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viernes, 10 de abril de 2015

Sangüesa: 15 días para la entrada en vigor la Ordenanza de Ayudas a actuaciones constructivas

Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de las ayudas a las actuaciones constructivas del Centro Histórico de Sangüesa


El Pleno del Ayuntamiento de Sangüesa, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2014, aprobó inicialmente la Ordenanza reguladora de las ayudas a las actuaciones constructivas del Centro Histórico de Sangüesa. Tramitado el expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra, conforme a la nueva redacción aprobada por Ley Foral 15/2002, que modifica la anterior, y considerando que durante el periodo de información pública no se ha formulado reclamación alguna, el acuerdo aprobado inicialmente pasa a definitivo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, se publica el texto íntegro de los artículos de la ordenanza modificados, que entrará en vigor una vez transcurridos quince días hábiles siguientes a la fecha en que se publique.

Sangüesa, 9 de marzo de 2015.–El Alcalde, Angel Navallas Echarte.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS AYUDAS A LAS ACTUACIONES CONSTRUCTIVAS DEL CENTRO HISTÓRICO DE SANGÜESA


CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto de la presente Ordenanza.

Es objeto de la presente Ordenanza la regulación de las ayudas destinadas a fomentar la promoción de obras de rehabilitación de edificios dentro del ámbito del Centro Histórico de Sangüesa conforme a la delimitación del mismo que recoge el Plan Especial de Reforma Interior (PERI), así como determinar su cuantía y el procedimiento a seguir para su reconocimiento y abono.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza es el Centro Histórico de Sangüesa definido en el Plan Especial de Reforma Interior (PERI) aprobado definitivamente por Acuerdo del Pleno del ayuntamiento de Sangüesa de fecha 28 de octubre de 2014, o en la normativa urbanística vigente en cada momento en la ciudad de Sangüesa.

CAPÍTULO II: OBRAS Y EDIFICIOS SUBVENCIONABLES

Artículo 3. Actuaciones subvencionables.

Serán obras subvencionables según lo dispuesto en la presente Ordenanza aquellas obras de rehabilitación y renovación que se lleven a cabo en los edificios situados dentro del ámbito del Centro Histórico de Sangüesa conforme a la delimitación del mismo que recoge el Plan Especial de Reforma Interior (PERI).

A estos efectos, tendrán la consideración de obras de rehabilitación las siguientes actuaciones:
  • 1. Obras de adecuación estructural que proporcionarán al edificio suficientes condiciones de seguridad constructiva, de modo que se garantice la estabilidad, resistencia, firmeza y solidez.
  • 2. Obras de adecuación funcional que proporcionarán al edificio suficientes condiciones de accesos, estanqueidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico y acústico así como instalaciones generales del edificio (acometidas a redes generales ...).
  • En caso de edificios que dispongan de adecuación estructural y funcional:
  • 3. Obras requeridas para poner en valor el interés histórico, artístico, arquitectónico y ambiental de los edificios de acuerdo con el PERI.
  • 4. Obras de adecuación urbanística de los edificios y previstas en el planeamiento vigente (supresión de añadidos, cubiertas, fachadas, alineaciones ...).
  • 5. Obras que tengan por objeto la supresión de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso y el uso por personas con minusvalías que afecten a su movilidad.
  • 6. En locales: Mejoras en rótulos, fachadas e imagen urbana exterior de locales.
  • 7. Tratamientos de la madera contra agentes xilófagos, tanto curativos, como preventivos, dirigidos a la estructura, cubierta y carpintería exterior.

Artículo 4. Edificios subvencionables.

  • 1.–Para que los edificios puedan ser objeto de subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:–Que estén dentro del Centro Histórico de Sangüesa conforme a la delimitación que establece el artículo 2.–Que tengan una antigüedad superior a 50 años, excepto cuando se trate de adaptación de los edificios para el uso de personas con minusvalías que reduzcan su movilidad.–Que se adapten a lo que disponga el planeamiento urbanístico vigente

  • 2.–No podrán ser objeto de las ayudas municipales a la rehabilitación:–Las obras en edificios que se encuentren “fuera de ordenación” o que contengan elementos “fuera de ordenación”.–Aquellas actuaciones dirigidas a la adaptación de los edificios para el uso de personas con minusvalías que no logren la adaptación completa a la normativa específica sobre accesibilidad universal y diseño para todos, desde la entrada del edificio hasta las de todas sus viviendas, excepto cuando resulte técnica o económicamente inviable y según la disposición adicional séptima del Decreto Foral 61/2013.–No se incluirá en el presupuesto protegible el coste del aparato del ascensor cuando se trate de la sustitución de uno ya existente.

