RESOLUCIÓN 45/2015, de 23 de febrero, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan pruebas libres para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por personas mayores de 18 años en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2015.
El Director del Servicio de Ordenación e Igualdad de
Oportunidades presenta informe favorable para que se apruebe la presente
Resolución, que tiene por objeto convocar las Pruebas Libres para la obtención
directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria durante el
año 2015 y dar instrucciones para su realización.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica
el capítulo IX del Título I a la Educación de personas adultas y en su artículo
68.2 atribuye a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus
competencias, la capacidad de organizar periódicamente pruebas para que las
personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
La Convocatoria ha de llevarse a cabo conforme a lo
establecido en la normativa vigente, especialmente en las disposiciones
siguientes:
- El Decreto Foral 61/2009, de 20 de julio, regula la Educación Básica de las Personas Adultas y establece la estructura y currículo de estas enseñanzas en la Comunidad Foral de Navarra. En su Disposición adicional primera señala que el Departamento de Educación organizará las pruebas y realizará las convocatorias que permitan la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria a las personas mayores de dieciocho años, e indica que estas pruebas se organizarán basándose en los tres ámbitos de conocimiento de la Educación Secundaria para las Personas Adultas y su currículo, incluido en el Anexo 3 del mismo Decreto Foral.
- La Orden Foral 129/2009, de 3 de agosto, del Consejero de Educación, por la que se regula la implantación de la Educación Básica de las Personas Adultas y se dan instrucciones sobre el acceso, matriculación y evaluación del alumnado que curse estas enseñanzas en los centros correspondientes de la Comunidad Foral de Navarra.
- La Orden Foral 3/2010, de 14 de enero, por la que se regulan las pruebas libres para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por las personas mayores de dieciocho años en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999,
de protección de datos de carácter personal, los datos que todas las personas
participantes en alguna parte del proceso faciliten en los diversos formularios
empleados en el mismo, serán incorporados a los ficheros del Departamento de
Educación del Gobierno de Navarra para su tratamiento estadístico y para la
gestión de los documentos de reconocimiento que pudieran resultar de este
procedimiento.
Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación,
oposición y cancelación de datos dirigiéndose al Servicio de Ordenación e
Igualdad de Oportunidades del Departamento de Educación, sito en la calle Santo
Domingo, número 8, de Pamplona. Aquellas personas que lo hagan constar de forma
expresa, podrán oponerse al tratamiento de sus datos cuando existan motivos
fundados y legítimos.
En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1
d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la
Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
1.º Aprobar la realización de las dos convocatorias de las
pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria por personas mayores de 18 años que tendrán lugar en el año 2015.
2.º Dictar instrucciones para la convocatoria y desarrollo
de dichas pruebas de acuerdo con lo dispuesto en los anexos de esta Resolución.
3.º Ordenar la publicación de la presente Resolución y sus
anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Trasladar la presente Resolución y sus anexos al Boletín
Oficial de Navarra para su publicación, a los Servicios de Ordenación e
Igualdad de Oportunidades y de Inspección Educativa, a las Secciones de
Ordenación Académica y de Régimen Administrativo, a los Negociados de Formación
Permanente y de Escolarización y al Instituto de Educación Secundaria de
Navarra de Personas Adultas “Félix Urabayen”, a los efectos oportunos.
Pamplona, 23 de febrero de 2015.–El Director General de
Educación, Formación Profesional y Universidades, David Herreros Sota.
ANEXO I: INSTRUCCIONES PARA LA CONVOCATORIA Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS LIBRES PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA POR PERSONAS MAYORES DE 18 AÑOS EN EL AÑO 2015
1.–Requisitos.
Podrán concurrir a las pruebas libres para la obtención
directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria las personas
mayores de dieciocho años o que cumplan esta edad en 2015.
Las personas matriculadas de forma oficial en las enseñanzas
de Educación Secundaria para las Personas Adultas que deseen inscribirse en las
pruebas libres deberán renunciar a la matrícula en dichas enseñanzas antes del
día 30 de marzo, si desea participar en la convocatoria de mayo, y antes del
día 27 de julio, si quiere hacerlo en la convocatoria de septiembre.
