempeño de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.f) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase C con autorización BTP.
Presentación de solicitudes y pago de tasas.
Tasas.
La tasa a abonar en concepto de derechos de examen y
formalización de expediente es de 26 euros. La falta de pago de la tasa por
derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.
El abono de dicha tasa se podrá efectuar mediante carta de
pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la
Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la
dirección www.navarra.es, “Empleo Público”, figura el modelo de carta de pago.
Estarán exentos del pago de la tasa las personas que figuren
inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes
anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el
período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se
hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se
acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que
corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante
y la mención expresa de que durante el período de inscripción no ha rechazado
oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada,
en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al
salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del
interesado, pudiendo obtenerse modelo a través de Internet en la dirección
antes señalada.
Solicitudes.
Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo a la
convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y
cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de solicitud se podrá
obtener, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el
Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en
www.navarra.es, “Empleo Público”.
La presentación de solicitudes de participación en la
convocatoria deberá realizarse en el plazo de treinta días naturales contados a
partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El
plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.
A) Presencial.
Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se
presentarán se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra,
Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas
de Registro del Gobierno de Navarra o por cualquiera de los medios previstos en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud en
oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada
y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al
Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002
Pamplona.
B) En el Registro General Electrónico de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en el portal Web del Gobierno de
Navarra.