  • 3. La ejecución de las obras protegidas de rehabilitación deberán garantizar su coherencia técnica y constructiva con el estado del edificio y con las restantes obras que pudieran realizarse, por lo que en edificios carentes de seguridad estructural y constructiva, de suministro eléctrico, de distribución de agua, de una adecuada funcionalidad de la red de saneamiento general y de una conveniente estanqueidad frente a la lluvia, no se protegerá la realización de obras que no incluyan las necesarias para la consecución de estas condiciones.

TIPOS E IMPORTE DE LAS AYUDAS

Artículo 5. Dotación presupuestaria.

Anualmente el ayuntamiento de Sangüesa destinará en sus presupuestos una cantidad no inferior al 1% del modulo ponderado aplicable por habitante del Centro Histórico de Sangüesa y año.

Esta cantidad en todo caso será suficiente para cubrir los gastos derivados del importe de las subvenciones concedidas conforme al artículo siguiente procediéndose en su caso a las modificaciones presupuestarias correspondientes.

Artículo 6. Tipos de ayudas municipales:

  • 1.–Ayudas a obras en general conforme a lo dispuesto en el artículo 3.Se incluyen en este apartado las actuaciones de rehabilitación que se realicen en el Centro Histórico de Sangüesa descritas como subvencionables en el artículo 3 y que no se definan como singulares en el apartado siguiente.
  • 2.–Ayudas a actuaciones singulares.Se establecen las siguientes ayudas a las actuaciones singulares de rehabilitación descritas en los párrafos siguientes:Ayudas especiales a obras de embellecimiento.Se podrán acoger a estas ayudas como actuación singular, las obras de reforma de fachadas o elementos singulares visibles desde la vía pública, que rebasen los límites del deber de conservación impuesto por la legislación urbanística vigente y que fueran exigibles por Catalogación del edificio conforme al planeamiento.Ayudas para instalación de ascensores.Se subvencionará como actuación singular, la instalación de ascensores en edificios ubicados en el Centro Histórico, entendiéndose incluido en dicho presupuesto la parte de obra civil y arreglos necesarios en elementos comunes y/o privativos que sean necesarios para su instalación, así como las adquisiciones de espacios o partes del edificio que pudieran ser necesarias para su instalación.

Beneficiarios

Serán beneficiarios de estas ayudas:

a.1) En obras de rehabilitación:
  • –Los propietarios de viviendas unifamiliares destinadas a uso propio o alquiler.
  • –Los usuarios no propietarios (arrendatarios, usufructuarios, etc.), que cuenten con permiso expreso del propietario y que acrediten suficientemente dicha situación jurídica.
  • –Las comunidades de propietarios en edificios de vivienda colectiva.
  • –Los propietarios o arrendatarios de locales, ubicados en edificios en los que se lleven a cabo las actuaciones protegibles descritas en el subapartado 6 del apartado a) del artículo 3.
  • –Los propietarios de edificios destinados a equipamiento o dotacionales, siempre que así se hallen calificados por el planeamiento vigente.

Presupuesto protegible

1. Se considerará presupuesto protegible el coste real de las obras de rehabilitación y renovación incluidos la colocación de andamios y los honorarios profesionales de proyecto y/o dirección técnica de las obras; y excluidos los tributos locales, en cuanto supongan exenciones fiscales no previstas en la ley, compensaciones o minoraciones de deudas contraídas con la hacienda local. Tampoco se incluirá en el presupuesto protegible el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

2. No se subvencionarán actuaciones en las que el presupuesto protegible sea inferior a 4.000,00 euros.

3. El presupuesto subvencionable por honorarios (proyecto o memoria valorada más dirección de obra) no podrá superar el 10% del presupuesto protegible de la actuación.