No podrán inscribirse en las pruebas libres aquellas
personas matriculadas en Educación Secundaria Obligatoria o en Programas de
Cualificación Profesional Inicial de modalidad básica.
Para la realización de las pruebas se exigirá a las personas
aspirantes acreditar su identidad mediante la presentación de DNI, del Número
de Identificación de Extranjero (NIE) o del Pasaporte.
2.–Fecha y lugar de realización de las pruebas.
Las pruebas se celebrarán el día 6 de mayo (1.ª
convocatoria) y el día 4 de septiembre (2.ª convocatoria).
El lugar de realización de las pruebas será el Instituto de
Educación Secundaria de Navarra de Personas Adultas (IESNAPA) “Félix Urabayen”,
sito en calle Bartolomé de Carranza, número 5 de Pamplona.
El Departamento de Educación facilitará la realización de
las pruebas a los reclusos o soldados acuartelados inscritos con grandes
dificultades para desplazarse al centro citado. En tales casos un técnico del
Departamento se desplazará al Centro penitenciario o al cuartel con los
ejercicios, en las fechas y horas establecidas, y velará por la correcta
realización de los mismos. Una vez finalizadas las pruebas las introducirá en
un sobre y las entregará al Presidente del Tribunal.
3.–Inscripción para la prueba.
3.1. Aspectos generales.
El plazo de inscripción para la convocatoria de mayo será
del 13 al 24 de abril, ambos días inclusive. Para la convocatoria de
septiembre, las inscripciones se realizarán del 10 al 21 de agosto, ambos
inclusive.
Las inscripciones se formalizarán en la Secretaría del
IESNAPA “Félix Urabayen” de Pamplona, en el Registro del Departamento de
Educación, en los lugares determinados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, o a través del Registro General Electrónico de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra a que se refiere el Decreto Foral 70/2008, de
23 de junio.
La solicitud de inscripción se ajustará al modelo que
aparece en el Anexo II de la presente Resolución. Se acompañará fotocopia de
los siguientes documentos:
- –DNI, NIE o pasaporte.
- –Certificación académica, quienes deseen beneficiarse de la exención de alguno de los tres ámbitos de conocimiento, según el anexo de la Orden Foral 3/2010, de 14 de enero.
- –Justificante de renuncia a la matrícula en las enseñanzas de Educación Secundaria para las Personas Adultas si las estuviera cursando.
- –Certificación de minusvalía, en el caso de que el aspirante precise de alguna medida de adaptación.
Las personas que hayan presentado fotocopias de las
certificaciones que se señalan en el punto anterior, deberán acudir a la prueba
con las certificaciones originales para que el Tribunal, si lo considera
oportuno, compruebe que se corresponden con las copias presentadas.
Los diferentes ejercicios de la Prueba Libre podrán realizarse,
a voluntad del aspirante, en castellano o en euskera. Para ello, en la ficha de
inscripción, se especificará la opción deseada.
Se permite el uso de calculadora básica no programable en
los ejercicios del Ámbito científico-tecnológico.
Para los ejercicios del Ámbito de comunicación no se permite
el uso de diccionarios de Lengua castellana, Lengua vasca ni de lenguas
extranjeras.
3.2. Relación provisional y definitiva de personas inscritas en la Prueba Libre.
La lista provisional se publicará los días 28 de abril (para
la 1.ª convocatoria) y el 25 de agosto (para la 2.ª convocatoria) en el tablón
de anuncios del IESNAPA Félix Urabayen y en la ficha de servicios “Pruebas para
obtener el título de Graduado en ESO 2015”, a la que se accede a través del
portal www.navarra.es.
En dichas listas se indicarán los solicitantes inscritos que
hayan sido admitidos a la prueba y los excluidos con indicación de las causas
de exclusión. También se indicarán el ámbito o ámbitos de conocimiento que
tengan exentos, así como las adaptaciones de la prueba solicitadas por
determinados aspirantes.
