Ampliación de la entrada "Nuevo plan PIVE: ayudas para renovación de vehículos" del 4 de marzo
Objetivo del PIMA Aire 4
El objetivo del Plan de Impulso al Medio Ambiente “PIMA Aire
4” es reducir las emisiones de gases contaminantes (NOx y Partículas) y
emisiones de CO2, mediante la renovación del parque de vehículos comerciales
por los modelos más eficientes disponibles en el mercado.
Como novedad respecto a planes anteriores, se incluyen entre
los vehículos subvencionables vehículos homologados como GLP, GNC, GNL o bifuel
gasolina-gas, que tienen ventajas adicionales desde el punto de vista
medioambiental ya que presentan menores niveles de emisiones de contaminantes,
especialmente partículas, además de contribuir a la diversificación energética
en España.
Por otra parte, al incentivar la adquisición de bicicletas
eléctricas de pedaleo asistido, se continúa fomentando una movilidad más
sostenible, con cero emisiones en el entorno urbano y disminuyendo el nivel de
congestión de las ciudades.
Normativa PIMA Aire 4
Real Decreto 989/2014, de 28 de noviembre, por el que se
regula la concesión directa de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente
«PIMA Aire 4» para la adquisición de vehículos comerciales, vehículos de gas y
bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico.
Acción subvencionable
Adquisición de vehículos
Cuantía de las ayudas
Las cuantías de las ayudas serán las siguientes:
a) Vehículos M1 con carrocería AF multiuso o N1, excepto los homologados
como GLP, GNC, GNL o bifuel gasolina-gas, con Masa Máxima en carga Técnicamente
Admisible - MMTA - menor a 2.500 kg: 1.000 euros por vehículo.
b) Vehículo de la categoría N1, excepto los homologados
como GLP, GNC, GNL o bifuel
gasolina-gas, con Masa Máxima en carga Técnicamente
Admisible - MMTA - igual o mayor de 2.500 kg: 2.000 euros por vehículo.
Las ayudas contempladas en los puntos anteriores están condicionadas a la
aplicación en la factura de compraventa correspondiente, por parte del punto de
venta adherido al plan, de un descuento mínimo equivalente al previsto en este
plan realizado por el fabricante o importador o punto de venta del vehículo
adquirido.
c) Vehículos de la categoría M1 o categoría N1 con Masa
Máxima en carga Técnicamente Admisible - MMTA - menor a 2.500 kg homologados
como GLP, GNC, GNL o bifuel gasolina-gas: 2.500 euros por vehículo, más 1.000
euros que aportará el punto de venta, fabricante o importador.
d) Vehículos de la categoría N1 con Masa Máxima en
carga Técnicamente Admisible - MMTA - igual o mayor de 2.500 kg homologados
como GLP, GNC, GNL o bifuel gasolina-gas: 5.500 euros por vehículo, más 2.000
euros que aportará el punto de venta, fabricante o importador.
Las ayudas contempladas en los puntos anteriores (c y d) están condicionadas a
la aplicación, en la factura de compraventa correspondiente, del descuento
indicado por parte del fabricante o importador o punto de venta del vehículo
adquirido.
e) Vehículos de la categoría M2, M3, N2 y N3
homologados como GLP, GNC, GNL o bifuel gasolina-gas, con Masa Máxima
Técnicamente Admisible -MMTA- inferior a 18.000 kg: 10.000 euros por vehículo.
f) Vehículos de la categoría M2, M3, N2 y N3
homologados como GLP, GNC, GNL o bifuel gasolina-gas con Masa Máxima
Técnicamente Admisible -MMTA- igual o superior a 18.000 kg: 20.000 euros por
vehículo.
g) Bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico:
200 euros por bicicleta.
Las ayudas que se concedan no podrán superar, por
beneficiario, la cuantía total de 200.000 euros.