Cuantía

1.–Ayudas a obras en general conforme a lo dispuesto en el artículo 3.
La cuantía de las ayudas será determinada en función de los ingresos familiares ponderados definidos en el Anexo 2 del Decreto Foral 61/2013 por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda o en aquellas otras disposiciones que en cada momento resulten de aplicación.
–Personas Físicas:
INGRESOS
SUBVENCIÓN
Inferior a 1,5 IPREM
7%
Más de 1,5 IPREM-hasta 2.5 IPREM
5%
Más de 2,5 IPREM-hasta 3,5 IPREM
4%
Más de 3,5 IPREM
3%
–Comunidades de Propietarios. Subvención 3% del presupuesto protegible.
–Personas jurídicas. Subvención 2% del presupuesto protegible.
–Se establece una ayuda máxima por actuación de 2.000,00 euros.

2.–Ayudas a actuaciones singulares.
5% del presupuesto protegible en todos los casos, salvo que por aplicación de los criterios del cuadro de ayudas del apartado anterior, le correspondiera al beneficiario una ayuda superior, en cuyo caso se le consideraría beneficiario de ésta.
Se establece una ayuda máxima por actuación de 3.000,00 euros.

Artículo 7. Limitaciones a las ayudas.

1.–Percibida la ayuda no podrán solicitarse nuevamente las ayudas reguladas en esta Ordenanza para actuaciones en el mismo edificio salvo que se trate de alguna de las actuaciones definidas como singulares en ella.

2.–El proyecto técnico o la memoria técnica valorada presentados como elementos y base de la calificación deberá ser respetados en todos sus aspectos en la ejecución de las obras a realizar, de modo que no podrán realizarse modificaciones (especialmente cuando afecten a la calidad arquitectónica, de materiales o de tratamientos a realizar), sin contar con la previa autorización de los servicios técnicos municipales. El incumplimiento de lo anterior puede provocar la descalificación del expediente y la pérdida de la ayuda concedida.

Artículo 8. Tramitación de la solicitud de ayudas.

1. Los interesados presentarán la solicitud conforme al modelo del Anexo 1 acompañada de la siguiente documentación:


  • 1.1. Documentacion relativa al beneficiario.–Fotocopia del DNI (para personas físicas) o NIF (para personas jurídicas y comunidades de propietarios).–Documentación acreditativa de la condición de beneficiario:Propietarios: Nota simple del Registro de la propiedad o escrituras públicas de adquisición de la vivienda.Usuarios no propietarios: Contrato de arrendamiento u otros documentos que acrediten su condición.Comunidades de propietarios: NIF comunidad, relación de propietarios y acuerdo de la Comunidad aprobando la actuación.

  • 1.2. Documentación descriptiva de las obras.–Proyecto de obras redactado por técnico competente y visado por el colegio profesional, si procede conforme a lo establecido en la Ley de Ordenación de la Edificación, el Código Técnico de la Edificación, el Plan Municipal de Sangüesa y cualesquiera otras disposiciones que resulten de aplicación.–Memoria Técnica valorada redactada por técnico competente con desglose de precios y mediciones (si las obras, no requirieran proyecto técnico).–Fotografías.–Calificación Provisional de Rehabilitación Protegida del Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra, si la actuación se hubiera tramitado como rehabilitación protegida.–Otros documentos que el solicitante considere de interés aportar.
2.–La solicitud se presentará de forma simultánea a la correspondiente licencia de Obras y en todo caso, con anterioridad a la resolución de ésta.

3.–Los Servicios Técnicos Municipales examinarán la documentación y emitirán informe sobre las condiciones y la cuantía que corresponda de subvención en el caso de ser conformes con los requisitos mencionados en esta ordenanza.

El Ayuntamiento podrá en cualquier momento, requerir a los solicitantes para que aporten otros datos o documentos conducentes a la clarificación del expediente, dando plazo de treinta días para la presentación de la documentación que se solicita. Transcurrido este plazo sin que el solicitante aporte la documentación, se procederá sin más trámite el archivo del expediente.

4.–El Ayuntamiento de Sangüesa a la vista del informe de los técnicos municipales, resolverá el expediente y comunicará al interesado en su caso la denegación o la concesión de la ayuda señalando en éste ultimo caso la cuantía de la misma.

Artículo 9. Pago de las ayudas económicas.