Las personas aspirantes podrán formular las alegaciones que
consideren oportunas, según el modelo del Anexo III, sobre la lista provisional
ante el Director del centro, los 29 y 30 de abril (1.ª convocatoria) y los días
26 y 27 de agosto (2.ª convocatoria).
La lista definitiva se publicará los días 4 de mayo (1.ª
convocatoria) y el 31 de agosto (2.ª convocatoria) en el tablón de anuncios del
IESNAPA Félix Urabayen y en la ficha de servicios “Pruebas para obtener el
título de Graduado en ESO 2015”, a la que se accede a través del portal
www.navarra.es.
Si como resultado de la aplicación de los criterios de
equivalencias para exenciones de ámbitos alguna de las personas matriculadas tuviera
superados los tres ámbitos de conocimiento de las pruebas libres, comparecerá
el día y hora fijados para el examen. En el acto de llamada a las personas
aspirantes por parte del Tribunal se le notificará que no tiene que realizar la
prueba y se le incluirá en el acta, con las calificaciones que se deriven de
las acreditaciones presentadas, y en la propuesta de expedición del título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
4.–Aspectos generales de la prueba.
4.1. Elaboración de las pruebas.
De conformidad con el artículo 5.4 de la Orden Foral 3/2010,
de 14 de enero, la elaboración de los ejercicios correspondientes a cada uno de
los ámbitos de conocimiento es competencia de la Dirección General de
Educación, Formación Profesional y Universidades. Se encarga al IESNAPA “Félix
Urabayen” la redacción de los ejercicios para las dos convocatorias del
presente año 2015. Las personas implicadas velarán en todo momento por la
confidencialidad de los mismos. El IESNAPA Félix Urabayen remitirá los ejercicios
elaborados al Servicio de Ordenación e Igualdad de Oportunidades para su
supervisión.
4.2. Tribunal.
El Tribunal para valorar la Prueba Libre estará compuesto
por una Presidenta o Presidente y cuatro vocales. Será designado por la
Directora del Servicio de Recursos Humanos, a propuesta del Director del
IESNAPA “Félix Urabayen” de entre el profesorado del centro perteneciente al
Cuerpo de Catedráticos o al Cuerpo de Profesores de Secundaria. Igualmente se
designarán los correspondientes cinco suplentes. El Tribunal, para el mejor
desarrollo de sus tareas de evaluación, podrá solicitar la colaboración de
asesoras o asesores en los casos en que lo estime conveniente.
En la composición del Tribunal se garantizará que exista al
menos una profesora o profesor de cada uno de los tres ámbitos de la Educación
Secundaria para las Personas Adultas (ESPA).
El Tribunal será el mismo para ambas convocatorias del
presente año 2015, mayo y septiembre. En el caso de que el número de personas
inscritas para alguna de las convocatorias sea superior a 150, se podrá
designar un segundo tribunal.
En el supuesto de que en alguna de las dos convocatorias
exista más de un tribunal, las pruebas serán comunes para todas las personas
aspirantes, con independencia del tribunal al que estén asignadas, y se
realizarán de forma simultánea en una jornada, en sesiones de mañana y tarde.
Las profesoras y profesores miembros del Tribunal percibirán
una compensación económica por la elaboración de los ejercicios de evaluación
de las pruebas libres.
5.–Estructura, realización, evaluación y calificación de la prueba, publicación de los resultados y reclamaciones y documentación.
La prueba libre tiene como finalidad permitir la obtención
directa de la titulación básica de nuestro sistema educativo a las personas
mayores de dieciocho años que demuestren haber alcanzado las competencias
básicas y los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, como se indica
en el artículo 2 de la Orden Foral 3/2010, de 14 de enero.
5.1. Estructura de la prueba.
Las pruebas libres constarán de tres partes,
correspondientes a los tres ámbitos de conocimiento de la Educación Secundaria
para las Personas Adultas: comunicación, científico-tecnológico y social.
Los contenidos de los ejercicios de cada uno de los tres
ámbitos de conocimiento tendrán como referente curricular el Anexo 3 del
Decreto Foral 61/2009, de 20 de julio, por el que se regula la Educación Básica
de las Personas Adultas y se establece la estructura y currículo de estas
enseñanzas en la Comunidad Foral de Navarra.
La parte correspondiente al ámbito de comunicación constará
de los siguientes ejercicios diferenciados:
- –Lengua: incluirá contenidos relativos a los módulos de Lengua castellana y a los módulos de Lengua Vasca (solo para las personas que realicen la prueba en euskera).
- –Lengua extranjera: incluirá contenidos relativos a los módulos de Lengua extranjera. Las personas aspirantes podrán elegir entre Francés e Inglés.
Los ejercicios correspondientes al ámbito social tendrán
como referencia los contenidos de los módulos de Sociedad.
El Departamento de Educación adoptará las medidas oportunas
y dispondrá de los medios técnicos y personales más adecuados para que las
personas con discapacidad, acreditada documentalmente en el momento de la
inscripción, puedan realizar las pruebas en las condiciones más favorables.
5.2. Tiempo de realización.
Los ejercicios se realizarán en una jornada, en sesiones de
mañana y tarde.
La sesión de mañana, que comenzará a las 10 horas, estará
destinada a los ejercicios de los ámbitos científico-tecnológico y social. Se
le dedicará un máximo de tres horas y media: dos horas y media al ámbito
científico-tecnológico y una hora al ámbito social.
La sesión de la tarde, que comenzará a las 16 horas, se
dedicará al ámbito de comunicación. La duración máxima para esta sesión será de
dos horas y media.
5.3. Calificación.
La calificación de la prueba será global para cada uno de
los tres ámbitos que la integran. Los resultados se expresarán en los
siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable
(NT) y Sobresaliente (SB). Esta calificación irá acompañada de una expresión
numérica, sin decimales, en un rango de uno a diez, aplicándose las siguientes
correspondencias:
- –Insuficiente: 1, 2, 3 o 4.
- –Suficiente: 5.
- –Bien: 6.
- –Notable: 7 u 8.
- –Sobresaliente: 9 o 10.
La calificación de Insuficiente (IN) será considerada
negativa y positivas las otras cuatro.
Los ámbitos declarados exentos se expresarán con el término
Exento (EX), acompañado de la calificación y nota numérica que resulta de
realizar la media aritmética de las materias, ámbitos, módulos o grupos que han
posibilitado la exención.
Los ámbitos superados en convocatorias anteriores se
especificarán con la expresión SCA a la que acompañará la calificación y nota
numérica. La calificación de Apto será equivalente a Suficiente, para los
efectos que sean necesarios.
La calificación correspondiente al ámbito de la comunicación
se obtendrá aplicando la media ponderada de sus diferentes partes, teniendo en
cuenta los siguientes porcentajes:
- –Lengua: 75%.
- –Lengua extranjera: 25%.
Las personas aspirantes que superen los tres ámbitos de
conocimiento de que consta la prueba habrán superado la misma y serán
propuestas por el Tribunal para la expedición del título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria.
5.4. Publicación de los resultados. Reclamaciones.
El Tribunal comunicará, en el momento de la realización de
los ejercicios, la fecha en la que se harán públicos los resultados, los plazos
de reclamación así como el momento y forma de recoger las certificaciones
correspondientes.
Una vez realizada la evaluación de las pruebas, el Tribunal
hará públicos los resultados en el tablón de anuncios del IESNAPA Félix
Urabayen y en la ficha de servicios “Obtención directa del título de Graduado
en ESO para mayores de 18 años”, a la que se accede a través del portal
www.navarra.es.
En caso de disconformidad con las calificaciones de las
pruebas, las personas aspirantes podrán presentar por escrito reclamaciones,
según modelo del Anexo III, ante la Presidenta o Presidente del Tribunal en el
plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la
publicación de los resultados.
5.5. Documentación.
Una vez finalizado el plazo de reclamación y resueltas las
posibles alegaciones presentadas, el Tribunal cumplimentará el acta de
evaluación según el modelo que figura en el Anexo IV de esta Resolución y las
harán públicas para comunicar los resultados definitivos de las pruebas.