1. El beneficiario deberá justificar el cumplimiento de la actuación objeto de ayuda como requisito y con carácter previo al abono de la misma. Para ello deberá presentar el “ Impreso de comunicación fin de obra” del Anexo 2 acompañado de la siguiente documentación:

  • Certificado final de obra firmada por el/ los técnicos directores de obra.
  • Informe final de obra (incluirá documentos y/o certificado acreditativos del coste final de las obras desglosado (ejecución material, honorarios, IVA, Total) y fotografías del estado final de las mismas.
  • Facturas acreditativas del gasto y justificantes de pago.
  • Relación de los gastos realizados y de los ingresos obtenidos ordenada y totalizada por conceptos.
  • Solicitud de abono por transferencia.
  • Otros documentos que se considere oportuno presentar.

2. Los servicios técnicos municipales, comprobados los antecedentes existentes respecto de la licencia y la documentación obrante en el expediente, inspeccionarán las obras a fin de comprobar la adecuación al objeto de la subvención y la correcta realización de la obra de conformidad a la licencia otorgada, así como la correcta aportación de la documentación exigida.

3. Una vez obtenido el visto bueno por los servicios técnicos municipales se procederá al abono de las ayudas.

4. No obstante lo anterior, en casos extraordinarios, siempre que se haya ejecutado un 70% del total y previo informe de necesidad de los servicios técnicos municipales, se podrán efectuar pagos a cuenta. Dichos abonos podrán suponer la realización de pagos fraccionados, que responderán al ritmo de la ejecución de las acciones subvencionadas, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada. Estos pagos a cuenta se realizarán siempre y cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan.

5. No podrán ser objeto de subvención obras que no hayan obtenido previamente las licencias municipales y autorizaciones de cualquier otro tipo y naturaleza necesarias para su ejecución.

6. Para percibir las ayudas aprobadas, el promotor deberá previamente abonar el importe total del ICIO y cualquier otro impuesto o tasa municipal derivados de las obras para las que se solicita ayuda. Asimismo el solicitante deberá de estar al corriente en sus pagos con el ayuntamiento de Sangüesa.

Artículo 10. Pérdida de las ayudas y reintegro de las cantidades percibidas.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos de esta Ordenanza, así como el falseamiento de cualquier dato en la documentación aportada o la no realización de las obras, supondrá la anulación de cuantas ayudas municipales se hayan concedido y la suspensión de los beneficios posibles en el expediente de que se trate; además del reintegro de las percibidas, incrementadas con los intereses legales desde su percepción pudiendo ser objeto de exacción por el procedimiento de apremio recaudatorio establecido en la legislación vigente.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de carácter municipal que se opongan a lo dispuesto en la presente ordenanza y en especial, la Ordenanza reguladora de las ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 60 de 19 de mayo de 1997.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO 1: MODELO DE IMPRESO DE SOLICITUD DE AYUDAS A LAS ACTUACIONES CONSTRUCTIVAS EN EL CENTRO HISTÓRICO DE SANGÜESA

(A presentar debidamente cumplimentada y por duplicado en el Registro General del Ayuntamiento de Sangüesa (calle Mayor, 35 bajo de Sangüesa).

1.–Datos del beneficiario:

Identificación del beneficiario (Nombre y apellidos o razón social) .............................................................................................................................
DNI del beneficiario/NIF en caso de personas jurídicas ....................
Documento acreditativo de la condición (conforme al artículo 6 de la ordenanza) ...............................................................................................

2.–Datos del edificio:

Dirección postal del inmueble en el que se actúa .......................................................................................................................................................
Referencia catastral: Polígono ............................ Parcela ..............
Usos actuales ...................... Usos previstos ...................................
Antigüedad .......... años

3.–Datos de las obras:

Identificación 

(marque con una X la casilla correspondiente).
…..
Obras de adecuación estructural que proporcionarán al edificio suficientes condiciones de seguridad constructiva, de modo que se garantice la estabilidad, resistencia, firmeza y solidez
Obras de adecuación funcional que proporcionarán al edificio suficientes condiciones de accesos, estanqueidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico y acústico así como instalaciones generales del edificio (acometidas a redes generales ...)
Obras requeridas para poner en valor el interés histórico, artístico, arquitectónico y ambiental de los edificios de acuerdo con el PERI
Obras de adecuación urbanística de los edificios y previstas en el planeamiento vigente (supresión de añadidos, cubiertas, fachadas, alineaciones ...)
Obras que tengan por objeto la supresión de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso y el uso por personas con minusvalías que afecten a su movilidad
En locales: Mejoras en rótulos, fachadas e imagen urbana exterior de locales
Tratamientos de la madera contra agentes xilófagos, dirigidos a estructura, cubierta y carpintería exterior

Breve descripción:



Licencia de obras:

Solicitada con fecha ........./........
No solicitada

4.–Contacto a efectos de notificaciones:

Dirección postal
E- mail
Teléfono

5.–Documentación que se acompaña a la solicitud:


  • Documentación relativa al beneficiario que se debe aportar:–Fotocopia del DNI (para personas físicas) o NIF (para personas jurídicas y comunidades de propietarios).–Documentación acreditativa de la condición de beneficiario.
  • Para obras de rehabilitación:–Propietarios: Nota simple del Registro de la propiedad.–Usuarios no propietarios: Documento que acredite su situación.–Comunidades de propietarios: NIF comunidad, relación de propietarios y acuerdo de la Comunidad aprobando la actuación.
  • Para obras de renovación:–Los promotores de edificios para uso propio: Nota simple del Registro de la Propiedad.–Los promotores de edificios que destinen las viviendas al régimen de arrendamiento : Documento que acredite tal situación.
  • Documentación descriptiva de las obras (marcar con una X la documentación que se aporta).
Proyecto de obras
….
Memoria Técnica valorada con desglose de precios y mediciones
Fotografías
Otros documentos


En Sangüesa a ..... de .............. de ...........





Firmado ....................................
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANGÜESA.


ANEXO 2: MODELO DE IMPRESO DE COMUNICACIÓN FIN DE OBRA ACTUACIONES CONSTRUCTIVAS EN EL CENTRO HISTORICO DE SANGÜESA

(A presentar debidamente cumplimentada y por duplicado en el Registro General del Ayuntamiento de Sangüesa (calle Mayor, 35 bajo de Sangüesa).

1.–Datos del beneficiario:

Identificación del beneficiario (Nombre y apellidos o razón social) .............................................................................................................................
DNI del beneficiario/NIF en caso de personas jurídicas .............................................................................................................................................

2.–Datos del edificio:

Dirección postal del inmueble en el que se ha actuado ..............................................................................................................................................
Referencia catastral: Polígono .......................... Parcela ..................

3.–Datos de las obras:

Identificación 

(marque con una X la casilla correspondiente).
….
Obras de adecuación estructural que proporcionarán al edificio suficientes condiciones de seguridad constructiva, de modo que se garantice la estabilidad, resistencia, firmeza y solidez
Obras de adecuación funcional que proporcionarán al edificio suficientes condiciones de accesos, estanqueidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico y acústico así como instalaciones generales del edificio (acometidas a redes generales ...)
Obras requeridas para poner en valor el interés histórico, artístico, arquitectónico y ambiental de los edificios de acuerdo con el PERI
Obras de adecuación urbanística de los edificios y previstas en el planeamiento vigente (supresión de añadidos, cubiertas, fachadas, alineaciones ...)
Obras que tengan por objeto la supresión de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso y el uso por personas con minusvalías que afecten a su movilidad
En locales: Mejoras en rótulos, fachadas e imagen urbana exterior de locales
Tratamientos de la madera contra agentes xilófagos, dirigidos a estructura, cubierta y carpintería exterior

Breve descripción:


Licencia de obras:

Fecha solicitud ................./....../........
Fecha concesión ................./....../........
Fecha certificación final obra ................./....../........

4.–Documentación que se acompaña a la solicitud de pago de la ayuda concedida:


  • Certificado final de obra e informe final de obra (incluirá certificado del coste total de la inversión desglosado –ejecución material, honorarios, IVA, Total– y fotografías del estado final de las obras.
  • Facturas justificativas de la inversión realizada.
  • Solicitud de abono por transferencia.
  • Otros documentos que se considere oportuno presentar.
En Sangüesa, a ....... de .............. de ...........




Firmado ....................................
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SANGÜESA.