Las actas de evaluación de las pruebas quedarán archivadas
en la secretaría del centro en el que hayan tenido lugar las mismas.
El Tribunal expedirá un certificado provisional, a todas
aquellas personas que hayan superado la Prueba Libre conforme al modelo que
figura en el Anexo V.
A las personas aspirantes que no superen la Prueba Libre y
no puedan ser propuestas para la expedición del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria, pero hayan aprobado alguno de los ámbitos de
conocimiento, se les expedirá una certificación que acredite el ámbito o
ámbitos aprobados, con indicación de la calificación y puntuación numérica obtenida,
conforme al modelo que figura en el Anexo VI. Los candidatos mantendrán para
sucesivas convocatorias dichas calificaciones, que tendrán validez en todo el
territorio nacional.
La propuesta de expedición de títulos de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria de las personas que superen la Prueba Libre,
en cada convocatoria, será remitida al Departamento de Educación por el
Director del Centro en el que se realizó la misma.
El Centro remitirá también al Negociado de Formación
Permanente una copia del Acta de cada convocatoria y la ficha de estadística de
los resultados que figura en el Anexo VII de esta Resolución.
Los ejercicios realizados por las personas participantes en
las pruebas quedarán archivados en el centro por un periodo mínimo de 3 meses,
salvo que estén sujetos a algún proceso de reclamación. En este caso deberán
conservarse hasta que dicho proceso esté resuelto.
ANEXO II: FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN EN LAS PRUEBAS LIBRES DE GRADUADO EN ESO
Apellido 1 ............................ Apellido 2
Nombre ................................. DNI/NIE/Pasaporte
Sexo -- H -- M
Fecha de nacimiento .............................
con domicilio en CP ......... Calle
.......................................
Teléfono
Correo electrónico ..............................
Nacionalidad
EXPONE:
Que cumple el requisito para presentarse a las pruebas libres para la
obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
por personas mayores de 18 años.
SOLICITA:
1. La Inscripción a las pruebas libres para la obtención directa del
título de Graduado en ESO:
-- Castellano.
-- Vascuence.
2. La Exención de:
-- Ámbito de la comunicación.
-- Ámbito científico-tecnológico.
-- Ámbito social.
3. -- Adaptación de la prueba por minusvalía. Indicar tipo de adaptación necesaria
Para lo que adjunta fotocopias de la siguiente documentación:
1. -- Documento Nacional de Identidad.
-- Número de
Identificación de Extranjeros.
-- Pasaporte.
2. -- Documentación acreditativa de minusvalía.
3. -- Documentación acreditativa de la superación de los
ámbitos indicados (según el Anexo de la Orden Foral 3/2010, de 14 de enero,
Boletín Oficial de Navarra 03/02/2010).
-- Ámbito de la comunicación.
-- Ámbito científico-tecnológico.
-- Ámbito social.
En ....................................., a ................ de
............... de 2015
La persona interesada.
SR DIRECTOR DEL IESNAPA FELIX URABAYEN DE PAMPLONA.
Los datos que se recogen se tratarán informáticamente con la debida
confidencialidad y reserva apropiados y serán utilizados para el fin que se
han recabado, conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal.
|
ANEXO III: FORMULARIO DE RECLAMACIÓN
Doña/Don ......................................................................................... con DNI/NIE número ............................ que habiendo cursado solicitud de inscripción en las Pruebas Libres para la obtención directa del título de Graduado en ESO por mayores de 18 años:
--Convocatoria de mayo.
--Convocatoria de septiembre.
Mediante el presente escrito formula RECLAMACIÓN contra:
--Lista de personas admitidas:
--Exención de ámbitos.
--Adaptación por minusvalía.
-- Calificaciones de:
-- Ámbito de la comunicación.
-- Ámbito científico-tecnológico.
-- Ámbito social.
Por los motivos que expongo a continuación:
En ................., a ........................... de
.................. de 2015
La/El interesada/interesado.
SRA/SR DIRECTOR DEL IESNAPA FELIX URABAYEN.
SRA/SR. PRESIDENTA/PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE LAS PRUEBAS LIBRES.
Los datos que se recogen se tratarán informáticamente con la debida
confidencialidad y reserva apropiados y serán utilizados para el fin que se
han recabado, conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal.
|
ANEXO IV: ACTA DE EVALUACIÓN DE LA PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
Centro ......................................................... Titularidad ........................................... Localidad ..................................... Provincia ...........................
Dirección
.......................................................................................................................................................
C.P. .....................................................
Fecha de realización de las pruebas
..........................................................................................................................................................................
N.º total de personas inscritas ......................... N.º de
personas presentadas .......................... N.º de personas propuestas al
título .....................
RELACIÓN NOMINAL
ÁMBITOS (1)
D.T. (2)
N.ºorden
Apellidos
Nombre
Comunicación
Científico-tecnológico
Social
(1) Especifíquese la calificación: Sobresaliente: SB; Notable: NT;
Bien: BI; Suficiente: SU; Insuficiente: IN; acompañada de la nota numérica.
Especifíquense otras circunstancias: No presentada/o: NP; Exento: EX
(acompañar calificación y nota numérica que resulta de realizar la media
aritmética de las materias, ámbitos, módulos o grupos que le han posibilitado
la exención); Superado en convocatorias anteriores: SCA (debe consignarse además
la calificación y notación numérica).
(2) (D.T.) decisión sobre titulación (S = titula; N = no titula).
..................................., ....................... de
........................... de 2015
V.ºB.º La/El Presidenta/e Vocales del Tribunal La/El Secretaria/o.
Firmado: ............................. Firmado:
.............................
|
ANEXO V: CERTIFICADO PROVISIONAL DE TÍTULO
Don/Doña ................................ Secretario/a del tribunal que ha evaluado la prueba libre para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, convocatoria de ................ (1) ........................ celebrada en ............................................. CERTIFICA:
Que Don/Doña
.................................................................................
natural de ................................ provincia de
.............................. nacido/a el ........... de ................ de
........................... ha realizado la Prueba Libre reglamentaria para
la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y
figura en la propuesta con evaluación positiva.
El presente certificado acredita la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, con los efectos que le son propios.
Y para que conste a los efectos oportunos, expido el presente
certificado en.
.......................... a ....................... de
.............. de ...............
(1) Consígnese mes y año de celebración de la prueba.
|
ANEXO VI: CERTIFICADO DE ÁMBITOS SUPERADOS
Don/Doña.
Fecha de nacimiento ..................... D.N.I. número
Ha superado en la convocatoria del mes de ...................................... del año ................................. y en las pruebas libres para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria realizadas en el Centro ..................... de .............................. los siguientes Ámbitos:
L
o que CERTIFICO en ............... a ........... de ........... de .............
(1) Especifíquese la calificación: Sobresaliente: SB; Notable: NT;
Bien: BI; Suficiente: SU; Insuficiente: IN; No presentada/o: NP; Exento: EX;
Superado en convocatorias anteriores: SCA (debe consignarse además la
calificación).
En todos los casos la calificación se acompañará de la nota numérica.
Trácese una raya horizontal en las casillas correspondientes a los
grupos no aprobados.
|
ANEXO VII: TABLA ESTADÍSTICA DE LOS RESULTADOS DE LA PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
Centro
...............................................................................................................................
Localidad ......................................................
Fecha de realización de la prueba
..........................................................
|
||||||
EDAD
|
SEXO
|
INSCRITAS.
|
PRESENTADAS
|
OBTIENEN TÍTULO
|
APRUEBAN ALGÚN ÁMBITO
|
|
UNO
|
DOS
|
|||||
17
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
18-19
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
20-24
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
25-29
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
30-34
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
35-39
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
40-44
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
45-49
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
50-54
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
55-59
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
60-64
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
65 o más
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
TOTAL
|
H
|
|||||
M
|
||||||
Total
|
||||||
F1503041
|